- Auto del Gobernador de Santa Fe de la Vera Cruz Baltasar García, en el que da noticia de que en la ciudad “de la Santísima Trinidad Puerto de Santa María de Buenos Aires” a 20 de diciembre de 1715 recibió las diligencias obradas por el Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz en los días 7 y 8 del corriente con la noticia de la muerte del indio Caravi y de otros excesos cometidos por los indios infieles, y dijo que obrando en justicia “declaraba nulas y de ningún efecto” las actuaciones obradas en dichos días por el Teniente y el Cabildo. Además manda que su Lugar Teniente Basua envíe un comisio en la misma forma que fue Esteban Marcos de Mendoza y que hable con el Maestre de Campo Francisco García de Piedrabuena y se le haga saber ser orden de su señoría que prosiga con la ejecución de las instrucciones que se le dieron por su antecesor Joseph Bermúdez. Así mismo manda que si algunos indios charrúas quisiesen ampararse en esta ciudad se los admitiese.
- Ordena que el Lugar Teniente cumpla con todo lo dispuesto bajo pena de suspensión de su oficio y de 1000 pesos.
- Copia del auto del Gobernador Baltasar García Ros, dado en Buenos Aires el 20 de diciembre de 1715, que incluye uno del 14 de agosto de ese año. Declara nulas y de ningún valor las diligencias hachas el 7 y 8 de diciembre, con motivo de la muerte del indio Caravi, según la declaración de Andrés Yañes. Ordena al Teniente de Gobernador enviar al Maestre de Campo Francisco García de Piedrabuena en las mismas condiciones que fue el Capitán Esteban Marcos de Mendoza, para que continúe la campaña. Manda que si dichos indios quieren ampararse gabo el patrocinio de la ciudad “se les admitiese [ ]”. Hasta aquí el folio 213, en su foliatura original 261; el siguiente, 214, lleva el número 263 y comienza: “radores, ni otras personas de las ciudades...” Prosigue al pie de un auto y la certificación de su traslado, firmada por Tomás Troncoso, Escribano Público y de Gobernación.
- Copia de la carta del Gobernador al cabildo, sin fecha, acusando recibo a las del 2 del mes pasado y 6 del corriente, sobre armas maltratadas y envío de pólvora con el Ministro Alonso Delgadillo. Responde a la propuesta formulada por Francisco de Vera, de que antes de hacer la guerra a los charrúas, se convoque a los caciques en la Bajada, expresando que esa es su opinión y que en ese sentido se le dieron instrucciones a García de Piedrabuena.
- Copia del auto del gobernador Baltasar García Ros, dado en Buenos Airesel 20 de diciembrede 1715, que incluye uno del 14 de agosto de eseaño. Declara nulas y de ningún valorlas diligencias hechas el 7 y 8 de diciembre, con motivo de la muerte del indio Caravi,segúnla declaración de Andrés Yañes. Ordena al teniente de gobernador enviaral maestre de campo Francisco García de Piedrabuena en las mismas condiciones que fue el capitán Esteban Marcos de Mendoza, para quecontinúe la campaña. Manda que si dichos indiosquieren ampararsegabo el patrocinio de la ciudad se les admitiese. Hasta aquí elfolio213, en su foliatura original 261; el siguiente, 214, lleva el número 263 y comienza: radores, ni otras personas de las ciudades... prosigue al pie de un autoy la certificación de su traslado, firmada por Tomás Troncoso, escribano público yde gobernación.
- Copia dela carta del gobernador al cabildo, sin fecha, acusando recibo a las del2del mes pasado y 6 del corriente, sobre armas maltratadas y envíode pólvora con el ministro Alonso Delgadillo. Responde a la propuesta formulada por Francisco de Vera,de que antes de hacer la guerraa los charrúas, se convoque a los caciques en la bajada, expresando que esa es su opinión y que en ese sentido se le dieron instrucciones a García de Piedrabuena.
- En razón de haberse vencido el término de 8 día dados para que los vecinos dieran a la Junta abierta su parecer sobre la conveniencia o no de erigir el fuerte en Cayastá, se hace comparecer a los firmantes y se les notifica el auto proveído por el Gobernador al respecto. Los dichos expresan que su opinión la formulará por escrito.
- Elección anual. Resultan electos: Alcalde de 1º voto: Maestre de Campo José Márquez Montiel; Alcalde de 2º voto: Manuel Francisco de Gaette; Alcaldes de la Hermandad: Valeriano Jiménez, Sargento Mayor Pedro de Melo; Procurador General y Defensor de Menores: Pedro de Arizmendi; Mayordomo: Capitán Nicolás de Estrella. El Teniente de Gobernador aprueba la elección y asumen los firmantes. Se autoriza a dicho mandatario a recibir el juramento de los Alcaldes de la Hermandad.
Se dispone elevar al Gobernador testimonio del acto para su aprobación.
Ref: Sargento Mayor Esteban Marcos de Mendoza – Capitán Juan de Frutos – Santos Adriano – Juan Guimar de la Oliva – Capitán Francisco Antonio de Vera Mujica – Juan Lasso de la Vega –
Firmantes: Ziburu, Francisco de – Teniente de Gobernador / Troncosso, José – Alcalde / Ruiz de Arellano, S – Alcalde / Márquez Montiel, José – Alcalde / Gaette, Manuel Francisco de – Alcalde / Vera Mujica, Francisco de – Regidor Propietario / Martínez del Monje, Miguel – Regidor Propietario / Arizmendi, Pedro de – Alcalde / Lorca, Andrés José de – Escribano de Cabildo /