― Copia de Carta enviada al Cabildo por Sebastián de Jara y Vera, Fiscal en la causa criminal contra Bartolomé Ábalos por la muerte de Lázaro Ardiles, pidiendo copia de la Real Cédula de su majestad, en la que se declara que todas las personas que se acogen y residen en las rancherías no deben gozar de inmunidad eclesiástica.
- Copia de Decreto en el que se pide al Escribano que de el Testimonio solicitado y lo autorice.
- Copia de Cédula Real con fecha 5 de julio de 1716, en la que se resuelve que no pueden gozar de fuero eclesiástico quienes no sean eclesiásticos o regulares, aún siendo criados y familiares de Prelados. Copia autorizada por Bartolomé de Olmedo en Córdoba a 9 de junio de 1719
- Copia de la Intimación del 27 de abril, realizada por el Alguacil Mayor Tomás López del Barco con Real Cédula de 5 de julio de 1716, al Vicario Pedro González Bautista, Cura Rector y Comisario del Santo Oficio, quien dijo que Será cumplida.
- Copia de la Intimación del 27 de abril, realizada por el Alguacil Mayor Tomás López del Barco con Real Cédula de 5 de julio de 1716, al Reverendo Padre Predicador General Fray Diego Méndez, Prior del
convento, quien dijo que será cumplida.
- Copia de la Intimación del 27 de abril, realizada por el Alguacil Mayor Tomás López del Barco con Real Cédula de 5 de julio de 1716, al Reverendo Padre Fray Juan Palacios, Presidente del Convento de San Francisco, quien dijo que será cumplida.
- Copia de la Intimación del 27 de abril, realizada por el Alguacil Mayor Tomás López del Barco con Real Cédula de 5 de julio de 1716, al Reverendo Padre Fray Juan de Escobar, Comendador del Convento de la Merced, quien dijo que será cumplida, siempre y cuando no contradiga el Auto proveido por el Obispo de Tucumán Fray Manuel de Mercadíllo, quien mandó a los Alcaldes Ordinarios de Córdoba pidan declaración de este artículo, y mientras tanto puedan gozar de los privilegios pontificios concedidos por Alejandro VIII a 26 de julio de 1690.
- Copia de la Intimación del 27 de abril, realizada por el Alguacil Mayor Tomás López del Barco con Real Cédula de 5 de julio de 1716, al Reverendo Padre Diego Garvía, quien dijo que será cumplida, siempre que no se oponga a las inmunidades o privilegios concedidos por los Sumos Pontífices.
- Copia de Carta de los Apoderados de la ciudad de Santa Fe, con fecha 5 de mayo, en respuesta a la enviada por el Cabildo el 28 del pasado año, en la que contestan las inquietudes manifestadas acerca de la falta de noticias del estado de los negocios de la ciudad y del empleo de los 117 pesos librados a su cargo, que aseguran no haber utilizado, y se comprometen a adelantar los negocios públicos. Copia autorizada el 17 de mayo, por Andrés López Pintado.
- Copia de Carta a los Apoderados con fecha 19 de Mayo, en respuesta a la enviada por éstos en 5 de mayo, y leída el 13 de mayo, en la que se pide a dichos Apoderados, que cumplan con sus obligaciones.
- En la visita de cárcel se hallan los siguientes presos: José Benito Alvarez, natural de Impira (Córdoba) por haber muerto a un vecino de Cruz Alta y por varios robos de caballos en el Salado; Ignacio Montenegro, por ladrón cuatrero; Alberto, indio del pueblo Yaguarón (Paraguay) por bigamia; José Cabrera por portación de armas prohibidas y por haber dado una puñalada; Pedro Soto, natural de Paraná por haber herido a su padrastro; Nicolás Narvaja, mulato, esclavo fugitivo de la ciudad de Córdoba; Valentín Álvarez, por cómplice de la muerte que cometió su hermano José Benito Álvarez; y Ángel Carvallo por haber maltratado de una esclava.
- Se pone punto a las causas civiles.
- En la visita de cárcel se hallan los siguientes presos: Pedro Pablo Escalante, por haber comprado caballos robados; Eusebio Cabral por haber muerto un hombre que pretendió violentar a su mujer; Francisco Solís, por casarce dos veces; Bartolomé Robles, por “abrigador” de ladrones y vagamundos; Javier Besanes; Antonio Fernández, por una muerte en Gualeguay; Pedro Alfaro, indio calchaquí y José Jiménez por ladrones cuatreros incorregibles. Se dispone la libertad de Escalante y Robles.
- El Justicia Mayor y Alcalde 1º informa que finalizó el arreglo de la sala.
- Se consideran los títulos de Depositario General a favor de Manuel Carballo y Regidor en Juan Francisco Roldán, despachados por el Gobernador en Buenos Aires, el 13 del corriente, en virtud de remate. El Alguacil Mayor debe retirarse por ser padrastro de Juan Francisco Roldán. El Alcalde 2º obedece los títulos pero objeta la recepción de los mismos, en el caso de Carballo por habérsele opuesto excepción de inhabilidad en el remate, y en el de Roldán por no haber rendido cuentas como Administrador de tres pueblos indios de los expulsados jesuitas, motivo por el que el Gobernador Francisco de Paula Bucareli y Urzúa, lo depuso del empleo, y si bien planteó recurso de apelación ante la Real Audiencia, ésta no se ha expedido aún. Cita la Ley 43, título 2, libro 3º de la Recopilación de indias, que ordena no pueden emplearse los que deben cuentas. Propone suspender la recepción de ambos, informando al Gobernador y requiriendo su consulta. Los restantes capitulares adhieren a dicho dictamen. Añaden que Carballo fue carpintero, “con deshonor del carácter de republicano”, que vendió el voto por $100 a José Antonio Troncoso según consta en un papel de Domingo Ordoñez, y que desempeñó el oficio como intruso durante 14 años. En cuanto a Roldán objetan que la tasación de su oficio se realizó en Buenos Aires y no en Santa Fe como corresponde.
- En la calificación de votos resultan aptos todos los capitulares.
- Se pone punto a las causas civiles.
- Se difiere considerar el pedimento del Procurador General, referente a propios.
- En la visita de cárcel se hallaron los siguientes presos: Agustín Sanchez y Francisco Villanueva, por forzadores de mujeres; Antonio Fernández, Javier Besares y Atanasio Mendoza, por matadores; Felipe Antonio Silva y José Bernardo Ramírez, indios charrúas, el 1º por haber sacado cuchillo contra su cura y el 2º por haber sacado una india de la prisión; Pedro José Correa y Nazario Zárate, por cuatreros; Bartolo Oriente, por robo de caballos; Francisco Osorio Villamea y Francisco Benítez, por una muerte hecha en las Barrancas; Bernardo Gómez, por amancebado; Valerio Aguirre, por haber robado una mujer; Julián Ferreyra; Manuel Antonio Fernández por haberse fugado con su salario; Pedro Antúnez, por haber ayudado a fugar a su hermano reo; y Lucas, esclavo del Regidor Juan Francisco Aldao, por orden de su amo.
- Se pone punto a las causas civiles.
- El Alguacil Mayor presenta en testimonio, el parecer de Asesor ante la consulta del Gobernador interino Diego de Salas y auto de éste declarándolo absuelto en la causa que se le instruyó por fuga de unos presos. Dicho mandatario, por otro decreto, declara que dicha sentencia ha pasado en autoridad de cosa juzgada. Se admite su reintegro y se da por confirmado su oficio, en virtud de la Real Provisión que presentó.
- El Justicia Mayor informa que habiendo venido Benito Gómez de la Fuente con comisión del Gobernador al Gobernador de las armas, para que recibiese las informaciones que diese contra esta ciudad, se presentó ante él el Procurador General. Ante ello se resuelve cursar carta de oficio al referido comisionado solicitándole el testimonio que dejó de dicho pedimento y providencia del Gobernador interino para que la ciudad pueda producir informaciones ante cualquier tribunal.
- El Justicia Mayor hace saber que está concluida la tarea de sacar todos los documentos, que se ordenó elevar a la Real Audiencia con motivo de los asuntos propuestos por el Procurador General. Se difiere el nombramiento de apoderado, hasta tanto se encuentre alguno que pueda desempeñar el cargo.
- El Alférez Real informa que Vicente Zavala no se halla en condiciones de ejercer la comisión sobre el embargo de los trigos de Los Arroyos por estar “gravemente enfermo de un brazo y tomando unciones”. Se dispone encargar la comisión a Bonifacio Aguiar.
- A su pedido se concede de merced a María Josefa Moreyra medio solar.
- En la visita de cárcel se hallan los siguientes presos: Bernardo Casco, por indicios de una muerte; Juan José Gómez, por deuda, José Ramón Villalba, por haber traído de Corrientes una india sin licencia; Antonio Feroel, indio, por ladrón; Gabriel Yasú, por malévolo en Cayastá; Juan Alonso Coria, por deuda; Isidro Celis, por haber dado dos garrotazos a otro; los esclavos: José Mariano, de José Tarragona, por prófugo; Juan Antonio de Augustín Gómez, a pedido de su señora, Valentín Zamudio, prófugo del Paraguay, y Sebastián de Facundo Martínez, por ladrón; Eusebio Galiano, por haber acogido a unos vagamundos, ladrones de caballos; José Peralta, por causa que se ignora; y Paulino, indio mocoví, por haber muerto al Alcalde 2º de su pueblo. Se dispone la libertad de Gómez, Coria, Feroel, Peralta, y el esclavo Juan Antonio.
- En la calificación de votos todos los capitulares, presentes y ausentes resultan aptos para la elección.
- Se pone punto a las causas civiles.