Resultados 0 - 5 de aproximadamente 17 de "Nunez Jose Defensor de Pobres" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 1 de Enero de 1771
Tomo XIV A, XIV f 39 a f 42v

- Elección anual. Por paridad de votos el Teniente de Gobernador “regula” la elección en los siguientes candidatos propuestos por el Alcalde 2º Domingo Maziel, el Regidor José Isidoro de Larramendi y Depositario General Manuel Carballo. Resultan electos Alcalde 1º y Juez de Rentas, Juan Francisco Roldán; Alcalde 2º y Juez de menores, Tomás Vicente Hereñú; Alcalde de la Hermandad del Paraná, Juan de Zetúbal; Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, Francisco Antonio González; Procurador General y Defensor de menores y pobres, Depositario General Manuel Carballo; Mayordomo, Pedro de Valle. Al emitir sus votos el Alcalde 1º impugnó al Depositario General por haber vacado su oficio al no tener aprobación, tal cuál lo hicieron años anteriores los Alférez Reales José de Vera Mujica y Pedro Florentino de Urizar. El Alcalde 2º respondió que esa objeción debió ponerse el día de la calificación. Al terminar la votación el Alcalde 1º declara nula la elección hecha por el Alcalde 2º en Juan Francisco Roldán por ser compadres y desempeñarse como cajero administrador de los tres pueblos que estuvieron a cargo de los jesuitas, e igualmente la hecha por el Regidor José Isidoro de Larramendi por ser primo hermano de su mujer y que es nula también, la regulación del Teniente de Gobernador porque viene de los votos de su hermano Domingo, Alcalde 2º y ser Carballo primo de ambos. El Teniente de Gobernador expresa que la situación de Carballo es correcta porque su confirmación se halla radicada en consulta ante el Gobernador y en razón de no haberse objetado dicho capitular el día de la calificación de votos. En cuanto a las demás excepciones puestas en los que eligieron a Roldán las estima “despreciables” porque Domingo Maziel no es pariente ni compadre y las leyes permiten la confirmación de parientes y hasta de sí mismo. Sobre la nulidad de Roldán, se manifiesta que los cargos que posee cesan antes de asumir el oficio capitular. Por tanto no hace lugar a las objeciones. Juran y asumen los firmantes, se dispone la citación de los electos y elevar testimonio del acto al Gobernador para su aprobación. El Regidor Juan de Zevallos se hace cargo, interinamente, de la vara de Alcalde 2º.

2.
Perteneciente al 1 de Enero de 1772
Tomo XIV A, XIV f 176 a f 178v

- Elección anual: El Justicia Mayor y Alcalde 1º pone de manifiesto la instancia de la Junta Municipal de Temporalidades sobre la continuación del Procurador General. Resultan electos: Alcalde1º, Pedro Mihura; Alcalde 2º: Francisco Javier Crespo; Procurador General: Fermín de Echagüe y Andía; Alcaldía de la Hermandad de Los Arroyos: Domingo Correa; Alcaldía de la Hermandad de Paraná: Pedro Aristimuño; Defensor de Pobres y Menores: Juan de Zevallos; Promotor Fiscal: Bartolomé Calderón; Mayordomo: Mariano Nuñez. Se admitió la reelección del Procurador General por ley 13, título9, libro 4º de la Recopilación de Indias. El Justicia mayor aprueba la elección y asumen los firmantes.

- El Alférez Real se hace cargo, en depósito, de la vara de Alcalde 2º. Se dispone citar a los restantes electos y elevar testimonio del acto al Gobernador para su aprobación.

3.
Perteneciente al 7 de Enero de 1773
Tomo XIV A, XIV f 228 a f 230

- Se abre el punto a las causas civiles.

- Por no tenerse propios se leen las Ordenanzas Municipales dictadas para Buenos Aires.

- El Alférez Real hace saber que Bonifacio Aguiar se ha excusado de atender la comisión de embargar el trigo de Los Arroyos, y que no queda residuo de la cosecha anterior. Se le comete el nombramiento de una persona que verifique la actual y haga traer dicho producto, previa deducción de las partidas necesarias para manutención y siembra.

- El Alcalde Provincial presenta la licencia que le concedió el Gobernador para ausentarse a Mendoza por un año. Se le admite por quedar las campañas al resguardo de los Alcaldes de la Hermandad.

- Mediante pedimento el Alguacil Mayor presenta la ruina que amenaza la cárcel y la carencia de seguridad de los presos. Se resuelve alzar las paredes con tierra y cal.

- Es admitido el título de Visitador de los Tesoreros de esta ciudad, extendido por la Real Hacienda de Buenos Aires a favor de Francisco Antonio de Pando.

- Mediante un memorial María Fernández Arias Montiel se opone a la merced que el cuerpo concedió a María Josefa Moreyra, por habérsela dado anteriormente a su difunto marido Juan Bautista Alzugaray. Se dispone averiguar si se trata del mismo terreno.

- Se reitera la práctica inmemorial de que los Alcaldes saquen los pendones el jueves y viernes santos.

- Se comete al Alcalde 1º tomarle cuentas al Mayordomo anterior.

- El Regidor José Crespo se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor.

- Atento que uno de los capítulos de las Ordenanzas Municipales manda que el cargo de Defensor de Menores y pobres lo ejerza un Regidor, se revoca la elección hecha en el Procurador General y se designa al Regidor José Crespo.

