En atención a que el carpintero, herrero y médico ocupados en la mudanzade Santa Fe son portugueses, se resuelve que el procurador solicitese deje sin efecto su expulsión.
-Es fijado el salario que hande percibir los 50 indios que marcharán al sitio nuevo para la construcción de la iglesia mayor y el cabildo, designándose al capitán Alonso Fernández Montiel, que se encuentra en él levantando su casa, parala dirección de esas obras públicas. El capitán Cosme Damián Dávila
Se designan capitulares para extender ordenes de pago por obras públicasy salarios.
-Sebastián Gómez solicita autorización para vender vinoal menudeo. Lo resuelto se consigna al pie de la petición.-Esautorizado el regidor propietario y fiel ejecutor Jerónimo de Rivarola para que cobre al capitán Juan Cuello Magris los 300 pesos de laherencia de Francisco Jorge, a fin de que se despachen a Buenos Airespara adquirir los ornamentos para la iglesia Matriz y el patrón San Jerónimo, Santo Patrono.
Para facilitar el cruce de las carretas que vienen a la ciudad, se resuelve instalar dos canoas en el Paso de Cepeda, sobre el Río Salado,' que lo más del año está crecido', y cobrar por el peaje de cada una 1 peso de a 8 reales, cuyo producto se aplicarápara ayuda de la mudanza,obras públicas 'y en especial' para la construcción de la iglesia Matriz. El pulpero Rafael Ballesteros ofrece dar de limosna para laconstrucción de la iglesia Matriz, 4 de los 12 reales que obtiene
Copia del bando dictado por el gobernador Alonso de Mercado y Villacorta, en Buenos Aires, el 2 de julio de 1663, prohibiendo a los poseedoresde las 150 'piezas de indios, chinas, muchados y niños de nación chaguahasques' que se tomaron en la refriega del Valle Calchaquí y repartidos entre los capitanes, oficiales y soldados, su venta, trueque o permuta pordinero o efectos y declarando la obligación de tratarlos bien y proporcionarle 'enseñanza cristiana' con advertencia que esa servidumbre será porel tiempo que fije su Majestad. A los infractores se les aplicaríanpenas y perderían las sumas invertidas, que se aplicarían para el sustento y vestuario de dichas 'piezas', hospital y obras públicas.Este bando será de aplicación para los indios tomados prisioneros en ocasiones anteriores, tanto 'chaguahastate como de otras tribusdel valle Calchaquí y del resto de la jurisdicción. A los denunciantes de las infracciones de este bando, le sería traspasado el serviciode los indios comprendidos en ella. Otro original del bando se despacharíaa Corrientes por darse allí situaciones semejantes y se proverá testimoniosde él a los encargados de hacerlos cumplir: teniente de gobernador,capitanes de guerra, alcaldes ordinarios y de la hermandad y protectores generales, debiéndose insertar su texto en el libro de cabildo.Copiade la publicación del bando efectuada en Santa Fe el 5 de julio de 1663 por orden del teniente de gobernador.
-Copia de la carta del gobernador José de Garro, en Buenos Aires,el11 de marzo de 1681, adjuntando la real cédula que concede a SantaFe 'la cobranza del derecho de romana y medio real para cada quintal'.
-Copiade la real cédula, dada en Madrid, el 15 de septiembre de 1679, concediendoa Santa Fe el derecho de romana. Se reseñan las gestiones efectuadaspara concretarlas y sus antecedentes. La aplicación sería semejantea la de Asunión, debiendo llevarse los libros al detalle. Este recurso se destina, principalmente, para la construcción del convento de SanFrancisco y 'demás obras publicas que no estaban perfectas'.
-Encuanto a los novenos de los diezmos eclesiásticos, debían ser aplicadospara erigir el hospital 'que aun no había' y se exhorta a su construcción.
-Copia del auto del teniente de gobernador, del 20 de abril, ordenando lapublicación de la real cédula, y de la certificación de haberse hecho,de igual fecha.