- Habiendo respondido al Provincial de los Franciscanos que la remoción de Fray Atanasio de la Piedad a la conventualidad de Córdoba se debe a una Cédula particular de Su Majestad, solo puede dispensar que dicho religioso queda en Santa Fe en tanto el Cabildo ocurre al Virrey, de quién pende la ejecución de la orden. Se resuelve levar al mandatario un informe, representándole la necesidad que tiene la ciudad de dichos médicos.
- Mediante petición el Alcalde 2º y 4 caciques mocovíes de San Francisco Javier, exponen los servicios que dichos indígenas han prestado a la ciudad y la persecución que padecen de los abipones, quienes el 2 de febrero y el 5 del corriente le robaron cerca de 2.000 yegüerizos. Manifiestan haber recurrido al Teniente de Gobernador y por informarle este no haber recibido respuesta del pedido que al respecto hizo al Superior Gobierno, solicitan licencia para pasar a Buenos Aires y allí interponer recurso ante el Virrey. El cuerpo les concede autorización, y les anuncia que el informe que solicitan se les dará en ocasión de iniciar el viaje.
- Respecto de la petición que Manuel de Toros y Villalobos presentó al Virrey y atento a que en la Resolución de éste se declara a los miembros del Cabildo como responsables del riesgo de la administración de los arbitrios, el Regidor Juan Francisco Aldao reproduce lo declarado en el acuerdo del 8 de abril de 1771, sobre la limitación del tiempo de los Recaudadores, por los siguientes puntos: 1) que en los 10 años que lleva como Recaudador de arbitrios, Domingo Maziel no presentó la aprobación de sus cuentas; 2) que con la limitación de tiempo “se acopian” mas bienes de los recaudadores; 3) que al limitarse su desempeño no significa agravio y si mucho honor porque puede esclarecer sus cuentas y volver a ocupar el empleo; 4) que la limitación de tiempo es arreglada a la ley y al parecer que dio José Pablo Conti; y 5) que por lograr los vecinos el beneficio de este empleo, procurarán esmerarse en su administración. Protesta de que, en caso de quebranto, no sea de su cuenta y riesgo la responsabilidad. Solicita, además, que los conjueces no expidan libranza alguna del caudal de arbitrios sin estar arreglada a las providencias del Virrey. Teniendo en cuenta el citado parecer, que la Real Cédula del 1 de abril de 1743 no limita tiempo alguno, y que es facultad del Cabildo establecer un término, el cuerpo aprueba la propuesta y difiere para otro acuerdo lo referente a los libramientos.
- El Contador Mayor Francisco de Cabrera, por carta del 13 del corriente, solicita la remisión de las cuentas de propios, y por una carta abierta que acompaña dirigida a Domingo Maziel, le requiere el envío de sus cuentas en el plazo de 20 días. El cuerpo dispone las medidas para el cumplimiento de ambos pedidos.
- Los dos puntos diferidos en el anterior acuerdo extraordinario, se posterga para resolverlo con la presencia de todos los Cabildantes.
- Mediante petición el Procurador General formula los siguientes pedidos: 1) que el Alcalde 2º “con su autoridad y respeto” haga reparar varias calles que se hacen pantanosas en tiempo de lluvias y otras que “por zanjozas” se hallan intransitables, 2) que se pida un médico a Buenos Aires, a pagarse por todo el vecindario, en razón de que se ausenta Fray Atanasio de la Piedad, 3) ordenar al Capitán Francisco Solano Frutos que habilite inmediatamente l paso de la isla de Santo Tomé, por hallarse intransitable el paso viejo. Se accede al 1º y 3º pedido y respecto del 2º el cuerpo declara hallarse advertido de hacer las diligencias que sean necesarias al beneficio del público.
- Mediante petición Fray Atanasio de la Piedad, “religioso lego de San Francisco” “médico de profesión”, expone hallarse con orden de su provincial para marchar en el día de mañana a Córdoba, y que como los medicamentos que se le han suministrado “y los que en su industria ha beneficiado” no fueron suficientes para la curación de los pobres, debió ocurrir por otros que se están debiendo. Solicita el pago de los mismos. El cuerpo dispone que el Alférez Real se haga cargo de su pago y deja a Fray Atanasio de la Piedad, “libre de su responsabilidad y de la obligación en que ha estado de curar a los pobres enfermos”.
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