Copia del título de teniente de gobernador de Santa Fe en favor del capitán Diego Gutiérrez de Umanes, dado por el gobernador Jacintode Lariz en Buenos Aires, el 17 de octubre de 1648.
-Copia de la certificacióndel tesorero Juan de Avila de Salazar,acreditando que el capitán Gutiérrez de Umanes abonó el derecho de la media anata.
-Copia del auto del gobernador Jacinto de Lariz, del 19 de septiembre de 1648, ordenandoque el fiel ejecutor cumpla estrictamente con su obligación de verificar si los tenderos pulperos y mercaderes cuentan con pesas y medidasdebidamente autorizadas, como también si abonan los impuestos correspondientes.
-Copiadel auto del alcalde Fernández Montiel Alonso, del 28 de diciembre,ordenando al alguacil mayor Francisco de Lerma Polanco, haga pregonarlo ordenado por el gobernador. Testigos: Lázaro del Pesso y Cristóbal Jiménez de Figueroa.
-Copia del testimonio del pregón del referidoauto, hecho el 28 de diciembre y firmado por el alguacil mayor Francisco de Lerma Polanco. Testigos: Gabriel de Rojas, Juan Pablo de Acosta y el pulpero Custodio Pérez.
Elección de autoridades. Cada uno de los capitulares emite sus votos, resultando: alcalde de primer voto: capitán Juan Gómez Recio, alcaldede segundo voto: capitán Lázaro del Pesso. Alcaldes de la Hermandad:Pedro Arias Gaitán; Francisco de Monzón. Regidores: Gabriel de Monzón,Alonso de León y Aliaga, sargento Felipe Arias de Masilla, Juan deVega y Robles, Pedro de Vera Mújica, Alonso de León y Espinosa. Procurador:Miguel Martín de la Rosa. Mayordomo: Feliciano de Torres Garnica.Alférez Real: el regidor segundo Alonso de León y Aliaga.
- Se dispone enviar al gobernador una copia del acto electivo, para suregulación.
- Entretanto se recibe la aprobación, y por hallarse ausentelos electos, los regidores primero y segundo asumen las varas de alcaldesordinarios. Los restantes oficios quedan, en calidad de depósito enlos electos.
- Alonso de León y Aliaga recibe el estandarte real y asume como alférez.
Asumen sus cargos: capitán Lázaro del Pesso, alcalde de segundo voto,el sargento mayor Felipe Arias Mansilla y Juan de Vega Robles, Regidores de tercer y cuarto voto.
- El regidor segundo y alférez real, Alonsode León y Aliaga, suplica se le entregue, interinamente, hasta tantose haga su titular, capitán Juan Gómez Recio, la vara de alcaldede primer voto, pero el cabildo mantiene al regidor primero Gabrielde Monzón.
- Blas de Venecia, portero del cabildo, hace entrega de un pliego que recibió del vicario licenciado Francisco Luján yRojas que, abierto, resultó firmado por Fray Gaspar de Artega.
El capitán Juan Gómez Recio asume como alcalde de primer voto.-Setrata la documentación cursada por Fray Gaspar de Arteaga y por nocontar dicho religioso con autorización superior y 'ser caso grave el contenido', el cabildo estima no tener competencia en el asunto, disponiendo sea devuelta por el portero Blas de Venecia, a quien laentregó, 'a fin de obviar alborotos y otros inconvenientes'.
-El regidor primero Gabriel de Monzón se hace cargo del turno fielejecutor.
- Teniendo en cuenta que la cosecha de trigo ha sido abundante,cosa que igualmente promete la de maíz, se fija precio a aquel cerealy al pan.
- El alcalde Lázaro del Pesso es comisionado para que tome cuentas de los propios de la ciudad, a las personas que lo han tenidoa su cargo el año anterior.
Observaciones: Al margen del folio131 figura el testimonio delpregón sobre precio de trigo y pan, dadoen la fecha y firmado por el escribano Gómez de Gayoso.
-El capitán Lázaro del Pesso asume como alcalde de segundo voto.
-Alonsode León y Aliaga asumen como regidor.Los citados son comisionadospara hacerse cargo del remate de las carnicerías.
-Ante la petición del procurador de la Compañía de Jesús, Nicolásde Caravajal, solicitandola entrega de un 'libelo infamatorio' contra esa orden, se ratificalo decretado el primero de enero, en el sentido que la documentacióncursada por Fray Gaspar deArteaga será de vuelta al vicario licenciadoFrancisco Luján y Rojas, de quien se recibió.
-Francisco Lerma Polanco es designado defensor de menores.