Resultados 0 - 5 de aproximadamente 52 de "Junta Municipal de Propios y Arbitrio" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 20 de Septiembre de 1784
Tomo XV A, XV f 128 v a 132 v

- El Gobernador Interino, por oficio del 13 del corriente, avisa que ya quedo establecida la Junta Superior de Hacienda, y que como ésta deberá entender sobre propios, arbitrios y bienes de comunidades de indios, el Cabildo, deberá remitirle una razón formal de dichos rubros, su concesión, origen, cargas, perpetuas y temporalidades, gastos precios ordinarios y extraordinarios, tanto de los presentes como de los fenecidos, con indicación de los años, motivos y personas que los han manejado, y los pertinentes documentos originales, a fin de establecer las reglas correspondientes. La mayoría acata la orden, y ante la declaración del Regidor Interino de diferir su parecer para otro acuerdo, el Teniente de Gobernador posterga su determinación. Por otra carta, el Gobernador Interino remite testimonio de la providencia que ordena establecer la Junta Municipal de Propios. Como ella está dirigida al Cabildo, por no haber subdelegado en la ciudad, se suspende su resolución para consultar si debe entenderse que el Teniente de Gobernador ha cesado. Por otro oficio, el Gobernador Interino incluye un auto que revoca su anterior providencia y ordena que el paseo del Real Estandarte se haga a caballo y no a pie, y se guarde la costumbre antigua y a la providencia del anterior Virrey Juan José de Vértiz, imponiéndose penas a los que no cumplan con afrontar “Jaeces medianamente decentes”. La mayoría obedece el auto, y el Regidor Decano Juan Francisco Aldao suplica su cumplimiento, exponiendo que el Cabildo ni los vecinos están en condiciones de montar, y solicitando que con citación del Procurador General se lo oiga en información. Propone que el Alcalde 2º y el Teniente de Gobernador examinen las personas que acompañaran al Estandarte, por conocer quienes pueden hacerlo. El Alférez Real solicita otra información para rebatir lo expresado por el Regidor Aldao. El Teniente de Gobernador ordena el cumplimiento del auto en todos sus términos, y admite, para este año hacer la nómina referida, que se publicará mañana por bando, y las informaciones solicitadas. El Escribano de Cabildo y Real Hacienda Ambrosio Ignacio Caminos solicita certificación “sobre varios puntos”. El cuerpo accede, con excepción del Regidor Decano que declara no poder extenderse sin mandato de Tribunal Superior. El cuerpo acata el decreto del Gobernador Interino ordenando posesionar a José Manuel Troncoso del oficio de Alguacil Mayor propios de Santa Fe. Se dispone que Cayetano Jiménez le entregue, bajo inventario, los presos, prisioneros y los emolumentos recibidos. Troncoso jura y asume.

2.
Perteneciente al 24 de Octubre de 1785
Tomo XV A, XV f 156 v a 159

- El Gobernador Interino por cara del 4 de septiembre remite un ejemplar de las Ordenanzas de Intendentes, del 28 de mayo de 1782, para el cumplimiento de las obligaciones del Cabildo Ordena que el Escribano extienda certificación de los artículos referentes a los ramos de Propios y Arbitrios. El cuerpo obedece las Ordenanzas. Y respecto de la integración de la Junta Municipal de Propios que debe componerse con el Alcalde 1º como presidente, más antiguo, 2 Regidores y el Procurador General, éste, sin voto, en razón de hallarse nada más que el Regidor Decano, y ante la duda de si el Alguacil Mayor y Alcalde 2º pueden subrogar al Alcalde 1º, se resuelve consultar al Gobernador Interino. Atento lo prescripto por las ordenanzas 7 y 8, sobre extinción de Gobernadores y Corregidores, ante la duda si debe cesar el actual Teniente de Gobernador y en quien recaerá el mando político, se resuelve consultar al Gobernador Interino. Al votar, el Alcalde 2º expuso que el capitulo 8 anula la facultad de poner Teniente de Gobernador, cargo que se extinguirá al quedar vacante o al cumplir 5 años de ejercicio, no determinándose cuando debe comenzar este plazo. El Regidor Decano, opinó que el Teniente de Gobernador, debe cesar, y que el Alcalde 1º, se haga cargo del Gobierno político, como ha sido costumbre inmemorial. Mediante pedimento el Alférez Real José Vera Mújica apela, por vías de agrario, la resolución del Cabildo, concediendo al Ministro de Real Hacienda Rafael Guerrero, el asiento inmediato, a los Alcaldes Ordinarios y solicita testimonio de dichos acuerdo, y de su título. El cuerpo declara que tomó esa determinación en cumplimiento de la Real Cédula presentada, y le concede la apelación y testimonio solicitado. El Regidor Decano se opuso, expresando no tener noticia del asiento de Alférez Real por no haber manifestado ese privilegio ante el cuerpo, y reserva su parecer.