- Simón de Abechuco y Juan José Díaz juran y asumen como Procurador General y Mayordomo respectivamente.

4.
Perteneciente al 25 de Noviembre de 1806
Tomo XVII B, XVII f 330 a 333

COPIA

- Se toma razón del título de Teniente de Protomédico de Santa Fe despachado a favor de Manuel Rodríguez, por el Dr. Miguel O´gorman, el 16 de octubre último. Sobre la certificación solicitada por los capitulares, José Antonio de Echagüe, Juan Segundo Ortiz de Vergara y José Ignacio de Echagüe, se resuelve darle traslado al Síndico Procurador. El Escribano presenta la lista de los testimonios que ha sacado, y en vista de los cortos recursos de la ciudad, se compromete a extenderlos de balde, si se le permite fijar carteles, y cobrar los aranceles de las pulperías de la ciudad Bajada de Paraná, Coronda y Rosario. El cuerpo accede. Mediante memorial José de Echagüe y Andía solicita de merced 2 terrenos, uno sito en los extramuros, que linda Sur, quinta del finado Machada; Norte Mariano Núñez; Oeste, Antonio Rocha; y Este, José Teodoro de Larramendi; Sur, tierras baldías; Oeste, Antonio Machado; y Este, Teodoro Argañaraz. Se le concede a éste último, para levantar corral y cerca en donde encerrar los animales que traiga de su estancia, siempre que no exceda de una cuerda de frente. El 1° no se le concede por estar destinadas esas tierras para extensión de la ciudad, y no para labores. Por pedimento, José Gómez solicita de merced un terreno para chacra sito en el bajo, de una cuadra de frente por 2 de fondo, lindante por el Sur con la quinta de Pedro Gómez, y por los restantes rumbos con tierras baldías. No se hace lugar porque impedirá el tránsito de los animales que sirven al bien público. El Alcalde 2° presenta las declaraciones prestadas por el Alguacil Mayor y Juan Francisco de Larrechea, el 30 de junio, en cumplimiento de la acordada del 1° de mayo último, sobre el despojo de vara que denuncio Mariano Comas. Como este nada ha reclamado, se dispone elevar la documentación a la Real Audiencia, junto con los testimonios de los acuerdos indicados por el Alguacil Mayor. Dicho capitular hace saber que los tahoneros se han comprometidos a comprar caballos para poner en funcionamiento esa industria. Además informa que al requerir a José Teodoro de Larramendi la entrega de los ornamentos del Cabildo, le solicitó un detalle de ellos para verificarlo. En razón de que la entrega fue informal, sin recibo ni determinación capitular, deberá entregar los que tiene en su casa. El Escribano entrega las cuentas de Propios y Arbitrios, sin revisar, que requirió al Síndico Procurador del año anterior. Se comete al Alcalde 1° recoge el Real Estandarte de la casa de Mariano Comas, y depositarlo en el arca de 3 llaves de la Sala capitular. El Regidor Defensor de Pobres firma en la parte que le toca en atención al informe que debe hacer el cuerpo sobre la queja de Mariano Comas por despojo de la vara.

5.
Perteneciente al 15 de Marzo de 1813
Actas Recuperadas Caja 1, Acuerdos de 1813, f. 15 v. – 17

- Se leyó circular del Supremo Poder Ejecutivo de 27 de febrero llegada en el correo del 12 de marzo “casi en la hora de salir el correo ordinario” advirtiendo que no se hubiera felicitado a la Soberana Asamblea  por su instalación, se procedió a ello en nota pasada a través del Secretario, Hipólito Vieytes.

- Se leyó memorial de Don Mariano de Vera en que solicita se le paguen de propios 500 pesos por 20.000 ladrillos a 25 pesos el millar para la construcción de la Casa Capitular que ofreció dar en el término de 6 meses. Ofrece como fiador a José Alberto de Basaldúa. Se aprobó y se ordenó comunicar a la Junta de Propios a sus efectos.

- Después del informe del Síndico Procurador se dispuso otorgar las mercedes solicitadas el 15 de febrero por: José Manuel Lazo, Francisco Xavier Roldán sin perjuicio de terceros con más derecho, con obligación de poblarlo en 6 meses y de enajenarlos antes de los 10 años.

- Se leyeron los pedimentos: de José de Echagüe de media cuadra de N. a S. al frente de su quinta y de E. a O. “el ancho de ella de camino a camino contigua a la misma”; de Ana Isabel Chaparro al norte de la ciudad lindante, calle de por medio con sitio de Juan Francisco Escobar; de Justa Rufina Ramos de medio solar lindante por el E. con Domingo Núñez, por el S. calle en medio con Melchor Baez y por el O. calle real que va de la Matriz al norte; de Pedro Pérez por no habérsele otorgado la merced solicitada el 4 de febrero por pertenecer a Fabián Espinosa, solicita el sitio de enfrente al otro lado de la calle sobre las barrancas del río, para casa.  Se le concede con la condición de que deje espacio suficiente para el tránsito; de Faustina Antonia Gómez de medio solar lindante por el sur con Ma. Basilia Rodríguez y al E. calle real. Se concede con las condiciones habituales de población y enajenación

- Se acordó que los dueños abran una calle de doce a catorce varas de una quinta a otra en el término de seis meses bajo multa de 100 pesos aplicados para propios.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe