Resultados 0 - 5 de aproximadamente 468 de "Francisco Antonio Mansilla" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 1 de Enero de 1594
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.174-I-1-1/I-F.175

El teniente de gobernador propone para la elección de alcaldes, 'segúncostumbre', seis vecinos, 'tres nacidos en Castilla y otros tres españolesnacidos en la tierra'.

Resultan electos: alcalde en primer voto: Hernandode Osuna. Alcalde de segundo voto: Bartolomé Sánchez. Regidores: 1ºJuan de Bernaldo, 2º Antonio Martín, 3º Juan de Torres Pineda, 4ºFrancisco Muñoz Holguín, 5º Luis Hernández de Morales y 6º FranciscoRasquín.Procurador: Feliciano Rodríguez. Mayordomo: Felipe Cristal.

Observaciones:Primera parte del acta.

2.
Perteneciente al 19 de Abril de 1621
Tomo I Segunda Serie, *I-1-1/I-F.349-I-1-1/I-F.352

-En razón del estado deplorable en que se encuentra el edificio dela iglesia mayor, se resuelve la refacción del mismo, disponiéndose que el regidor Juan Bautista de Vega se entienda con el cura vicario P. Felipe Arias de Mansilla, para concertar todo lo necesario a eseobjeto.

-El procurador ante Buenos Aires, capitán Hernando Rivera

3.
Perteneciente al 19 de Enero de 1626
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.251-I-1-1/II-F.253v

El alcalde Juan López de Vargas solicita el cumplimiento de la real provisión que dispone que el alguacil mayor designado por el gobernadorno tiene ni voz ni voto en el cabildo. Con el parecer de cada unode los presentes, se resuelve conceder a Antonio Calderón un plazode seis meses para que obtenga la confirmación de ese derecho. Francisco Rodríguez Mansilla asume como regidor

4.
Perteneciente al 26 de Febrero de 1626
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.263-I-1-1/II-F.264

Se decreta que el vino importado de otras ciudades, sea vendido luegoque se haya agotado la existencia del producido en la ciudad. Lo percibido por infracciones se destinará a la lámpara del santísimo sacramento de la iglesia parroquial y a gastos del cabildo.

Sefija precio al vino producido en la ciudad, al por mayor y menudeo,estableciéndose multas que tendrían el mismo destino que el mencionadoen el decreto anterior.

Observaciones: Al margen del folio 263v. figura el testimonio del pregón de los 2 decretos, dado en la fechay firmado por el escribano García Torrejón.

5.
Perteneciente al 16 de Marzo de 1626
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.264v-I-1-1/II-F.265

Se constituye el cuerpo sin tomarse resoluciones.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe