Resultados 0 - 5 de aproximadamente 3 de "Ruda Antonio" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 10 de Enero de 1791
Varios Documentos 1634 - 1816, Varios documentos, Legajo 20 f 05 v a 07

- Mediante pedimento, el vecino Antonio José Arruda, solicita de merced una cuadra para quinta, sita en la inmediación de la Capilla San Antonio, que linda por sus cuatro rumbos con tierras realengas. Se le concede, en atención al beneficio que resulta extender la ciudad y al que gozarán los vecinos con dicha quinta. A su pedido, se concede de merced, al vecino Cristóbal Pascual, una cuadra en cuadro, sita a extramuros, y que a las repetidas quejas que formulan los vecinos de la campaña por los continuos robos de ganados, y desórdenes, y a que los Alcalde de la Hermandad no pueden atender toda su jurisdicción, en virtud de que el Virrey autorizó la designación de 3 jueces Pedáneos por oficio del 13 de febrero de 1789, el cuerpo designa los siguientes: para los Desmochados, a José de Vera; para el conmedio (Ascochingas) del Salado al Saladillo, a Francisco Piedrabuena, y “para la otra banda del Paraná, en esta banda de Nogoyá”, a Juan de Sola. Y en razón de que los Jueces Pedáneos respectivos no pueden atender su distrito, se designan los siguientes Comisionados: para el paraje de Hernandarias, a Ramón Hernández; para Rincón a Miguel Vallejos, y para la otra banda del Salado a Joaquín Moya. Se dispone citarlos para su recepción, y requerir al Comandante de Armas les franquee los auxilios necesarios.

2.
Perteneciente al 11 de Enero de 1797
Tomo XVI B, XVI f 431 a 433 v

- Para tratar el asunto diferido en el acuerdo anterior, el Escribano Mateo Javier López Pintado se retira de la Sala. Ante su exposición, el cuerpo responde: 1°) No haber lugar a que se teten las palabras “impertinentes”, “necias” y “terquedad” de la exposición del Alcalde 1°, por constatarle al cuerpo “la verdad de ellas”; 2°) que el Cabildo no ha pretendido imponerle ley alguna, y si, compelerlo a que lleve la correspondencia del cuerpo y de la Junta de Propios y Arbitrios, para lo cual se le abona $ 150 anuales, acuerdo con el Reglamento del Superior Gobierno, como lo hicieron sus antecesores sin pone ninguna excusa; 3°) Respecto de que jamás se negó a poner fe en los papeles que le corresponden, declara que le corresponden, declara que es constante que en 1792 no quiso extender el Testimonio de la elección anual, por lo cual los Alcaldes Ordinario Fermín de Echagüe y Andía y Agustín de Iriondo, le instruyeron una causa que se halla a su vista; y que en 1795 se negó a sacar varios testimonios hasta que se los pagó el Alcalde Francisco Antonio Candiotti; 4°) Que es falso que le Junta de Propios y Arbitrios le suspendió su salario el 30 de diciembre último, por no sentar ninguna referencia en el acuerdo de dicho día; 5°) Que para probar que no hubo interrupción en la costumbre mencionada, el Alcalde 2° manifiesta que como Receptor de Propios y Arbitrios posee numerosas libranzas, escritas y autorizadas de su mano, extendidas en papel común. Se resuelve dar traslado de todas las actuaciones al Alcalde 1° par el cumplimiento de lo determinado en el acuerdo anterior. Las diligencias obradas por el Alcalde 1° en cumplimiento del informe ordenado por la Real Audiencia sobre la suspensión del Escribano, se trasladan al Procurador General. Ante los respectivos pedimentos, se conceden las siguientes mercedes: 1°) a Antonio Galván, medio solar, que forma esquina y linda con la quinta del portugués Antonio Arruda, y por el Este con sitio del finado Juan Francisco Aldao; 2°) a José Valentín Aguirre, medio solar que hace esquina, lindera por el Este con el referido sitio de Aldao, por el Sur con Santiago San Gines y Oeste con los elegidos; y 3°) a Agustín Paiva un “pequecillo”, de varas de latitud, que se halla entre las casas de Bartolomé Martínez, al sur y la de Micaela Ramírez, al norte.

3.
Perteneciente al 14 de Marzo de 1797
Tomo XVI B, XVI f 438 a 439 v

- Mediante un escrito, fray Miguel Guarás, Misionero Apostólico del Colegio de Propaganda de San Carlos, solicita un informe sobre los siguientes puntos: 1°) ser verdad que desde la fundación de dicho Colegio el número de sacerdotes conventales nunca pasó de 12; 2°) ser verdad que, no obstante la “poquedad” de sacerdotes, han hecho misiones de 12 días en todas las ciudades del obispado, incluso la capital, y en todos los cuartos y fuertes de las fronteras, y en parte del Obispado de Córdoba; y que anualmente confiesan a muchos hombres de 5 curatos que van a cumplir en precepto en el Colegio y 3°) que atendiendo a la proposición que hay para entrar al Chaco a predicar, es necesario ausentar el número de sacerdotes. El cuerpo traslada el pedido al Procurador General, para que informe. Por pedimento, Francisco Javier de la Cruz manifiesta que ya ha sufrido 10 meses de arresto en la ciudad y solicita que el Cabildo a la Real Audiencia en su favor. La solicitud se pasa al Procurador General. El Alcalde 1° hace saber que Nicolás Lencinas se halla indemnizado de las acusaciones que contra su honor entalló Ramón Hernández en su juzgado. En consecuencia, se dispone que Lencinas asuma como Juez Pedáneo de Alcázar. Mediante pedimento, Joaquín Lazo solicita de merced, en méritos a los muchos servicios hechos contra los infieles, un cuadra en cuadro sito en la orilla de la ciudad, que linda por el Sur, calle en medio, con la quinta de Antonio Ruda y por los otros rumbos con tierras baldías. Se le concede con cargo de contribuir $ 12 para las obras públicas y bajo la condición de enajenarlo sólo a sus descendientes. Se toma razón del título de Correo, “de uno de los seis del número de la Estafeta de esta ciudad” librado a favor de José Anastasio Godoy, en Buenos Aires, el 19 de diciembre de 1796, por el Administración principal de la Renta de Correos, Antonio Romero de Tejeda, y refrendado por el Virrey.

Obs. : Testada, la abreviatura “Drn. ” que precede la firma del Escribano.

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