Copia de la nota de la fecha, cursada al gobernador, según lo resueltoen el acuerdo del 11 de mayo último. Debido a la amenza de los indios fronterizos calchaquíes y de otras naciones, y a falta de pertrechosde guerra para la defensa de la ciudad, se solicita la provisión demuniciones, plomo, cuerda y arcabuces.
Se informa que las estancias situadas sobre el río Salado, a 12 leguas de la ciudad, han comenzadoa despoblarse, y que los vecinos carecen de recursos para adquirirarmamento, por haber cesado el comercio y haberse suspendido las vaquerías. Solicita además el envío de un armero, a quien se le costearán los viajes deida y vuelta
- El Teniente de Gobernador informa que por la “aceleración” que traía la carreta llegada con los socorros enviados por el Gobernador, se perdió un saquillo de balas, motivo por el cual, y para su reintegro, dispuso la compra de 3 arrobas de plomo al Sargento Mayor Francisco de Ziburu.
- Ante la noticia de que en el Paraje de San Antonio “se ha reconocido enemigos”, el Teniente de Gobernador propone despachar allí las fuerzas “que ha enviado” el Gobernador, Por haberse declarado “la ninguna forma que hay de mantener esa gente”, se le responde que proceda como más viere convenir.
- Se ofrece el título de Comisario de la Santa Cruzada de Santa Fe que presenta el Doctor Juan de Arce, dado por el Subdelegado General de la Provincia el 30 de julio pasado, en Jujuy.
- Con motivos de las muertes ocasionadas por los indios en la estancia de Tavorda, contigua a la Capilla del Capitán Cristóbal de Jiménez, en donde se depositó la imagen de Nuestra Señora del Rosario y sus ornamentos después que la otra invasión destruyó su templo, se resuelve rehabilitar el fuerte del Rosario, para impedir que aquél y los estancieros del pago del Salado abandonen sus establecimientos. El fuerte sería guarnecido por 8 hombres con su cabo, a quien se le proveerá de plomo y pólvora.
- Debido a que no hay vacunos para el abasto, se resuelve pedir en préstamo 40 o 50 cabezas al Capitán Ambrosio de Alzugaray, el único que posee animales.
Se decreta escribir a los apoderados de la ciudad en el juicio sobre el derecho a los ganados de los ríos Uruguay y Negro, a fin de que soliciten el término para las presentaciones.
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