- Sobre tratamiento de cuestión diferida del sorteo de los diputados para integrar la Junta Central respecto a si son deudores de la Real Hacienda. Con el informe de que no son de parte del Regidor Alguacil Mayor se nombra para tal función a: Francisco Xavier de Echagüe, Canónico Penitenciario de la Iglesia Catedral de Lima, “colegiado que fue en el de Monserrat de la Ciudad de Córdoba de Tucumán, graduado de Maestro de Filosofía y doctor en Teología de aquella Universidad, Capellán de Chile, Catedrático oposición de Teología en el Colegio de San Carlos de dicha ciudad, Capellán Real en la Capilla del Virreinato del Perú....”; José Miguel Carballo, Teniente en la Capitanía de Buenos Aires, Abogado y doctor en ambos derechos y en Sagrada Teología; Relator de la Junta suprema y asesor....; Bernardo de Vera, natural de esta ciudad, residente en Chile, abogado y Doctor en ambos derechos y en sagrada teología, Presidente y Vicepresidente de la Real Academia de Leyes y Práctica forense en varias oposiciones a cátedras de la universidad.... “por cuyos empleos y ocupaciones y de los expresados doctores resulta la presunta legalidad que no teniendo ningún derecho a la Real Hacienda ni que deban a ella”. Se propone que habiendo salido sorteado Vera, se saque testimonio del nombramiento y de comunique al virrey.
- Sobre pliego del Teniente de Gobernador de 09 de abril acompañando representación de Juan Ventura Zapata comisionado de los ¿? que se registró.
- Sobre presentación por parte del Escribano del expediente promovido por Francisco Piedrabuena sobre establecimiento de reñidero de gallos para propios ofreciendo treinta pesos por animales, se ordena se verifique lo ordenado el 03 de octubre de 1809.
- Sobre contestación del Síndico de la ciudad respecto al pedido de terrenos de merced “en los ejidos de la ciudad”, accediendo, a condición de cercarlos, edificarlos y cultivarlos en el término de tres meses con expresa prohibición de enajenarlos hasta 10 años, concederles un cuarto de solar a cada uno. Si no cumplieran en el término acordado, la merced queda nula. Para verificar lo dispuesto queda encargado el Síndico.
- Sobre presentación por parte del Escribano del escrito presentado por don Claudio Diez de Andino en que solicita certificación de ocupación de los cargos concejiles por parte de José de Mendieta. Se ordena se le extienda lo pedido.
- Sobre se le franqueen al Síndico los autos del remate del terreno de temporalidades que llaman la Chacarita que recibió Francisco Castañeda, se le de vista del expediente para que se le notifique y se le entregue al Escribano de Cabildo para que lo pase el Procurador a sus efectos.
- Sobre reapertura de causas civiles por haber pasado las pascuas.
- Sobre pedimento de Francisco Antonio de Larramendi en que hace presente que su madre, Clara Chavarrieta compró a “Manuel Fernández y a Xavier y Teresa Samaniego las poblaciones de ranchos y cercos que tenían en la costa del río junto a la Chacarita”como arrendadores de Temporalidades y que el Cabildo había cedido a Francisco Castañeda. Pide entonces, el baldío que queda de merced o por compra para instalar un horno de materiales. Se pasó vista al Síndico de la ciudad.
- Sobre Superior Orden del Virrey de 19 de abril en la cual y “en vista del oficio de este Ilustre Cabildo de doce del mismo, y testimonio” del sorteo y elección del Diputado para la Junta Central objeta que sólo José Migue Carballo está avecindado en la ciudad y los otros, aún siendo naturales de Santa Fe de la Vera Cruz, son vecinos de Lima y Chile “independientes el Virreynato”, por lo ordena se haga una nueva elección en reemplazo de estos.
- Se eligen para cumplir con la orden, previo pedido a la Real Hacienda de constancia de si son o no deudores a: Pedro Tomás de Larrechea, Dr. Aldao, Pedro, Dr. Juan Francisco Seguí; Juan Francisco Tarragona; Manuel Francisco Maziel; Francisco Antonio de Quintana. Los Ministros de la Real Tesorería contestaron que ninguno era deudor ni por si ni como fiadores, se eligió a los dos vecinos que iban a entrar en el sorteo. Se tomó el voto de cada cabildante, que se anota con nombre y apellido. Hecho el conteo resultó: Pedro Tomás de Larrechea y Juan Francisco Tarragona, con tres votos. Se anotaron los nombres estos dos más Carballo en “tres cedulas de papel que se pusieron bien dobladas en una canastilla de barro y en otra se pusieron otras tres cedulas, de las que una sola tenia escrita esta palabra: Diputado, luego se trajo un niño que de cada cántaro sacó una cedula y en la ultima extraxo el nombre de Don Juan Francisco Tarragona con la otra de la suerte”. Se acordó se hiciera testimonio de lo actuado y se comunicara al Virrey y al interesado.
