Resultados 0 - 5 de aproximadamente 26 de "Capillas" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 23 de Febrero de 1655
Tomo III B, *I-1-1/III-F.406-I-1-1/III-F415v

Copia de las instrucciones que deberá observar el capitán Juan Gómez Recio como procurador de Santa Fe en el sínodo de Buenos Aires, dadasel 20 de febrero. Solicitará: rebaja en los derechos parroquialesy funerales: ereccion de 2 capillas en el Salado Grande, determinaciónde primicias y fiestas de guardar, sobre cobro de veintena decimaldel ganado cimarrón, autorización para esclavizar tocagües y para hacer trabajar morenos las fiestas obligatorias; declaración sobrecontratos usurarios y todo lo que convenga a la ciudad. Firmado: Alonso Fernández Montiel; Roque de Mendieta y Zárate; Jerónimo de Rivarola; Francisco Jiménez Navarro; Andrés Velásquez Torrejón; testigos: Francisco de Lerma Polanco y Manuel de Marcianez.

- Copia delpoder otorgado al capitán Juan Gómez Recio, el 20 de febrero, paraque actúe como procurador de la ciudad en el sínodo que organizaen Buenos Aires, el obispo Fray Cristóbal de Mancha y Velazco; y ante el gobernador para solicitarle todo lo referido a la reducciónde los Colastinés, entrada alValle Calchaquí y mudanza de la ciudad.-

Observaciones: En la fecha dice 'octubre'.

2.
Perteneciente al 20 de Marzo de 1706
Tomo VI, *T.VI-F.422v-424

- Copia del auto del gobiernador Alonso Juan de Valdez e Inclán, del 4de marzo de 1706, ordenando que ningún vecino 'sea osado a introducirse por patrones de ningún convento,iglesia, monasterio o capilla' sinla expresa autorización del rey. Lo motivaba elhecho de que el 6de diciembre de 1705, en el púlpito de Santo Domingo se proclamó

3.
Perteneciente al 20 de Marzo de 1706
Tomo VI, VI f 422v a 424

- Copia del auto del Gobernador Alonso Juan de Valdez e Inclán, del 4 de marzo de 1706, ordenando que ningún vecino “sea osado a introducirse por patrones de ningún convento, iglesia, monasterio o capilla” sin la expresa autorización del Rey. Lo motivaba el hecho de que el 6 de diciembre de 1705, en el púlpito de Santo Domingo se proclamó como patrón de ese convento al Capitán Antonio de Vera Mendoza y a su negativa de exhibir la patente respectiva.

- Copia de la notificación de ese auto hecha por el Teniente de Gobernador al Maestre de Campo Antonio de Vera Mendoza, el 20 de marzo de 1706.

4.
Perteneciente al 23 de Noviembre de 1714
Tomo VII, VII – f 236 y 237v

- Se da entrada a un exhorto del Vicario y Juez Eclesiástico de la ciudad, reiterando la restitución a la Iglesia Parroquial de la imagen de bulto del Patrón San Jerónimo. Para tratar con libertada esta materia y evitar un incidente como el de la sesión anterior, se dispone el retiro de la Sala del Alférez Real, Ignacio del Monje, hermano del Cura y Vicario. Se deja expresado que el novenario ofrecido al Patrón en el Convento de Nuestra Señora de las Mercedes, se debía a que el Vicario no aceptó el pago de las misas en yerba, propuesto por la carencia de monedas. Se dispone la devolución de la imagen, requiriéndola la entronización en su capilla y no en la sacristía donde permaneció descuidada al punto que su diadema estuvo empañada en una taberna.

- Para que la ciudad pueda disponer libremente de su Patrón, se resuelve adquirir otra imagen de bulto, que tendrán a su cargo los Alcaldes ordinario de 1º voto, y mudar la festividad al Convento de los Mercedarios.

- En razón de que el Juez Eclesiástico “ronda la ciudad de noche y atropella las casas de los vecinos...”, se le exhortará a que no provoque desórdenes; y se informará al Obispo sobre el particular.

5.
Perteneciente al 2 de Mayo de 1717
Tomo VII, VII– f 328 a 329

-En razón de que el Capitán Cristóbal Jiménez se ha trasladado de su estancia a la del Maestro José de Quiñónez, se dispone que la imagen de Nuestra Señora del Rosario y sus ornamentos pasen a la Capilla que posee dicho establecimiento, encargándose al Maestre de Campo Francisco de Vera el inventario de esos bienes.

-Como existen “indicios vehementes” de la proximidad de los indios, se resuelve alistar, con la mayor prontitud, la gente de guerra, debiendo hacerse todos los gastos necesarios.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe