Resultados 0 - 5 de aproximadamente 13 de "Banda Oriental" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 8 de Noviembre de 1677
Tomo IV, *I-1-1/IV-F.419-I-1-1/IV-F.420

Debido a la escasez de tabaco , se dispone que el alcalde Jiménez de Figueroa, requiera al tesorero Pedro del Cassal, uno de los sacosde la partida que tiene embargada, y lo haga vender en la tienda deManuel Gómez a 3 reales la libra. El producto será entregado tesoreroa quien, si lo pidiera, se le entregará testimonio de eset acuerdoFray Bernabé Muñoz de la Fuente presenta una Patente otorgada en LaPlata, el 18 de marzo último, y una Real Provisión de la audienciade dicha ciudad, que lo autorizan para recoger limosnas con destinoa la canonización de San Juan de Dios. Para este efecto se disponenlas siguientes comisiones: Ciudad. El teniente de gobernador; unode los alcaldes y Fray Muñoz de la Fuente. Pago del Rincón: CapitanJuan Gómez Recio. Pago de Chacras de Saladillo: Alonso González Calderón,y Juan González de la Cruz. Banda oriental del Salado: Alcalde dela hermandad, Cristóbal de Avila Salazar. Banda Occidental del Saladohasta Carcaraña: Alcalde de la hermandad, Ignacio Montero de Espinosa.

2.
Perteneciente al 1 de Octubre de 1810
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1810, f.70 v. - 71

- Acuerdo extraordinario para cuyo cumplimiento se convocó en la casa del señor Teniente de Gobernador Presidente del Ayuntamiento.

- El Teniente de Gobernador hizo presente que está próximo el arribo a esta ciudad del Señor Representante de la Junta Superior Gubernativa de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Manuel Belgrano, General en jefe de la expediciones destinadas a la otra banda oriental del Río Paraná. Debido a esto se nombra como Diputado a Pedro Aldao para que cumpla en darle la bienvenida, con demostración del celo y patriotismo de todo el vecindario.

3.
Perteneciente al 1 de Octubre de 1810
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1810, f.71 - 72

- Se presenta el Diputado encargado de pasar felicitación a Manuel Belgrano representante de la Junta Gubernativa del Río de la Plata y General en jefe de expediciones a la otra banda oriental del Río Paraná y expresa que recibió en aquel acto un pliego del mismo representante. En dicho escrito, Manuel Belgrano, expresa su complacencia por las muestras de respeto que le han manifestado este pueblo, y la obediencia que demuestran a la Junta Gubernativa, que gobierna a nombre de su Majestad Fernando Séptimo, a quien dará parte de estos actos oportunamente.

4.
Perteneciente al 15 de Marzo de 1814
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1814, f.  15 – 16 v.

- Se leyó circular del Supremo Director del 23 de febrero en que manifiesta la gravedad de la situación por la que ocurre en la Banda Oriental por los desaires sufridos nuestras arnas en el interior  de las Provincias; en virtud de ello ordena la suspensión de toda obra pública llevada a cabo con fondos públicos y aplicarlos al erario nacional, debiéndose dar cuentas aproximadas de las cantidades con que puede contribuir esta ciudad y aplicar una prudente economía. Se acordó que, por la falta de decoro y comodidad que presenta la casa consistorial y cárceles, obra en la que se trabaja con empeño y cuya suspensión resultaría  muy perjudicial en su actual estado porque se perdería lo ya trabajado y los materiales acopiados a más el costo de los Maestros traídos de Córdoba y Buenos Aires, la ciudad contribuirá con la mitad de sus recursos a fin de proseguir la obra. Si esto no es posible se solicita que se autorice continuar con lo más necesario: la sala de reuniones, el calabozo, el cuarto del alcaide, el de la guardia y cárcel de mujeres, con los que se trasladarían los presos alojados en el edificio del cuartel y el Estado se ahorraría los alquileres de dos casas que tiene arrendada.

Asimismo, se deja constancia que el Ayuntamiento destinaba fondos municipales al establecimiento de las escuelas de acuerdo a lo concedido por S.P.E. y acordado en acta del 24 de diciembre de 1813; en virtud del pedido de ahorro se acuerda suspender la instalación de la Escuela de Latinidad y Retórica “que por ahora no es tan necesaria por no haber jóvenes aptos” pero, que la de primeras letras y matemática se establezca de inmediato. Se comisiona al Procurador Síndico para que convenga con el comisionado de la obra para que construya un salón de 10 por 11 varas del modo más económico y compatible con la seguridad que corresponde contiguo al reñidero y se fabriquen los bancos, mesas y sillas.

-Por el gravísimo detrimento que la continuada creciente del río, se celebre una “misa de precativa”  al Patrono San Jerónimo en la Iglesia Matriz., el domingo 20 y a la tarde se saque en procesión, comisionando al Alcalde de 1º voto y al Alférez Nacional para que soliciten de la sra. mayordoma de la imagen del  santo para que lo preste y realicen las demás diligencias con el cura, satisfaciendo los gastos del ramo de propios y se avise al público por medio de carteles previniendo que durante las dos celebraciones se cierren las tiendas públicas so pena de multa de 4 pesos para el mismo ramo “y se conviden también a las religiones”.

