A pedido del cabildo se transcribe el arancel por servicios religiosos,fijado por el arcediano del obispado de Asunción, Martín del Barco Centenera, el 4 de marzo de 1592.
-Presentación del arancel por servicios religiosos. -Ante la gransequía, se solicitará al cura de la ciudad haga oficiar nueve misas y procesiones. Los alcaldes deberán recoger la limosna.
-El provisor y vicario general Rodrigo Ortiz Melgarejo, ante un pedidoque se le formula por haber aumentado el arancel eclesiástico alcura de Santa Fe, confirma el anterior dado por el arcediano Martíndel Barco Centenera, atento a la 'pobreza deesta tierra'.
-Se establece el arancel que observaran los eclesiásticos que concurran a las doctrinas de los naturales.
-El alcalde Osuna, Hernando de, el regidor Francisco Muñoz Holguíny el procurador Feliciano Rodríguez informan sobre la negativa delpadre Francisco de Andrada, cura vicario ante el pedido de que nose ausente de la ciudad y que acate el antiguo arancel. De acuerdocon dicha determinación se resuelve enviar un procurador ante el cabildo metropolitano de Charcas para informar sobre este asunto,el que también se haría conocer a lareal audiencia y al gobernador,requiriéndose además al obispado, el nombramiento de un nuevo curavicario para la ciudad.
-El alguacil menor Bartolomé Pérez presentauna marca de herrar de Antón del Pino, que es aprobada y registrada.
-Es rechazado el arancel eclesiástico que presenta el cura vicario de la ciudad, Francisco de Andrada, reiterándose la vigencia delpromulgado por el arcediano Martín del Barco Centenera.
-Se registran y aprueban las marcas de herrar de Lucia Hernández viuda de Alcarazy Francisco de Benavides.