Cristóbal de Garay presenta título de capitán de infantería de Santa Fe y es admitido en el cargo.
-Se acata la real provisión de laaudiencia de La Plata, presentada por Juan López de Vargas, que dispone que los alguaciles mayores designados por los gobernadores o sus tenientes, no tiene voz ni voto en el cabildo.
-Se dispone publicar la ordende que no se efectúen 'vaquerías, cueros ni sebos', sin las debidas licencias.
Copia del auto del gobernador Jacinto de Lariz sobre empleo y rubricación,del papel sin sellar, y orden de requisar las tiendas y pulperías para verificar la existencia de ese artículo.
-Copia del autosobre la inspección hecha en Buenos Aires para comprobar la existencia de papel, con el propósito de distribuir el que resultare sobrante entre corrientes y Santa Fe. Buenos Aires, primero de diciembre de1646.
-Copia del auto de gobernador disponiendo que si en Santa Fe existiera papel, sellado de sobra, se lo entregue al juez de
El alcalde Lázaro del Pesso recibe el estandarte y asume como alférez real. Se ordena la publicación del decreto sobre la ciudad se ha hechocargo de la venta del vino, como recurso para la mudanza, y que ningunapersona pueda vaquear y hacer sebo sin autorización del cabildo, debiendolas autoridades declarar la cantidad correspondiente.
El maese de campo Juan Arias de Saavedra presenta una real céduladictada por el Virrey, y un auto del gobernador Pedro de Baigorri,en los que ordena el cumplimiento de retirar de circulación la monedaantigua. Son acatados, disponiéndose su publicación y el arqueo decaja correspondiente. De acuerdo con lo que además dispone el auto,la documentación será remitida a Corrientes.
Se dispone la publicación del auto del gobernador que ordena 'quenadie salga ni despache propios de unas ciudades a otras'sin el permiso de las autoridades.
- Juan Pinto Barreto ofrece para propios de laciudad y con destino a su mudanza la cuarta parte de lo que obtengapor la venta de vino, más 25 pesos anuales si se le permite la exclusividadde comerciar el producto durante 4 años. Lo decretado se consigna al pie de la petición.