- El Gobernador por nota del 8 del corriente, remite la providencia aprobando la elección. El Alcalde 1º Juan Francisco Roldán, la merece por el respeto que le merece el Gobernador “y para evitar su indignación hace dejación del empleo”, y solicita testimonio de los acuerdos de calificación de votos, de la elección anual y de la carta de dicho mandatario de 1768 sobre regulación de votos. El Regidor Juan de Zevallos, se opone a que el Cabildo le extienda los testimonios por estar radicado el asunto ante el Superior Gobierno, al que debe ocurrir para su apelación. El Teniente de Gobernador declara que los testimonios solicitados se los extienda el Escribano previo pago de los derechos, en razón de que ningún capitular ni el Cabildo tiene autoridad para negarlos.
- Juran y asumen los firmantes.
- Al Alcalde Francisco Martínez de Rozas no se le aceptó la declinación del oficio, que hizo “por sus achaques habituales”.
- Se resuelve citar a los nuevos Alcaldes de la Hermandad y Mayordomo.
- Los nuevos capitulares son: Alcalde 1º, Francisco Martínez de Rozas; Alcalde 2º, Simón de Abechuco; Procurador General, José de Uriarte; Alcalde de la Hermandad de Paraná, José Monzón; Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, Pedro Urraco; Mayordomo, Mariano Nuñez.
- El Alcalde 1º hace saber que ya se sacó el testimonio de las cuentas de los arbitrios que deben elevarse al Gobernador, y por no haber propios para un chasqui expreso, se dispone su envío para la primera y segura ocasión de hacerlo.
- Debido a que con el arribo del Teniente de Granaderos a recoger desertores, se halla la cárcel llena de presos y que “por falta de respiración” se han enfermado algunos, se dispone abrir la ventana de rejas que se mandó cerrar.
- Se considera la carta que el Obispo de Buenos Aires cursó el 2 de enero a Domingo Maziel como Alcalde del año anterior, sobre la erección de dos beneficios simples para la Iglesia Matriz, cuya determinación el prelado suspendió “hasta ver si con lo recaudado de dos novenos anuales de diezmo había suficientes fondos en cinco años” para dicho objetivo; y hace saber que encargó a Zuviría la respectiva liquidación para resolver el asunto.
- Por no haberse presentado a asumir los Alcaldes de la Hermandad y el Mayordomo, se acuerda citarlos bajo pena de $100.
- Mediante memorial, Juan Francisco Aldao presenta título de Regidor perpetuo de Santa Fe, despachado por el Gobernador el 15 de enero, en el que consta haber pagado los $140 en que lo remató y $8 de media anata. Se obedece, con excepción del Depositario General Manuel Carballo, quien expresa que teniendo presente la fundación de esta ciudad, todos los oficios se hallan rematados y cubiertos, según se desprende del informe que solicitó en diciembre de 1758 el Tesorero Juan Bautista Agüero con motivo de haber quedado vacante por muerte el oficio de Regidor que ejercía Miguel Deniz. Solicita testimonio de la resolución que se adopte. Aldao jura y asume.
- Por memorial José Manuel Villaseñor presenta título de Escribano Público, despachado por el Gobernador el 7 de noviembre, en virtud del remate que hizo el 10 de octubre en $150, suma que con los $10 y 2 ½ reales, entregó a la Contaduría el 20 de dicho mes. Jura y asume.
- Por no haberse podido entregar al Escribano de Cabildo los papeles del Archivo, se dispone, que así se haga y se proceda en el nuevo Escribano.
- El Alcalde 1º es autorizado de recibir el juramento del Mayordomo del presente año y tomarle cuentas al anterior.
Obs: Entre ambos folios se hallan los testimonio de los mencionados títulos.
- Elección anual. Por paridad de votos el Teniente de Gobernador “regula” la elección en los siguientes candidatos propuestos por el Alcalde 2º Domingo Maziel, el Regidor José Isidoro de Larramendi y Depositario General Manuel Carballo. Resultan electos Alcalde 1º y Juez de Rentas, Juan Francisco Roldán; Alcalde 2º y Juez de menores, Tomás Vicente Hereñú; Alcalde de la Hermandad del Paraná, Juan de Zetúbal; Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, Francisco Antonio González; Procurador General y Defensor de menores y pobres, Depositario General Manuel Carballo; Mayordomo, Pedro de Valle. Al emitir sus votos el Alcalde 1º impugnó al Depositario General por haber vacado su oficio al no tener aprobación, tal cuál lo hicieron años anteriores los Alférez Reales José de Vera Mujica y Pedro Florentino de Urizar. El Alcalde 2º respondió que esa objeción debió ponerse el día de la calificación. Al terminar la votación el Alcalde 1º declara nula la elección hecha por el Alcalde 2º en Juan Francisco Roldán por ser compadres y desempeñarse como cajero administrador de los tres pueblos que estuvieron a cargo de los jesuitas, e igualmente la hecha por el Regidor José Isidoro de Larramendi por ser primo hermano de su mujer y que es nula también, la regulación del Teniente de Gobernador porque viene de los votos de su hermano Domingo, Alcalde 2º y ser Carballo primo de ambos. El Teniente de Gobernador expresa que la situación de Carballo es correcta porque su confirmación se halla radicada en consulta ante el Gobernador y en razón de no haberse objetado dicho capitular el día de la calificación de votos. En cuanto a las demás excepciones puestas en los que eligieron a Roldán las estima “despreciables” porque Domingo Maziel no es pariente ni compadre y las leyes permiten la confirmación de parientes y hasta de sí mismo. Sobre la nulidad de Roldán, se manifiesta que los cargos que posee cesan antes de asumir el oficio capitular. Por tanto no hace lugar a las objeciones. Juran y asumen los firmantes, se dispone la citación de los electos y elevar testimonio del acto al Gobernador para su aprobación. El Regidor Juan de Zevallos se hace cargo, interinamente, de la vara de Alcalde 2º.
- Elección anual: El Justicia Mayor y Alcalde 1º pone de manifiesto la instancia de la Junta Municipal de Temporalidades sobre la continuación del Procurador General. Resultan electos: Alcalde1º, Pedro Mihura; Alcalde 2º: Francisco Javier Crespo; Procurador General: Fermín de Echagüe y Andía; Alcaldía de la Hermandad de Los Arroyos: Domingo Correa; Alcaldía de la Hermandad de Paraná: Pedro Aristimuño; Defensor de Pobres y Menores: Juan de Zevallos; Promotor Fiscal: Bartolomé Calderón; Mayordomo: Mariano Nuñez. Se admitió la reelección del Procurador General por ley 13, título9, libro 4º de la Recopilación de Indias. El Justicia mayor aprueba la elección y asumen los firmantes.
- El Alférez Real se hace cargo, en depósito, de la vara de Alcalde 2º. Se dispone citar a los restantes electos y elevar testimonio del acto al Gobernador para su aprobación.