- Sobre dos oficios de los Sres. Ministros de 27 de julio en los cuales solicitan la orden original de la Junta Gubernativa en la cual ordenan la entrega de $ 100,00 para las festividades del Santo Patrono por no encontrar “suficiente para su resguardo el testimonio que de ella les dirigió este Cavdo. para su cumplimiento”; por el otro oficio exigen las ordenanzas relativas al nombramiento que la Junta hizo al Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz como Subdelegado interino y sobre la deuda que la misma Junta pasó “para el cobro de mil y tantos pesos a don Pedro Pablo Morsillo”. El Cabildo responde que se allanaban de entregarle al Alférez Real el monto ordenado porque obran con fe y con respecto al segundo se responde se consulte a la superioridad.
- Sobre un oficio de los Ministros de la Real Hacienda de 30 de julio consultando si deben entenderse con el Cabildo o con el Alcalde de Primer Voto; unánimemente responden que con éste último.
- Sobre oficio de la Superior Junta de 14 de julio, con la firma de Cornelio Saavedra y Juan José Paso, en la cual expresa que el Contador Antonio Carrasco manifestó que el Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz no había presentado las cuentas de propios y arbitrios correspondientes a los año 1808 y 1809 como lo exigía el art. 36 de la Real Ordenanza de Intendentes y previene al Cabildo para que lo cumplimente a la brevedad. Los cabildantes acordaron que las dos cuentas de propios habían sido presentadas y que se pase el oficio al Síndico Procurador para su revisión. En cuanto a los arbitrios se establece que desde 1807 la recaudación correspondía a los Ministros de la Real Hacienda..
- El Síndico de la Ciudad presenta los documentos de la compra a Temporalidades de parte de Ventura Carranza. Se acuerda darle traslado al interesado.
- Se presenta el pedido de un terreno de merced para edificar un rancho de María Garicena. Se corrió vista al Síndico de la ciudad.
- Se traspasó el cargo de Fiel Ejecutor al Regidor Defensor. El Alguacil Mayor le tomó el juramento de práctica.
- Sobre un oficio reservado de la Junta Provisional Gubernativa de 27 de julio de 1810 en el ordena que el Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz tome prisioneros, si pasan por su jurisdicción , a Santiago de Liniers; Juan Gutiérrez de la Concha, Obispo de Córdoba; oficiales reales Moreno; Vitorio Rodríguez, Teniente Asesor; Cnel. Allende y a todos cuantos pasen fugados de Córdoba tras el fallido intento de contrarrevolución intentada en aquella provincia, y los remitan a Buenos Aires. Se acordó obedecer el oficio y pasarle oficio al Comandante de Armas y a los Alcaldes de Hermandad y Comisionados de la jurisdicción para el cumplimiento de la orden superior.
- Sobre un oficio de los Ministros de la Real Hacienda de 30 de julio consultando si deben entenderse con el Cabildo o con el Alcalde de Primer Voto; unánimemente responden que con éste último.
- Sobre oficio de la Superior Junta de 14 de julio, con la firma de Cornelio Saavedra y Juan José Paso, en la cual expresa que el Contador Antonio Carrasco manifestó que el Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz no había presentado las cuentas de propios y arbitrios correspondientes a los año 1808 y 1809 como lo exigía el art. 36 de la Real Ordenanza de Intendentes y previene al Cabildo para que lo cumplimente a la brevedad. Los cabildantes acordaron que las dos cuentas de propios habían sido presentadas y que se pase el oficio al Síndico Procurador para su revisión. En cuanto a los arbitrios se establece que desde 1807 la recaudación correspondía a los Ministros de la Real Hacienda.
- El Alcalde de primer voto informa acerca de las diligencias efectuadas para el cobro de 1.405,06 pesos acordado el 27 de julio de 1810. Se acordó la remisión de los originales a la Junta Provisional Gubernativa
- El Alcalde de primer voto presentó las cuentas de propios de la ciudad correspondientes a 1808 y 1809, una acompañada “con un libro de justificación rubricado por los individuos de este Cavdo. con tres foxas utiles a que le acompañan quatro documentos. Otra con un Pliego que presenta el mayordomo de Ciudad a la Junta de Propios y diez y seis documentos”. Se acordó pasar vista al Síndico de la Ciudad para su revisión.
- Se trataron dos puntos diferidos de la sesión del 27 de julio. Acordaron que los propios que tiene esta ciudad “no sufragan para las penciones que tiene según lo tienen acordado... para poder cubrir las necesidades de este Cav.do de Sala Capitular, Carceles y mantencion de Presos y de cubrir los ocho ps. Diarios que esa Superior Junta tiene asignados al representante de esta ciudad”, por lo que resolvieron:
1º por cada carreta que entrara en la ciudad desde otra jurisdicción y salga cargada, pague cuatro reales,
2º por cada diez cargas de la que entren en arrias el vino y el aguardiente, cuatro reales; por cada uno de vino, cuatro reales; “por cada carretilla del trajín de esta ciudad sin esepción de ninguna, dos reales al mes”. Y por cada tres de las del consumo medio real y las que venían desde Santo Tomé, nueve pesos anuales; a los pasos de Catalán, tres pesos cada uno; a los barcos de carga den tres mil arriba, seis pesos de anclaje y los de dos mil abajo, cuatro pesos; los botes de la carrera del Paraná doce pesos por año; los que vienen a cargar un peso cada vez.
