- El Escribano participa que los fiadores de Salvador Ignacio de Amenávar constituyeron la escritura pertinente.
- El mismo hace saber que al citar a Fermín de Echagüe y Andía, éste le entregó un pedimento en que presenta la decadencia que padeció su estancia en 1771 por no haberla podido atender en razón de que por el empleo en que ha sido vuelto a elegir, debió asistir a la Junta de Temporalidades, sin salario alguno. Considerando que la citada es la única causa del pedido de exoneración, se resuelve ratificar la elección y designar como su sustituto a Martín de Ezpeleta, con al obligación de integrar dicha junta. Se dispone la citación de ambos, no admitirles súplica alguna y solicitar al Gobernador la confirmación de dichas elecciones.
- Se resuelve dar cuenta al Gobernador del pedimento del Procurador General y de la carta que el cuerpo dirigió al Presidente de la Junta de Temporalidades. Se le señalará que el Procurador General sustituto es idóneo, aunque no se halle instruido de los asuntos de las Temporalidades, pues igual le aconteció al finado Simón de Abechuco al momento de integrar dicha Junta, sin que por ello se lo hubiera rechazado.
- Por nota de la fecha, el Alférez Real participa que el 3 del corriente despachó orden al pueblo de Cayastá para que bajen los caciques y que el Guardián del Convento hizo otro tanto con Fray Juan Tomás Churruca. Además, devuelve el pedimento del Procurador General y copia de la carta que el cuerpo dirigió al Presidente de la Junta de Temporalidades.
- Mediante pedimento el Alguacil Mayor hace relación de los impedimentos que tiene para la custodia de los presos por la debilidad de las paredes de la Cárcel, y declara que no se hace responsable de la fuga de los reos, por lo cual solicita se reparen “los calabozos, las puertas, cerrojos y prisiones”. Además participa haber designado como su Teniente y Alcaide a José Pablo Laso. Por haberse reparado recientemente, se considera que la cárcel brinda seguridad y se declara que en caso de un reo de consideración pida el auxilio necesario para la custodia l Gobernador de las armas. Se admite el nombramiento de Laso.
- Elección anual. Los Alcaldes ordinarios, el Alférez Real y el Regidor Vicente Hereñú votan por una lista, y el Alguacil Mayor, Juan Francisco Aldao y Manuel Carballo por otra. En el curso de la elección el Regidor Juan Francisco Aldao objeta la elección de un Regidor para Alcalde ordinario, expresando que la causa por la que se concedió este privilegio a la ciudad, la falta de vecinos, ya no se experimenta y que también está viciada por haberse conformado el Alcalde 2º en la elección de su hermano. Apoya los candidatos del Alguacil Mayor por ser hechos en personas independientes de todo parentesco. Propone que para esclarecer el asunto el Teniente de Gobernador no regule ni apruebe la elección, sino que la determine el Virrey. El Alcalde 1º manifiesta que en años anteriores se dieron los siguientes casos de parentesco: Juan de Cevallos y Juan Francisco Aldao, el 1º abuelo de la esposa del 2º; Juan Francisco de Larrechea y Manuel Ignacio Diez de Andino, concuñados; Tomás Vicente Hereñú y Luis Hereñú, hermanos; Cayetano Jiménez y Juan Francisco Roldán, padrastro. Manifiesta que Aldao votó en la elección anterior por él y el Alcalde 2º, sin haber puesto tacha. Aclara que la prohibición de padres e hijos o hermanos solo se refiere a un mismo oficio. El Teniente de Gobernador cita otros casos de parentesco, manifiesta que las objeciones de Aldao no se acreditan con autores y doctrinas y, en uso de sus facultades, aprueba la elección hecha por la mayoría, advirtiendo que los electos para Alcaldes por el Alguacil Mayor tienen el vicio, uno Juan Antonio de Elguera, de ser dependiente del correo, y el otro José Teodoro de Aguiar, Recaudador del Derecho de Pulpería, por haberle manifestado no ser vecino. En consecuencia, resultan electos: Alcalde 1º: Tomás Vicente de Hereñú; Alcalde 2º y Juez de Menores: Martín José de Ezpeleta; Procurador Síndico General: Martín Francisco de Larrechea; Alcalde de la Hermandad de Los Arroyos: Juan de Pereda Morante; Alcalde de la Hermandad del Paraná: Fabián Barrenechea; Mayordomo: José Gabriel Ramos; Defensor de Pobres y menores: José de Vera Mujica. Juran y asumen los firmantes, el Alférez Real se hace cargo en depósito de la vara de Alcalde 2º y se dispone citar a los restantes electos y elevar al Virrey testimonio del acto para su confirmación.
