Resultados 0 - 5 de aproximadamente 7 de "Juzgado al renidero de gallos" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 26 de Noviembre de 1810
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1810, f. 81 v.- 83 v.

-Sobre oficio de la Junta del 17 de noviembre confirmando la elección de Mariano Aurletia como Juez Pedáneo del Partido de Nogoyá. Se acordó se le pase oficio al Alcalde de Hermandad de Paraná para que este lo convoque para jurar el 1º de enero de1811.

- Sobre un pliego al Tte. de Gobernador de 23 de noviembre de la Junta pidiendo, a nombre del Contador de la Pcia. la rendición de las cuentas de propios y arbitrios de 1808 y 1809. Se acordó, por no haberse evacuado el testimonio de las de propios que debía quedar como documento, se enviaría en el próximo correo.

- sobre pliego del Diputado Juan Francisco Tarragona de 19 de noviembre en el que comunica la restauración del ramo de arbitrios al Cabildo. Se acordó acusar recibo. 

- sobre pliego del Diputado Juan Francisco Tarragona de 12 de noviembre en el que comunica haberle pasado a la Junta el decreto de nombramiento de Miguel Jerónimo Garmendi como Comisario de Guerra con un sueldo de 1200 pesos pagados por la Real Hacienda y que por lo mismo se liberó al ramo de arbitrios de la asignación de 300 pesos anuales que gozaba Casilda Jiménez, viuda de Bernardo Garmendi; 400 pesos a Lucas Echagüe como receptor cesante. Se acusa recibo.

- Sobre pedimento de Bartolomé Seguí del Paraná con providencia del Alcalde de Hermandad de poner en aquella Bajada un reñidero de gallos. Se acordó pasar vista al Síndico de la ciudad.

- Sobre pedimentos de Francisco Alsogarai, terreno de merced para chacra;  Ilario Martínez, terreno para rancho; Bernardo de Acosta, terreno para rancho. Se les concedió en los términos y condiciones establecidas.

- Por “no haberse podido verificar el remate de los terrenos de temporalidades por justas causas...”, se ordenó nuevamente se peguen carteles y se anuncie la subasta pública el día 6 de diciembre, nombrándose como tasadores a Gabriel de Lasaga y a Salvador Almenabal para que los verifiquen por medios solares.

- Sobre cuatro títulos de Maestros de Paraná: Julián Santa Cruz, para el Arroyo de Don Cristóbal; Francisco Magayán,  para seis leguas de la ensenada; Mateo Gaitán, para la Cuchilla del Espinillo; Juan Tomás Frutos para la ensenadita. Se los aprueba y se ordena se comunique al Teniente de Gobernador.

2.
Perteneciente al 6 de Mayo de 1814
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1814, f.  26 v. – 28

- Se leyó oficio del Gobernador Intendente de 29 de abril que acompaña copia de la orden que el Supremo Director pasó al Secretario de Estado el 26 del mismo mes y que este comunica al Gobernador solicitando información acerca de “cuantos expedientes se puedan arbitrar para el fomento de los ramos de agricultura, industria, artes y comercio y de todo lo que pueda conducir a la prosperidad y adelantamiento particular de cada Pueblo”. Se acordó se conteste “que el estado actual de este Pueblo impide del todo arbitrar medios algunos para el adelantamiento de los objetos que se proponen por si mira a la campaña, se halla desolada y ocupada por los indios hasta le estrecha extensión de ocho leguas a nueve, sin arbitrio para expelerlos..., si se consideran las facultades del Pueblo en el día son ningunas por haberse aplicado sus Propios al Estado, sin mas libertad que para concluir las piezas empezadas en esta Casa Capitular a fin de que no se destruyan y se pierdan el caudal invertido en ellas la juventud que podía aplicarse a las artes y comercio carece del principal fundamento que es la educación por falta de escuelas..., por cuando el Ayuntamiento recién empieza a gozar de la nueva imposición de sus derechos... a establecer las dos escuelas de primeras letras y latinidad, se le mandan suspender estas obras públicas, que  en estas circunstancias no halla por ahora el Ayuntamiento arbitrios que discurra y proponer en el adelantamiento y prosperidad del Pueblo pues todos los que permite su situación eran gravados con los nuevos propios.”

- Se leyó oficio del Tte. de Gobernador de este día que acompaña la copia de la orden que el Supremo Director del Estado pasó a su Secretario de Gobierno de fecha 13 de abril disponiendo que cuando haya que distribuir honores o empleos, se prefieran “los naturales de ella en igualdadn de mérito a los demás ciudadanos de otras Provincias” y que el Gobernador podía exceptuar esto en “los empleos de primera jerarquía en el sólo caso de exigir lo la seguridad y el roden interior del Estado”.

