- Ante la noticia dada po Agustín de Robles, en su carta del día 6 delcorrinet mes, de la llegada del nuevo gobernador, Manuel de Prado Maldonado,se encarga al alcalde Tomás de Guereñú trasladarse a Buenos para darlela bienvenida.
- Son aprobadas las cuentas que presenta el mayordomo, previo cobro de las deudas de Juan José Moreno, Antonio Lejarragay Felipe Cabañas, que había omitido .
- Se confirman las cuentas cobradaspor el capitán Domingo Caraballo en concepto de romana, dándole un plazo de seis meses para entregar dicha suma al cabildo
- Ante la noticia dada por Agustín de Robles, en su carta del 6 del corriente, de la llegada del nuevo Gobernador Manuel de Prado Maldonado, se encarga al Alcalde Tomás de Guereñú trasladarse a Buenos Aires para darle la bienvenida.
- Son aprobadas las cuentas que presenta el Mayordomo, previo cobro de las deudas de Juan José Moreno, Antonio Lejarraga y Felipe Cabañas, que había omitido.
- Se confirman las cuentas cobradas por el Capitán Domingo Caraballo en concepto de romana, dándosele un plazo de 6 meses para entregar dicha suma al Cabildo
El procurador general solicita se impidan las vaquerías que efectúan losvecinos de Corrientes y los indios de las misiones jesuíticas, en la otrabanda del Paraná. Se resuelve escribir al cabildo de dicha ciudad y alprovincial de esa orden para que no violen la jurisdicción de Santa Fe. Resultan observadas las cuentas de los propios de la ciudad del año anterior,presentadas por el alcalde Juan de Lacoizquetta, por un exceso en los gastosde cera efectuados durante la fiesta de San Jerónimo y la falta de cobrode una deuda del capitán Felipe Cabañes. De ambas se responsabiliza alex mayordomo Domingo Carballo.
Con motivo de la solicitud del alcalde provincial Antonio Márquez Montiel para entrar en el turno de fiel ejecutor, se hallóque en el acuerdo del 4 de mayo de 1663 al alcalde provincial Juan de Arcele fue concedida esa prerrogativa.
También se consideró la real cédulaque otorga al regimiento el uso del oficio de fiel ejecutor, se halló queen el acuerdo del 4 de mayo de 1663 al alcalde provincial Juan de Arcele fue concedida esa prerrogativa. También se consideró la real cédulaque otorga al regimiento el uso del oficio de fiel ejecutor, compeliéndose al depositario general la documentación que lo autoriza a ejercer el mismo.Todas las actuaciones se elevarían al gobernador para su determinación.Por no haber portero de cabildo, se designa a Salvador de Figueredo, alquilándoseleuno de los cuartos de propiedad del cabildo. Se reitera la construcciónde un mueble para el archivo del cabildo. Se decreta que de las cuentaspresentadas sobre el cobro de romana, se perciban los 9 pesos que debe Felipe Cabañas y el resto se destruya 'por ser antigua las partidas' yla mayor parte de los deudores hallarse ausentes.
- El Procurador General solicita se impidan las vaquerías que efectúan los vecinos de Corrientes y los indios de las Misiones Jesuíticas, en la otra bande del Paraná. Se resuelve escribir al Cabildo de dicha ciudad y al Provincial de esas orden para que no violen la jurisdicción de Santa Fe. Resultan observadas las cuentas de los propios de la ciudad del año anterior, presentadas por el Alcalde Juan de Lacoizquetta, por un exceso en los gastos de cera efectuados durante la Fiesta de San Jerónimo y la falta de cobro de una deuda del Capitán Felipe Cabañes. De ambas se responsabiliza al ex Mayordomo Domingo Carballo. Con motivo de la solicitud del Alcalde Provincial Antonio Márquez Montiel para entrar en el turno de Fiel Ejecutor, se halló que en el acuerdo del 4 de mayo de 1663 al Alcalde Provincial Juan de Arce le fue concedida esa prerrogativa. También se consideró la Real Cédula que otorga al Regimiento el uso del oficio de Fiel Ejecutor, compeliéndose al Depositario General la documentación que lo autoriza a ejercer el mismo. Todas las actuaciones se elevarían al Gobernador para su determinación. Por no haber Portero de Cabildo, se designa a Salvador de Figueredo, alquilándosele uno de los cuartos de propiedad del Cabildo. Se reitera la construcción de un mueble para el Archivo del Cabildo. Se decreta que de las cuentas presentadas sobre el cobro de romana, se perciban los $9 que debe Felipe Cabañas y el resto se destruya “por ser antigua las partidas” y la mayor parte de los deudores hallarse ausentes.
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