Se resuelve prohibir la matanza de ganado vacuno sin herrar, existentes en las islas de arriba, sin permiso de sus dueños; se ordena que el próximo sábado 19, los propietarios de dichos animales acudan a marcarlos.
Observaciones: El acta figura en medio folio, cuya hoja vuelta,está en blanco.
Copia del auto del 20 de noviembre de 1673 prohibiendo vaquear y hacerfaenas de sebo y grase en la otra banda del río Carcarañá, a solicitudde los vecinos de Santa Fe y Buenos Aires, accioneros de ganado vacuno cimarrón de la zona. A los infractores se le daría por perdido losanimales recogidos, cabalgaduras, carretas y bueyes, pena que se aplicaríapor mitaldes, a la cámara de Su Majestad y construcción de la iglesiay convento de San Francisco. A los indios, negros, mestizos y mulatos que intervinieran les serían aplicados 200 azotes. Los accioneros, por su parte, tendrían que justificar su derecho ante el cabildo para hacer recogidas o matanzas.
Copia de la certificación de haberse publicadoel auto, el 3 de diciembre de 1673, en la plaza pública, a las 4 dela tarde.
Se aprueba el remate de las carnicerías, obtenido por el capitán Tomás Suárez de Cabrera, quién deberá constituir la fianza pertinente. Se consideran los pregones dados para el remate de los propios de laciudad y la postura presentada por Francisco de Aguilar, disponiéndoseque el sábado 26 se proceda a la subasta.Es admitada la documentaciónque presenta el capitán Luis Romero de Pineda, extendida por el gobernador Andrés de Robles, consistente en un auto de amparo a la acción deganado vacuno en el Carcaraña, y comisión para impedir que los vecinos de Córdoba y San Luis de Loyola hagan vaquerías y matanzas en la jurisdicciónde Buenos Aires y esta ciudad.Los documentos se copiaran en el libro de cabildo.
Se trata una petición del procurador general. En el primer punto solicitala aplicación de la obligatoriedad de manifestar el tercio de lasventas, pues 'parece que ha habido algún descuido' en observarla.
En el segundo pide la prosecución del inventario del archivo y quese mande recoger toda la información que se halla fuera de él.
El tercer punto se refiere a los mulatos y negros libres, cuya determinación corresponde al teniente de gobernador.
Cuarto: alineación y reparaciónde calles por cuenta de los vecinos.
Quinto: que la matanza del ganado destinado al abasto de la ciudad se haga fuera de ella. Se accede a todo lo solicitado.
En razón de los autos dados por el cabildo de que se edifique en loslotes baldíos de la ciudad, se accede a la solicitud del sargentomayor Pedro de Isca y Aranibar que desea adquirir uno, cuyos propietarios,los herederos de Rodrigo Gómez, no han respondido a su requisitoria. Ante los desórdenes y matanzas de ganado vacuno cimarrón que cometen enla otra banda del Paraná personas 'de fuera', se comisiona al regidorpropietario Juan de Aguilera proceda a desterrar todos los individuosociosos y vagabundos y a los que vaquean sin licencia.