Resultados 0 - 5 de aproximadamente 7 de "Martinez Miguel Ayudante" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 4 de Junio de 1732
Tomo X A, X f 105 v y 106

- Ante la falta de “ministros” y porteros “que cuide las casas capitulares, cite a los acuerdos” y haga las diligencias de justicia, se obtiene autorización del Teniente de Gobernador para que ejerza ese oficio al ayudante Nicolás de Angulo, a quien, “en premio”, se le concederá una de las pulperías de la ciudad. Se le entregarán las llaves del Cabildo y cárcel. Se dispone reparar las goteras del almacén Real.

2.
Perteneciente al 10 de Junio de 1749
Tomo XII A, XII f 67 a f 68

- En cumplimiento de lo que le ordenó el cuerpo, el Ayudante Gregorio González de Andino informa haber citado a Bartolomé Diez de Andino. Por no haberse presentado, repiten la citación el Escribano, luego el Alguacil Mayor y por último el citado ayudante. En razón de haberse esperado desde las 4 de la tarde hasta las Aves Marías, se resuelve requerir al Teniente de Gobernador que disponga una partida para que lo busque y lo conduzca ante el cuerpo, reservándose para su oportunidad proceder respecto de su inobediencia.

3.
Perteneciente al 10 de Junio de 1749
Tomo XII A, XII f 66 a f 67

- La Real Hacienda de Buenos Aires, por nota y auto del 2 del corriente, rechaza el recurso interpuesto por Bartolomé Diez de Andino para eximirse del nombramiento de Tesorero en razón de los privilegios que le acuerda su oficio de Síndico de la Redención de Cautivos. La resolución, tomada con parecer de profesor de derecho, establece que aunque posee el título nunca lo ejerció. A efecto de la entrega del nombramiento remitido y ponerlo en posesión del cargo, se lo cita para las tres de la tarde.

4.
Perteneciente al 10 de Diciembre de 1770
Tomo XIV A, XIV f 121 a f 123 v

- El Regidor Aldao considera viciada de nulidad la recepción del Alguacil Mayor Cayetano Jiménez, sustituto de José Manuel Troncoso, menor de edad y titular, por renuncia que en su favor hizo su padre Manuel Troncoso. Señala que el “Gazofilacio Real del Perú”, en el tratado de las calidades de renunciaciones, y las leyes 22, título 10, libro 4º y 44, título 2, libro 3º de la Recopilación de Indias, prescriben que los ejercicios deben ser ejercidos por sus propietarios y no por sustitutos, sin que a ello se oponga la Real Cédula que declara válida las renuncias hechas en personas indeterminadas. Solicita testimonio del presente acuerdo y del que asumió Cayetano Jiménez. El cuerpo obedece las leyes citadas, dispone la entrega de las copias, y declara que actuó en cumplimiento de superior despacho proveído por el Real Tribunal de Hacienda.

- El Alcalde 2º hace saber que en virtud de lo acordado el 20 de noviembre, el día 23 libró exhorto al Teniente de Gobernador para que ordenara al Capitán de Forasteros Juan Antonio de la Lastra y al Ayudante Miguel Martínez, prestasen declaración en las informaciones dispuestas por el cuerpo. Por no haberse tenido respuesta alguna, se ordena elevar los expedientes al Gobernador.

- Dicho Alcalde 2º hace entrega de $42 con destino a propios de ciudad, que obtuvo de las multas aplicadas a Jerónimo Jaques y José Barco, condenados por tercias partes, y a dos indios, cuatro mujeres, un mulato, un mendocino.

- El Alcalde Provincial declara que la prohibición dispuesta para impedir la extracción de grasa, sebo y ganado es insuficiente para evitar la ruina de las haciendas de Santa Fe y su jurisdicción. Señala que en tres años casi han desaparecido los ganados, al punto que no hay criador que tenga y pueda para rodeo; y que el diezmo, que años atrás alcanzaba a 6000 vacas, ahora es ínfimo. Recuerda que el Gobernador José de Andonaegui prohibió la extracción a otras provincias y la matanza a “vacas hembras”, disposición, ésta última, que aún se cumple en Buenos Aires. Propone que en cada partido se haga una recogida general, y que los criadores separen los animales, repartiéndose los “orejanos” en forma proporcional a los que poseen ganados. Luego, como se hizo hasta 1767, el ganado debería sujetarse a corral y pastoreo. Para la medida sugerida señala la necesidad de designar “un sujeto perito en el campo y de acreditada conducta”con las facultades necesarias. El cuerpo accede a la moción en todos sus términos, y lo faculta para el nombramiento de los referidos comisionados.

5.
Perteneciente al 21 de Enero de 1771
Tomo XIV A, XIV f 129v y f 130

- El Escribano informa que el día 19, José de Valdivieso y Matías Maziel constituyeron en su Registro, la fianza a favor del Depositario General Manuel Carballo.

- El Gobernador por providencia, aprueba la elección anual.

- De dicho mandatario se reciben dos cuerpos de autos: uno que contiene la información levantada sobre los robos que cometen los soldados del destacamento de India Muerta, en el que dispuso que el Teniente de Gobernador informe con justificación sobre los puntos contenidos en dicho expediente. En el otro cuerpo se hallan las informaciones hechas con motivo de la derrama efectuada por el Capitán de Forasteros Juan Antonio de la Lastra, y por los 4 reales que a cada carreta que entraba con abastos cobraba el Ayudante Migue Martínez. Para ellos, el Gobernador ordena al Teniente Gobernador tomar declaración a los mencionados, con citación del Procurador General.

- José Raymundo Troncozo y Paz asume como Alcalde de la Hermandad del Paraná.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe