- Los despachos del Gobernador, reservados en el acuerdo del día 7 para considerarlos con al presencia de todo el cuerpo, deben postergarse por la misma causa. A este efecto, se citaría a los capitulares y Teniente de Gobernador, disponiéndose informar sobre el particular al Gobernador, por los atrasos que causan las inasistencias.
- Se acata el nombramiento otorgado por José Ruiz de Arellano, Juez Mayor de Residencia, en favor del Maestre de Campo José García de Miranda, Juez Receptor de Penas de Cámara, para el cumplimiento de las sentencias recaídas en el juicio de Residencia, por imposibilidad del Comisario Onofre de Hoyos. Jura y asume.
- El mayordomo de ciudad es emplazado para concurrir al acuerdo siguiente, en el que se le harán conocer las providencias por las que deberá encargarse de las rentas y propios.
- Ante el exhorto del Tesorero de Santa Fe referido a un auto que dictó el ex Juez Comisario de la Santa Cruzada en las tres provincias, Maestre de Campo José García de Miranda, sobre el entero de lo recaudado por bulas, se resuelve notificar dicha documentación al Capitán Juan Díaz Adán de los Ríos, Tesorero de ellas, para que proceda en consecuencia, y de los fiadores que corresponde.
- Se conceden a tres vecinos licencias para hacer cada uno diez cargas de sebo.
- Copia del testimonio del exhorto proveído por el Maestre de Campo José García de Miranda, Juez Comisario de la Santa Cruzada en las provincias de Tucumán, Paraguay y Río de la Plata, el 25 de noviembre de 1721, en Santa Fe, insertando el traslado del auto que dictó el día anterior para que se notifiquen las autoridades de las cláusulas referidas a que las limosnas de las bulas deben entregarse al Tesorero de ellas, quién tendrá que constituir fiadores ante el Cabildo.
- Copia de las diligencias de testimonios hechos por el Notario de la Santa Cruzada, Andrés del Sueldo, en Santa Fe, a 27 y 29 de noviembre de 1721.
COPIA
- Copia del despacho proveído en Buenos Aires el 29 de mayo de 1744 por el Canónigo Magistral Dr. Francisco de los Ríos, Comisario de la Santa Inquisición, en vista de los autos obrados por el Alcalde 1º de Santa Fe y el Dr. Juan Antonio de Vera, Comisario de Cruzada de dicha ciudad. Facultan al Cabildo para exigir al P. Vera que integre en la Real Caja los $ 543 y 6 reales que tomó de la liquidación de cuentas de la limosna de la Santa Bula presentada por Pedro de Urizar, como igualmente al producto de las condenaciones que impuso y en auto hubiese percibido por el vacuno de Cruzada. También lo faculta para que haga cumplir al Padre Vera con la publicación de la presente Bula, que debió efectuarse “la 23 dominica de Cuaresma”. Previene al Juez Eclesiástico de Santa Fe que debe auxiliar al Cabildo en su comisión; y al Escribano Andrés José de Lorca el cumplimiento de las certificaciones a que está obligado. Copia de la relación de Bulas remitidas al Comisario de Cruzada de Santa Fe, y que los fueron entregadas el 11 de abril.
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