- Elección anual. Los votos del alcalde Antonio de Vera de Mendoza son aprobados por losrestantes capitulares, resultando electos: alcaldes ordinarios de primer voto: capitánJosé de Aguirre; alcalde ordinariode segundo voto: capitán Manuel de la Sota; alcaldede la hermandad:capitán José Gayoso; José de Cabrera; procurador general: capitán
- Elección anual. Los votos del Alcalde Antonio de Vera de Mendoza son aprobados por los restantes capitulares, resultando electos: Alcaldes Ordinarios de Primer voto: Capitán José de Aguirre; Alcalde Ordinario de 2º voto: Capitán Manuel de la Sota; Alcalde de la Hermandad: Capitán José Gayoso; José de Cabrera; Procurador General: Capitán Pedro de Cacho Herrera.
- La elección de los restantes oficios se posterga para el próximo acuerdo; juran y asumen los firmantes, y se dispone elevar al Gobernador copia del acto para su aprobación.
- Elección anual. Resultan electos; los 3 primeros cargos unanimidad. Los siguientes: alcalde ordinario de primer voto: Melchor de Gaette; alcalde ordinario segundo voto: Pedro de Arizmendi; procurador general: José de Aguirre; alcalde de la hermandad: Bernardino Cevallos; Francisco Rodríguez.El teniente de gobernador, por paridad devotos entre Bernardino Cevallos y Jacinto Leguizamón, regula la elección en el primero.Juran
- Elección anual. Resultan electos; Los 3 primeros cargos por unanimidad. Los siguientes: Alcalde Ordinario de 1º voto: Melchor de Gaette; Alcalde Ordinario 2º voto: Pedro de Arizmendi; Procurador General: José de Aguirre; Alcalde de la Hermandad: Bernardino Cevallos; Francisco Rodríguez.
El Teniente de Gobernador, por paridad de votos entre Bernardino Cevallos y Jacinto Leguizamón, regula la elección en el primero.
Juran y asumen los firmantes.
- Principal: por hallarse el teniente de gobernador Martín de Barúa en el valle de la frontera, preside la sesión el alcalde de primer voto Melchor de Gaette.
- Aprovechando el retorno a España de los navíosde registro, se resuelve gestionar anteel Rey: la cesación de lasisa; elementos para la guerra; uso para laacción del ganadoqueposee la ciudad; aprobación del producido por el cuartillo del quintalde romanay real de mojón, aplicados desde el vencimiento de los seis años acordados para aquelimpuesto, y que de ellos pueda gozarla ciudad perpetuamente, a fin de atender losgastos ordinarios,de festividades, sustentos y asistencia a los indios calchaquíes,