- El Tte.de Gdor. luego de consultar a su predecesor “el modo más prudente y suave que exigen las actuales circunstancias para contener las hostilidades que están causando los indios en nuestras campañas y haciendas, mando convocar a los Corregidores de las Reducciones para tratar con ellos de una pacificación general, que se comprometieron a poner en ejecución luego de reunirse en la sala capitular con algunos vecinos hacendados que contribuyeron con sus conocimientos. Estima muy conveniente un donativo a los caciques “y a sus acompañados y que se designe para la acta del Parlamento el jueves diez y siete del corriente, que S.S. exponente tienen dispuesta cierta gratificación por quenta del Estado.” Los capitulares de acuerdo con lo propuesto por el Tte. de Gobernador asignan 100 pesos de la cuenta del ramo de propios para la gratificación que serán distribuidos por el Alcalde de 2º voto o se pasarán “y que se conviden “ por el Regidor 4º a los ciudadanos hacendados Francisco Antonio Candioti, José Antonio de Echagüe, Pedro de Larrechea, Esteban Cabral y  Agustín Iriondo.

5.
Perteneciente al 17 de Marzo de 1814
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1814, f.  17 – 18 v.

- De acuerdo con lo acordado en la sesión anterior concurrieron a la sala los vecinos hacendados convocados: Francisco Antonio Candioti, José Antonio de Echagüe, Pedro Tomás de Larrechea, Esteban Cabral y  Agustín Iriondo a fin de tratar de la pacificación con los indios fronterizos con los que se acordaron los puntos convenientes, se mandó entrar a los Corregidores: Manuel Navedagnac, de la Reducción de San Javier; José Tarragona de la de Reducción de San Pedro y Juan de la Cruz Naachi,, Teniente Corregidor de la Reducción de San Jerónimo y el Tte. de Gdor. les leyó las propuestas acordadas:

1º Que los Corregidores Navadagnac y Tarragona por la buena unión y correspondencia que tienen con Pedro Nolasco Evancoirin, Corregidor de la reducción de Inspin, se obliguen a hacer que se restituya a su pueblo a la mayor brevedad con todos los naturales de su  nación  y súbditos de él y cuiden de que estos se subordinen. Para esto le enviarían como doctrinero a Fray Miguel Cerrano. Asimismo, que los otros corregidores, en virtud de unión y alianza con de Ispin pongan a su gente a recibir la doctrina de su cura y “que en lugar del dicho Padre que se halla de cura en San Pedro pasara a este Pueblo Gray Juan Josef Montes que es de Cayastá”.

2º El Alcalde se obliga a proporcionar a la brevedad, “un competente número de ganado vacuno para los cuatro pueblos, obligándose sus Corregidores hacerlo cuidar para que a lo menos conserve el principal y no lo consuman a su arbitrio y con desperdicio”. Ínterin se obtiene el permiso del Gobernador, se acordará con el Cura y el Corregidor el lugar donde se han de criar y las reses que se han de consumir según las familias.

3º Que el Ayuntamiento y el Corregidor de cada pueblo cuide que no ingresen sin el permiso del Tte. de Gdor., los que sean naturales de cada pueblo y destruyan los frutos que cosechan los indios, ni siquiera con el pretexto de comerciar. A los que así procedieran se los debía enviar presos ante el Comandante del Fuerte más próximo y luego este, con la misma seguridad, al Tte. de Gobernador. Asimismo, ningún indio podía salir de su pueblo sin la autorización por escrito del Corregidor o del Cura doctrinero y sin tener antecedentes de buena conducta; caso contrario se les aprenderá y se los considerará como ladrones.

4º Con el mismo efecto de extinguir a los montaraces que con más libertad ocasionan daños y con más dificultad se pueden corregir, se obliguen los Corregidores de San Javier y de San Pedro a perseguirlos con otros indios de respecto y reunirlos en sus pueblos o donde los Corregidores, los Alcaldes u otros Jueces suyos puedan cuidarlos y a los que no obedezcan tenerlos “por rebeldes y enemigos de nuestra unión, y de nuestra quietud y, por último, enemigos comunes de los mismos, sus hermanos  pues por causa de ellos, se atribuirán sus excesos a los de su nación sin distinción ninguna y que para el efecto de perseguirlos a toda costa a dichos montaraces cuando las fuerza de los Corregidores no les basten, este Gobierno los auxiliará con la que se pueda, advirtiéndose que esta por ahora es inverificable.”

5º a consecuencia de los artículos anteriores, los Corregidores eran los responsables de cualquier exceso que cometieran los indios de sus Pueblos a quienes debían explicarles cada uno de los artículos del acuerdo “en voz clara e inteligible a Manuel Nabedagnac y a Juan de la Cruz Naachi, que entienden y hablan el español  y, el primero, lo explicó en su lengua a Tarragona. Los capitulares y los Corregidores “se obligaron en muy solemne forma a guardar, cumplir y observar religiosamente los anteriores artículos y a conservar a perpetuidad entre este pueblo y los de las Reducciones de su frontera, la más estrecha unión, hermandad y buena correspondencia como que unos y otros componen una misma nación y defienden unos mismos derechos quedando instruidos los Corregidores de que en cualesquiera dudas o necesidades que se le ofrezcan ocurrirán al Sr. Teniente Gobernador a quien este Ayuntamiento en representación del Pueblo confiere todas las facultades que necesite para el cumplimiento de lo tratado y en particular para que sin demora determine la traslación acordada de los Padres Curas, Fray Miguel Cerrano y Fray Juan Josef Montes los correspondientes oficios bajo la calidad de aprobación del Supremo Directorio a quien se dirigirá al efecto testimonio de esta acta y se entregarán otras a los cuatro corregidores... “

- En el acto de firmar en este lugar Manuel Nabedagnac “dijo que no podía firmar por haberlo olvidado y temblarle el pulso y hizo con los otros la señal de la cruz”

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