Por cada tercio de yerba, medio real; por cada horno de cal, veinte peso anuales; por cada horno de teja y ladrillo, ocho pesos; por cada tahona, seis pesos anuales; por cada cien piezas de madera que salgan de la ciudad, dos pesos; por cada cien cueros de Gorra, dos pesos; por cada cien cueros de bagual, cuatro reales; por cada arroba de sebo, un cuartillo; por cada saca de lana, un real; por cada mula que salga de la jurisdicción, o pase por ella, un cuartillo; por cada curtiduría de suelas, veinte pesos anuales; por las suelas de becerros, doce pesos; por cada cabeza de ganado que salga de esta para otra jurisdicción, un cuartillo.
-“Se suplique a la misma superioridad se conseda para el mismo fin de propios veinte y seis a pulperías de la que tiene esta ciudad, respecto a que los derechos impuestos no puedan alcanzar por su cortedad a los fines indicados y no considerar otros para poder proponer solo que aquella superioridad se digne ínterin se mantiene el representante de esta ciudad en aquella capital concedernos del fondo de adbitrios que se recauda en esta por los Ministros de R. Haza. La cantidad dos mil pesos anuales...”
- después de haber oído misa en la Sala Capitular e invocando al Espíritu Santo con el objeto de nombrar personas “aparentes de propiedad, licencia y religión que desempeñen con asierto los empleos consegiles en todo el año próximo venidero..., tanto para esta ciudad como para las Hermandades de esta jurisdicción. El Alcalde de 1er. voto que cumple la función de presidente del ayuntamiento, dijo “que siendo el asunto de este día tan interesante a la misma gloria de Dios y servicio del Rey y beneficio de este Pueblo”, había que actuar con la “mayor pureza y retitud de animo” porque de ello depende la sociedad pública.
- el Presidente en ejercicio propone: Alcalde de primer voto: Lucas de Echagüe; Alcalde de segundo voto: Simón Andrés de Avechuco; Regidor primero y Alférez Real: Pedro Arias Sánchez; Regidor Defensor de Pobres y Menores: José Aragón; Regidor Tercero: Juan Manuel Soto; Procurador Síndico: Salbador de Almenabal y a José Quintana como su sustituto; Mayordomo y Portero: reelegía a Francisco Leiva y Pascual Santa Cruz; Alcalde de Barrio de la parte norte: Francisco Mendez; Alcalde de Barrio de la parte sur: Manuel Machado; Alcalde de Hermandad de la Baxada del Paraná: Agustín de Echeverría; Alcalde de Hermandad de Coronda: Matías Goroteis; Alcalde de Hermandad de Rosario: Isidoro Martínez. Esta propuesta la apoyan el Regidor Primero y el Regidor Tercero.
El Alcalde de 2do. voto elegía: Alcalde de primer voto: Manuel Ignacio Diez de Andino; Alcalde de segundo voto: Manuel Francisco Maciel; Regidor primero y Alférez Real: Pedro Arias Sánchez; Regidor Defensor de Pobres y Menores: Simón de Avechuco; Regidor Tercero: Juan Manuel Soto; Procurador Síndico: Teodoro de Larramendi; Mayordomo y Portero: reelegía a Francisco Leiva y Pascual Santa Cruz; Alcalde de Barrio de la parte norte: Francisco Mendez; Alcalde de Barrio de la parte sur: Manuel Machado; Alcalde de Hermandad de la Baxada del Paraná: Agustín de Echeverría; Alcalde de Hermandad de Coronda: Matías Goroteis; Alcalde de Hermandad de Rosario: Isidoro Martínez.
El Regidor defensor elegía: Alcalde de primer voto: Ignacio Crespo; Alcalde de segundo voto: Juan Manuel Soto; Regidor primero y Alférez Real: Pedro Arias Sánchez; Regidor Defensor de Pobres y Menores: Ramón Cabal; Regidor Tercero: Mariano Espeleta; Procurador Síndico: Pedro Lasaga; Mayordomo y Portero: reelegía a Francisco Leiva y Pascual Santa Cruz; Alcalde de Barrio de la parte norte: Francisco Mendez; Alcalde de Barrio de la parte sur: Manuel Machado; Alcalde de Hermandad de la Baxada del Paraná: Agustín de Echeverría; Alcalde de Hermandad de Coronda: Matías Goroteis; Alcalde de Hermandad de Rosario: Isidoro Martínez.
- El Alcalde de 1er. voto que hacía de Presidente dio por concluida la elección a pluralidad de votos, que se diese cuenta a la Exma. Junta de los resultados, a los designados y a los propuesto.