- Se leyó oficio del Tte. de Gobernador en que avisa que al día siguiente de haberse presentado el Corregidor de San Pedro informando que en cumplimiento de lo tratado en el último parlamento había quitado a los montareses una gran partida de bueyes, habían sido asaltados y maltratados, él y su comitiva por bandidos y los despojaron de sus prendas. El Alcalde de 1º voto opinió que se debían repuner dichas prendas y que el Tte. de Gdor. haga investigar si los bandidos fueron soldados y de ser así se les descuente de sus sueldos y de no ser los autores, se les restitiya de propios .

- Se acordó que la Junta haga comprar una arroba y media de cera de Catilla y se mande labrar doce velas para las funciones públicas del Ayuntamiento.

- Se acordó que respecto a que se excusaron quienes deben asistir en clase de Juez al reñidero público de gallos  con una asignación de 2 pesos por cada tarde, se comisione al Alcalde de Barrio, Romano Brabo lo que se comunicará por el Alcalde de 1º voto  al dueño del reñidero y al comisionado.

3.
Perteneciente al 29 de Mayo de 1815
Actas Recuperadas Caja 2, Acuerdos de 1815, f. 26v

- Se acordó que habiéndose ausentado de la ciudad el Maestro Carpintero Manuel Chanteyro que debía 200 pesos de propios por lo que se le dio de adelanto a cuenta de las obras para la casa capitular, se embarguen los muebles dejados en poder de José Vicente Chirife para reducir la deuda.

- Se acordó que estando suspendida la obra de la casa capitular por falta de materiales, cesaran desde el día de la fecha los salarios del maestro y oficiales, comunicándoles el acuerdo al asistente Cosme Maziel y que dentro de un mes rinda cuentas de sus manejos.

- El ciudadano regidor Crespo manifestó que urgiéndole pasar a la ciudad de Salta por sus negocios, solicitaba licencia pro cuatro meses. Se le otorgó la licencia y se acordó que por ser Juez del Reñidero de gallos, se pasara esta comisión al Regidor Aldao, pagándole por cada tarde 12 reales.

4.
Perteneciente al 21 de Abril de 1823
Actas Recuperadas Caja 2, Acuerdos de 1822-1823, f. 11v – 11v

- Se tuvo presente el oficio de la Honorable Junta de la Pcia. de 17 del corriente en que avisa haber sido electo Regidor, Fiel Ejecutor Urbano de Iriondo, en defecto del ausente Francisco Antonio Maziel. Juró su cargo y quedó en posesión.

- Acordaron nombrar Juez del Reñidero de Gallos al Regidor Fiel Ejecutor “para que con arreglo a las leyes establecidas y que se acostumbran.”

- Se tuvo presente el pedimento de merced de José Antonio Rocha de terreno a una legua al N. de la ciudad, de 4 cuadras de frente y otras tantas de fondo, lidero por el O. con chacra del finado Manuel Orrego, cuya posesión se le concedió con las obligaciones de ley.

- [ya cerrada el acta, se agregó] que se había hecho presente el Comisionado de Policía que era necesario para la composición de “la zanja que se ha hecho para la salida de las aguas y otras calles de lo interior de la Ciudad, alguna cantidad de piedra que deberá traerse de la otra banda del Paraná, cuya conducción será de cuenta del fondo público” que también debería pagar la obra que hacía el pardo Julián Ezpeleta “como sujeto que está en los trabajos de obras de este Ayuntamiento”.

5.
Perteneciente al 2 de Diciembre de 1823
Actas Recuperadas Caja 2, Acuerdos de 1822-1823, f. 13 – 14

- Se acordó “que para estimular a la juventud al mejor aprovechamiento de la enseñanza que se le de en las escuelas de primeras letras de que debe esperarse la ilustración política como en todos los Pueblos civilizados se observa por práctica experiencia, es de necesidad que se asigne premios para los de más adelantamiento, los que deberá erogar esta Corporación de los fondos públicos a su cargo y orden siguiente:” al finalizar cada año se debían hacer exámenes generales en la escuela según el estado de los alumnos: los principiantes de lectura y doctrina cristiana y el más distinguido en su aprovechamiento tendrá el premio de cuatro pesos y el segundo en su clase de dos pesos. Los escribientes tendrían examen de igual modo y el más distinguido tendría un premio de 6 pesos y el segundo de 3 pesos. Y los de “mayor adelantamiento” tendrían examen de cuentas y reglas aritméticas con un premio de 8 pesos para el primero y de 4 pesos para el segundo. Los exámenes lo tomarían los preceptores en diciembre de cada año con previo aviso al Cabildo para que envíe un Regidor a presenciarlos y en la mañana de la víspera de Navidad se entregarán en la Sala Capitular los premios.

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