- Se abre el punto a las causas civiles.
- Se reitera la costumbre inmemorial de que los Alcaldes saquen los pendones en las procesiones del jueves y viernes santos.
- Se difiere la asunción del Alcalde 2º por estar enfermo, y del Procurador General por hallarse en su estancia.
- Por impedimento del Regidor Vicente Hereñú se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor el Alférez Real.
- Este hace saber que por tener en depósito la vara de Alcalde 2º es incompatible su desempeño como Defensor de Pobres y Menores. Se designa interinamente al Regidor Manuel Carballo.
- José Gabriel Ramos asume como Mayordomo.
- Mediante petición Santiago Andrade solicita de merced el sitio que el cuerpo concedió a Francisco Castillo, por haberse este avecindado en Buenos Aires. Se accede.
- Carlos Piedrabuena Sargento de Milicias, solicita de merced medio solar que linda al sur con Félix Lencinas, al este con Rosa Dávila, al norte con Antonio Piedrabuena y al oeste con tierras baldías. Se le concede.
- Por oficio del 27 del corriente el Sargento Mayor de Ejército Francisco Balcarce, Comandante de las Fronteras y Subdelegado del Sub Inspector remite nómina de las 7 compañías de milicias provinciales y urbanas que ha formado, para que, con intervención del Comandante de Armas proponga los oficiales de los mismos, a fin de que el Virrey expida los despachos correspondientes, “ínterin vinieren los que Su Majestad tenga a bien darles a los de las 2 Compañías de Blandengues Provinciales”. Se propone lo siguiente: 1º Compañía de Blandengues Provinciales de Caballería, Capitán a Juan Manuel Roldán, Teniente a Cayetano Echagüe, Alférez a Juan Antonio Arizmendi; 2º Compañía de Milicias de Caballería de Blandengues Provinciales, Capitán a José de Echagüe, Teniente a Joaquín Galisteo, Alférez a Manuel Villamea; 1º Compañía de Milicias Urbanas, que se compone de reformados, forasteros e inválidos, de Capitán a Martín Francisco de Larrechea, Teniente a Martín Ezpeleta, y Alférez a Juan de Larramendi; 2º Compañía de Milicias Urbanas, que se compone con al gente que servía en la de Roldán, Capitán a Agustín de Iriondo, Teniente a José Palma, y Alférez a Tomás Fornells; 3º Compañía de Milicias Urbanas, de Capitán a Atanasio Figueroa, Teniente a Joaquín Moya, Alférez a Ramón Martínez; 4º Compañía de Milicias Urbanas, con la gente de Coronda, capitán a José Baigorria, Teniente a Pedro Reyes, y Alférez a Manuel Torres; 5º Compañía de Milicias Urbanas, de Capitán a Francisco Javier Suero, Teniente a Ventura Correa y Alférez a Diego Alarcón.
- Mediante pedimento Felipe Reinoso solicita certificación sobre los siguientes puntos que en 1790 se estableció en la ciudad, con su mujer e hijo, e instaló una botica pública con permiso del Cabildo, que la ha administrado en beneficio público, habiendo atendido a algunos pobres por falta de facultativos, y que ha desempeñado con “quietud y honradez”. Se accede.