- Habiendo los vecinos y comerciantes, en el día de ayer prometido una ayuda que suma $448 para el costo del recurso dispuesto, el cuerpo declara que aunque se asegura la recaudación de los arbitrios en Buenos Aires, la medida adoptada provocaría el desalojo de mucha parte del vecindario y la anulación del comercio con Paraguay, Tucumán, Perú y Chile, por lo que quedarán los Santafecinos “como presidiarios, faltos de todo trato, comunicación y comercio”. Por lo cuál se suplicará al Virrey que permita, provisoriamente, que los barcos procedentes de Paraguay y Corrientes, entren indispensablemente al puerto de Santa Fe para ser registrados y asegurar los arbitrios y que luego despachen la carga a donde quieran, por tierra o río. Además, se le solicitará, accediendo a la propuesta del Procurador General, la erección de un fuerte principal, al Comando del Sargento Mayor Martín Benítez, como Comandante de Frontera. Trasladar más adelante el fuerte del arroyo Rabón y dotarlo, como el del Cululú, de una guarnición de 10 soldados y un cabo, manteniéndose el ayudante y los 10 soldados destinados a la custodia de los presos y a auxiliar las justicias. No se hace lugar a la creación del cargo de Comisario de Guerra. En conformidad de la moción de Procurador General, se resuelve ceder al Rey, en manos del Virrey, el derecho de arbitrios, separándose el Cabildo de la responsabilidad que le asigna la Real Cédula de 1 de abril de 1743, por no considerarse conveniente ratificar a Martín Perales como Recaudador ni designar a otro. El recurso entablado se notificará al agente en la Corte para las instancias pertinentes en años posteriores, por los vecinos de Los Arroyos.
- Se tiene presente las cuentas dadas por José Teodoro de Aguiar, Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, correspondientes a 1784, remitidas por la Junta Municipal de Propios y Arbitrios.
- Por oficio de la fecha el cura vicario Francisco Antonio de Vera Mujica, informa que por carta del 14 del corriente, el Guardián del Convento de San Carlos le hace saber que enviará tres religiosos para iniciar la santa misión. Solicita la concurrencia del cuerpo, se avise a los jueces de los partidos y se adopten las providencias necesarias. Se le responderá que el cuerpo tiene acordado de ante mano para dicha fecha, y en honor del Patrón San Jerónimo, corridas de toros, por lo cuál los capitulares diputados para ello, informarán, pasada dicha festividad, si se harán o no las corridas.
- Se obedecen los títulos de Maestro de posta de esta jurisdicción extendido el 10 del corriente, a favor de Manuel de Toro y Villalobos, y de Postillón en José de Alcázar.
- El Alguacil Mayor hace presente que, en cumplimiento de leyes y ordenanzas, se debe turnar la vara de Fiel Ejecutor, que desde hace 8 meses ejerce el Regidor Juan Francisco Aldao. Propone que se le pase, por los 4 meses restantes, al Regidor Juan Francisco Roldán. El Regidor Juan Francisco Aldao expresa que las ordenanzas que refiere el Alguacil Mayor fueron dictadas por Buenos Aires y no deben regir para esta ciudad. Añade que si con esa exposición se ha pretendido “hacerle algún aire” o preferirle agravio, padece equivocación, porque ha ejercido la vara “con sacrificio de su salud”. El Regidor Juan Francisco Roldán difiere su parecer hasta tanto se impongan las leyes de la materia.
- Mediante pedimento, Manuel Nevedagna y Miguel Benavides, caciques de las naciones mocoví y abipón, y Corregidores de los pueblos San Francisco Javier y San Jerónimo, respectivamente, ante la suma pobreza en que se hallan dichas poblaciones y en la necesidad de pasar a representar dicha situación al Virrey, solicitan que el cuerpo les extienda un informe sobre el particular. El Cabildo, accede, ante la “notoria decadencia” en que se hallan dichos pueblos. El informe se haría con arreglo al que se le elevó al Virrey, el 27 de noviembre último. Por oficio del 15 de abril, José Teodoro de Aguiar, Recaudador de Arbitrios de Buenos Aires, remite la siguiente documentación, referente a las cuentas de 1788; libro de recaudación; 5 recibos originales de los Ministros de Real Hacienda acreditando lo recaudado y entregado a las Cajas reales; y la carta cuenta en 8 fojas. Se dispone su traslado a la Junta Propios y Arbitrios. Atento a que el vecindario, voluntariamente, se ha ofrecido para hacer un novenario a San Roque por la peste existente, el cuerpo dispone principiarla el 13 del corriente, y que el último día, los capitulares se harán cargo del gasto, el Cura Vicario dará una plática y se hará procesión solemne por las calles. Al efecto de su conocimiento, se publicará la disposición por carteles.
- El Virrey, por oficio del 13 del corriente, remite para su informe, la representación que le hizo, el día 7, el Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, exponiéndole sobre las numerosas familias cordobesas y Santiagueñas que se han poblado en aquel partido, sin licencia. Como han sido expulsadas por vagos y perniciosos, solicita auxilio para expatriarlos. Se dispone el informe, señalándose que otros tantos fueron expulsados de la costa del Salado, por orden del Cabildo. Mediante oficio del 13 del actual Antonio Barrenechea informa que no ha podido asumir como Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, por haberse presentado ante el Virrey, José Teodoro de Aguiar, haciendo oposición, y el expediente se halla a vista fiscal. El cuerpo difiere considerar el asunto. Por pedimento María Candelaria Loza, solicita de merced un sitio, ubicado en los extramuros, sobre la calle de la compañía al norte que linda por el sur con Feliciana Bernal y por el norte con Francisco Castillo. En atención a ser “una pobre viuda” y no tener casa propia, se le concede.
- A su pedido, se concede de merced a Juan Manuel Sáenz de Tejada un terreno sito en los ejidos, que linda: Norte: Hilario Cáceres; Sur: tierras del finado Juan Bautista Ríos; Este: su frente, calle en medio, con Pedro Romero, y Oeste: camino al Monte de Nogueras. Mediante un escrito, José Teodoro de Aguiar representa que se ha enterado que una parte del Cabildo votó para el Alcalde 1°, para el año venidero. Agradece el honor, y para precaver perjuicios y responsabilidades, expone: si le consta al Cabildo haber pagado a la Real Hacienda lo que le correspondía como Recaudador del ramo de pulperías, que ejerció de 1774 a 1779; si en 1780 en que fue Alcalde 2°, pasó a la Capital como Diputado del Cabildo, cono Ambrosio Ignacio Caminos; que nombrados Recaudador de Arbitrios de Buenos Aires, ejerció hasta 1790, habiendo quedado sin concluir las cuentas respectivas, y que es notorio, que desde su regreso del Paraguay se ha agravado su salud. En consecuencia, solicita se remita su pedimento al Virrey, con testimonio de las elecciones. El Cabildo accede.