3.
Perteneciente al 21 de Noviembre de 1785
Tomo XV A, XV f 161 v a 162

- Por nota del 10 del corriente, el Gobernador Interino, ordena se le informe sobre la inversión del noveno y medio de los diezmos pertenecientes al Hospital. En razón de haberse respondido ya esta materia, se dispone a copiar la documentación pertinente y levarla. Por otra del 13 del actual, dicho mandatario queda impuesto de la resolución tomada para constituir la Junta Municipal de los Propios y Arbitrios, y hace saber respecto a la consulta sobre el Teniente de Gobernador, no se haga novedad alguna hasta tanto resuelva la duda que se presentó. A su pedido se concede de merced a Juan Antonio Lencinas, u cuarto de solar sito entre los terrenos de Pedro Gaytán y Manuel Onego. Ante la respuesta del Gobernador Interino, sobre es establecimiento de la Junta Municipal de Propios y Arbitrios, se resuelve darla a conocer a los individuos que la integrarán, “para dar principio a sus funciones”.

4.
Perteneciente al 19 de Diciembre de 1785
Tomo XV A, XV f 164 v a 166

- El Gobernador Interino, por nota del 13 del corriente, y en cumplimiento de la Ordenanza General de Intendente manda que el Alcalde 2º debe quedar de 1º para el año siguiente, haciéndose cargo de esta vara un Regidor hasta la confirmación de las elecciones. Para evitar en lo sucesivo este inconveniente, en adelante la elección anual se hará el último día de noviembre, pasándole al Gobierno en correo de diciembre, a fin de devolver la confirmación para el 1º de enero, en sobre cerrado, que se abrirá en virtud dicho día. El cuerpo acata la orden. Por carta del 13 del actual, el Gobernador Interino hace saber que en virtud de lo prescripto por las Ordenanzas, a partir del 1º de enero el derecho de Arbitrios que se recauda en Buenos Aires y Santa Fe, quedaría a cargo de la Junta Municipal de Propios y Arbitrios, y requiere el envío de una razón detallada de las entradas y gastos anuales. El cuerpo dispone que, no obstante haberse pedido y cumplimentado lo mismo por carta del 6 de mayo, se remita la documentación solicitada. Por otra carta, dicho mandatario, previene que deben remitir la Contaduría General, para su examen, las cuentas de propios y bienes es de comunidad de indios, y los de Arbitrios, desde la última rendición que presentó Francisco Martínez de Rojas, hasta fin de diciembre de 1779, a la mayor brevedad. Se obedece. Por pedimento, Lorenzo Zapata apela la providencia por lo cual se disminuye su sitio 7 ½ varas por el norte, lindero con Rosa Casco, y se agregan al Sur. El cuerpo confirma la providencia. El Teniente de Gobernador expresa que la guardia de la Cárcel que tiene a su cargo, sólo ésta para auxiliar a los jueces y al Alguacil Mayor, a causa de que la guardia de que éste le ha representado que quedan los calabozos sin luz. Se dispone pedir la limosna semanal para alumbrar, según lo dispuesto por Ordenanza.

Obs. : El folio 165 y v corresponde a una acata del 8 de enero de 1788. Ver folio 257 v.

5.
Perteneciente al 24 de Diciembre de 1785
Tomo XV A, XV f 166 a 167 v

- El Escribano hace saber que notificó a José Fernández de Valdivieso la orden sobre rendición de cuentas de los Arbitrios, quien le respondió tener listas las suyas, pues las restantes corresponden a Francisco Javier Martines de Rozas. El cuerpo dispone su presentación a la Junta Municipal para que les de el giro correspondiente. El Alcalde 1º hace presente que la Junta Municipal de Propios y Arbitrios debe nombrar un Mayordomo y Tesorero para el manejo de esos caudales. Se dispone que el Cabildo continuará designando el suyo para la asistencia de las fiestas de Tablas. En la visita de cárcel se hallan los siguientes presos: Pedro Antonio Reura, por muerte; Venancio López, Antonio Rodríguez Carrena y Gabriel Varas, “por moneda falsa”; Francisco Solano Villanueva, Sebastián Ramos, Francisco de Luna, Feliciano Silva, Benito Samaniego, Juan Antonio Rodríguez y (Patal) negro, por muerte; Pedro Antonio Cisneros, se deja en libertad, por contemplarse por pena suficiente la presión; José Gómez; José Marcos Guevara, se lo deja en libertad previo pago del carcelaje; José Roque Aquino - debe entregarse a sus padres; Melchor Laras; José Antonio Aguirre; Salvador Cayuri, por muerte; José negro de Piedrabuena – que se entregará a su dueño para que lo venda; Venturo, “esclavo de Echagüe”; Bernardo Orellano, por incorregible. Todos los capitulares, presentes y ausentes, resultan hábiles para la elección anual. Se pone punto a los negocios civiles. Por pedimento Ramón Hernández solicita certificación, de haber sido electo 2 años Alcalde de la Hermandad del Paraná. Se accede.

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