- Elección anual: El Justicia Mayor y Alcalde 1º pone de manifiesto la instancia de la Junta Municipal de Temporalidades sobre la continuación del Procurador General. Resultan electos: Alcalde1º, Pedro Mihura; Alcalde 2º: Francisco Javier Crespo; Procurador General: Fermín de Echagüe y Andía; Alcaldía de la Hermandad de Los Arroyos: Domingo Correa; Alcaldía de la Hermandad de Paraná: Pedro Aristimuño; Defensor de Pobres y Menores: Juan de Zevallos; Promotor Fiscal: Bartolomé Calderón; Mayordomo: Mariano Nuñez. Se admitió la reelección del Procurador General por ley 13, título9, libro 4º de la Recopilación de Indias. El Justicia mayor aprueba la elección y asumen los firmantes.
- El Alférez Real se hace cargo, en depósito, de la vara de Alcalde 2º. Se dispone citar a los restantes electos y elevar testimonio del acto al Gobernador para su aprobación.
- Se abre el punto a las causas civiles.
- El Regidor Juan Francisco Aldao hace entrega de la siguiente documentación: testimonio de la Real Provisión despachada a favor del Alcalde 1º Pedro Mihura; información hecha por Francisco Antonio de Vera Mujica declarando que dicho Alcalde es “legítimo español” y carta en que se le avisa que así lo ha declarado la Real Audiencia; dos cartas del Fiscal de dicha Audiencia, una cursándole una Real Provisión para que practique las diligencias que en ella se ordena y la otra avisando el recibo de dicha actuación; testimonio de la sentencia por el visitador de esa Caja en tiempo de su desempeño. Solicita que el Alguacil Mayor le entregue los autos.
- El Gobernador por nota del 31 de diciembre, avisa haber recibido el recurso interpuesto con motivo de la suspensión de la asunción de Juan Francisco Roldán y Manuel Carballo como Regidores, sobre lo cual resolverá.
- El Regidor Juan de Zevallos se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor.
- Se reitera que debe guardarse la práctica inmemorial de que los Alcaldes saquen los pendones Jueves y Viernes santos.
- El Alcalde 1º es encargado de tomarle cuentas al Mayordomo anterior.
- Debido a la escasez de carne, se revoca la orden de faenar libremente, resolviéndose que haya un obligado a ello. Para la carnicería y su venta, se resuelve levantar un corral a extra muros de la ciudad, con la obligación de vender la “carne deshecha” y por medios reales. En verano se faenará día por medio, y en invierno martes y sábados. Deberá pagarse por arrendamiento del corral, un real por res y por noche siendo la contribución que se abona por el encierro.
- Ante la instancia del Presidente de la Junta Municipal sobre sustitutos del Regidor y Procurador General, en caso de muerte, enfermedad o legítimo impedimento del titular, se designa respectivamente a Juan Francisco Aldao y José Ventura de la Lastra.
- Por nota del 5 del corriente Francisco Javier Crespo suplica por su demora hasta que haya una persona de satisfacción a quien confiarle su estancia.
- Por escrito el Alcalde de la Hermandad de Paraná Pedro Aristimuño, solicita que uno de los capitulares le reciba el juramento. Se comete al Justicia Mayor.
- Mediante pedimento Manuel de Rojas y Soto relaciona que Manuel Troncoso, su suegro, antes de su fallecimiento otorgó una escritura haciendo renuncia de su oficio de Alguacil Mayor en su hijo varón o en quien se casara con cualquiera de sus hijas, y solicita certificación de su idoneidad para desempeñar dicho cargo. Se accede.
- El Justicia Mayor hace saber que Fermín de Echagüe y Andía respondió a las dos citaciones que se le cursaron diciendo que se hallaba indispuesto para asumir como Procurador General.
- Se suspende considerar las licencias presentada por el Alcalde Provincial para viajar al reino de Chile.
- Se dispone la observancia de las Ordenanzas Capitulares hechas para Buenos Aires, según testimonio extendido el 23 de junio de 1770 a solicitud de este cuerpo, y el envío de las redactadas para Santa Fe a la Real Audiencia para su aprobación. El Regidor Juan Francisco Aldao propone se observen las ordenanzas del Virrey Francisco de Toledo.
- Sobre la licencia solicitada por el Alcalde Provincial, se regula la votación entre lo propuesto por José Crespo y Juan Francisco Aldao en el sentido de que debe requerirla al Gobernador, y los restantes que estimaron que el cuerpo la podía conceder.
- Mediante pedimento Fermín de Echagüe y Andía, Procurador General, hace presente su falta de salud para poder desempeñarse.
- Por pedimento Andrés Vivas solicita licencia para establecer casa de panadería.
- Debido a la falta de lluvia, se dispone un novenario al Patrón San Jerónimo en la Iglesia Matriz que costearán los capitulares.
- En cumplimiento de lo prometido en el acuerdo anterior, el Regidor Juan Francisco Aldao hace presentes las leyes 32 y 37, título 1º,libro 2º de la Recopilación de Indias. Se obedecen dichas leyes y la 33 de dicho título y libro que no se oponen a las ordenanzas de Buenos Aires, confeccionadas por el Regidor Juan Fernández Guillén y el Escribano Juan de Reluz y Huerta. Se dispone su observancia hasta tanto se presenten las del Virrey Francisco de Toledo, en el plazo de seis meses, vencido el cuál se ocurrirá a la Real Audiencia para la confirmación de las que se tienen presentes.
- Respecto del pedimento del panadero Luis Vives, se resuelve dar traslado de la solicitud al Procurador General.
- Sobre la instancia del Procurador General reelecto y en virtud de hallarse ejerciendo el oficio de sustituto José de la lastra, el Justicia Mayor regula la votación por los pareceres dados en el sentido de que se suspenda su recepción hasta la llegada de la confirmación de las elecciones por parte del Gobernador.
- Mediante pedimento, varias mujeres se refieren a los panaderos que han solicitado licencia para poner casa de panadería, expresando que de permitirlo, “será quitarles a las susodichas el único jiro con que se mantienen y sustentan sus familias”. Se resuelve trasladar la instancia al Procurador General sustituto.