- El Escribano hace saber que notificó al Teniente de Gobernador las cartas del Gobernador consideradas en el acuerdo anterior. Le entregó la siguiente documentación que recibió del Gobernador Francisco de Paula Bucarelli y Urzúa, Real Cédula dada en Madrid el 27 de marzo de 1769, otra extendida en San Lorenzo a 8 de noviembre del mismo año, y dos autos del 31 de enero y 8 de marzo últimos. Impuestos de sus textos, procedan a elegir diputado por el Cabildo para integrar la Junta Municipal, resultando por mayoría, el Regidor Juan de Zevallos.
- Para responder la carta del Gobernador del 17 de octubre, expresan que el Teniente de Gobernador Joaquín Maziel se encuentra impedido de presidir la Junta Municipal por ser notorio y público que tiene a su cargo los bienes de los Jesuitas desde su expulsión y en consecuencia, estar obligado a rendir cuentas. El Regidor decano detalla que aquél corrió con los depósitos de dichos bienes, habiendo remitido al Gobierno “todo el cuerpo” de yerba, tabaco y otros frutos pertenecientes a las Doctrinas y al Colegio, dejando esclavos y muebles, que se han vendidos y cuyos importes recibió, como en el caso de los dos esclavos que adquirió Antonia Toledo, y el del estante, sillas y mesas para el Cabildo. Añade que Lorenzo Mansilla le hizo entrega de una suma que debía a los expulsos. El Alférez Real propone requerir al Teniente de Gobernador declare quién es el Administrador de las Temporalidades, por no constarle “judicialmente” que él lo sea. Ante la paridad de votos, el Alcalde 1º, que preside el acuerdo, decide por esta última, cometiéndose al Escribano para esta tarde, la pertinente notificación y citándose a Cabildo para mañana.
- El Escribano informa que al requerirle al Teniente de Gobernador Joaquín Maziel, quién es el Administrador de las Temporalidades, le respondió que no ha habido administrador nombrado, respecto de que el Gobernador antes que se hiciesen los inventarios, ordenó la remisión de todos los efectos de tierra y de Castilla que había en el Colegio y oficio de Misiones, lo que se verificó según consta en el inventario” ha estado siempre a su cuidado; que las ventas de muebles, comestibles y “otras menudencias” las realizó con particular orden del Gobernador; que la estancia de San Miguel fue entregada por Bartolomé Lacoizqueta, entonces Alcalde ordinario, y comisionado para el secuestro de ella, a Miguel de Aguirre, administrador de ella, y la estanzuela de Santo Tomé a Francisco Solano Frutos, con igual nombramiento, ambos aprobados por el Superior Gobierno. A pedido del Alcalde 2º se da lectura a la orden dad por el Gobernador Francisco de Paula Bucarelli y Urzúa, el 17 de mayo, “trasuntada” en el acuerdo del 7 de junio y manifiesta su extrañeza por la actitud asumida en este asunto por los Regidores José Isidoro de Larramendi y Manuel Carballo, al pretender desconocimiento o ignorancia de la citada actividad del Teniente de Gobernador. Por mayoría, se resuelve cursar al Gobernador la información requerida juntamente con el testimonio de loa tres acuerdos en que se trató la materia.
- La reunión se inicia en la Escribanía por no haber abierto la sala el Alguacil Mayor. El Escribano informa que éste, la noche de ayer, manifestó que no tocaría la campana ni habilitaría la sala hasta tanto se lo mandase el Teniente de Gobernador. Se resuelve requerirle que ordene al Alguacil Mayor la apertura de la sala, debido a que el Alcalde 2º debe ausentarse para cumplir una comisión para las Temporalidades y es necesario tratar varios puntos. El Teniente de Gobernador respondió que no podía asistir y propuso diferir el acuerdo, como se ha estado haciendo desde hace un mes. El Alguacil Mayor se retira a buscar las llaves y se habilita la sala.
- Ante la exposición hecha por el Regidor Juan Francisco Aldao el 8 de febrero, el Alcalde 2º expresa que sería de utilidad para la ciudad que los Recaudadores de Arbitrios se renueven cada 3 años, por las siguientes razones: 1) porque se esmeraran en aumentar la recaudación, a fin de ser reelegidos; 2) porque la fianza no cubre las quiebras que pueden tener en tiempo dilatado; 3) porque el Recaudador, el Alcalde 1º y el Tesorero que son los Conjueces y llaveros de la Caja, deberán rendir cuentas, cada uno por sí, anualmente, ante la Real Hacienda. Y cuya aprobación será indispensable para que el 1º pueda ser reelegido; 4) porque si el empleo es lucrativo, en razón del 8% que se le asigna como emolumento, será de justicia que lo gocen todos los vecinos beneméritos, y si por el contrario, es gravoso, también es equitativo soportar la carga de la misma manera; y 5) porque los Recaudadores Domingo Maziel en Santa Fe y Martín Perales en Buenos Aires, ya han ejercido bastante tiempo. Vota por Pedro Mihura y Vicente Arzaca, para reemplazar a ambos. El Regidor Juan de Zevallos, en mérito a las exposiciones, propone consultar a un abogado, señalando a Miguel de Rocha, y por falta de este a José Pablo Conti. El Regidor Aldao adhiere a la moción de Zevallos y propone que la consulta se haga con la inclusión de la escritura de fianza, que es limitada, y la carta dotal de doña Ventura Casal. El Alcalde 1º aprueba lo resuelto por la mayoría y dispone elevar la consulta.
- El Alcalde 2º hace saber que deberá ausentarse en cumplimiento de una comisión que le cometió el Presidente de la Junta de Temporalidades, y hace presente que Juan José Redruello “ha tenido osadía” de representar al Gobernador haberse ausentado a su chacra, que no posee. Como la injuria alcanza al Regidor Juan de Zevallos que lo sustituyó como Alcalde, solicita testimonio de su exposición para recurrir a la justicia. Se le concede, y el Regidor Juan de Zevallos se hace cargo de la vara de Alcalde 2º.
- La reunión fue convocada a pedido del Capitán del Regimiento de Infantería de Mallorca, Juan Francisco de la Riba Herrera, Presidente de la Junta Municipal de Temporalidades y Juez de Comisión. Este entrega e intima la providencia despachada por el Gobernador el 11 del corriente, y luego se retira. El cuerpo obedece la orden de remitir las cuentas de la Recaudación de arbitrios de los dos últimos años. Para poder hacerlo con “individualidad” se difiere para el próximo acuerdo. Respecto de igual disposición del 30 de marzo del año pasado, el cuerpo declara no tener noticias de ella, razón por la cual no pudo darle cumplimiento.
- El Alcalde 1º entrega el informe que solicitó el Gobernador por providencia del 11 de mayo último. Se aclara que las partidas de ganados entregadas en 1768 y 1769 por Miguel Gerónimo Carballo no eran de su propiedad, sino que las suplió como capataz de la estancia del Teniente de Gobernador. El informe es aprobado y se dispone su entrega al Presidente de la Junta de Temporalidades, junto con las rendiciones de cuentas respectivas, para que lo haga llegar al Gobernador.