- Se considera la consulta del Teniente de Gobernador sobre si debe suspenderse el luto la víspera y día del Patrón San Jerónimo para el paseo del Estandarte Real. Por ser imposible requerir al Gobernador en dictamen e ignorarse si existe una ley sobre el asunto, se resuelve dispensar el luto esos 2 días, “por ser ésta una pública solemne función que no se dirige a otra cosa que a la festiva reverente memoria del triunfo que consiguió nuestro soberano Monarca en la conquista de estas ( )”. Mediante memorial, Manuel de Toros y Villalobos, en nombre de María Arias Montiel, presenta una diligencia que acredita la posesión de 2 solares de esta ciudad, y solicita sean desocupados por quienes lo pueblan en virtud de mercedes dadas por el cuerpo. Se resuelve investigar el asunto, para determinar.
- El Virrey por carta del 12 de enero, remite la confirmación de la elección anual.
- Mediante petición Domingo Maziel presenta la recaudación de arbitrios de 1777. Debido a que se omitió la cuenta de distribución que deben dar los conjueces, se dispone su pase a estos, y recomendar a Maziel que debe formalizarse el estilo de la Contaduría, según lo previene el Contador Mayor.
- Se considera la petición que presentó Manuel de Toros y Villalobos al Virrey solicitándole el pago de $2.426 por los suministros de su tienda a los soldados de la Compañía de Dotación. El mandatario conformándose con el informe del Tribunal Mayor de Cuentas, dispone que el suplicante ocurra al Teniente de Gobernador y al Cabildo, a quienes, por su responsabilidad, corresponde determinar este pago. En razón de estar justificada dicha ausencia, se dispone su presentación ante la Caja de Arbitrios para su cobro.
- Habiendo respondido al Provincial de los Franciscanos que la remoción de Fray Atanasio de la Piedad a la conventualidad de Córdoba se debe a una Cédula particular de Su Majestad, solo puede dispensar que dicho religioso queda en Santa Fe en tanto el Cabildo ocurre al Virrey, de quién pende la ejecución de la orden. Se resuelve levar al mandatario un informe, representándole la necesidad que tiene la ciudad de dichos médicos.
- Mediante petición el Alcalde 2º y 4 caciques mocovíes de San Francisco Javier, exponen los servicios que dichos indígenas han prestado a la ciudad y la persecución que padecen de los abipones, quienes el 2 de febrero y el 5 del corriente le robaron cerca de 2.000 yegüerizos. Manifiestan haber recurrido al Teniente de Gobernador y por informarle este no haber recibido respuesta del pedido que al respecto hizo al Superior Gobierno, solicitan licencia para pasar a Buenos Aires y allí interponer recurso ante el Virrey. El cuerpo les concede autorización, y les anuncia que el informe que solicitan se les dará en ocasión de iniciar el viaje.
- Respecto de la petición que Manuel de Toros y Villalobos presentó al Virrey y atento a que en la Resolución de éste se declara a los miembros del Cabildo como responsables del riesgo de la administración de los arbitrios, el Regidor Juan Francisco Aldao reproduce lo declarado en el acuerdo del 8 de abril de 1771, sobre la limitación del tiempo de los Recaudadores, por los siguientes puntos: 1) que en los 10 años que lleva como Recaudador de arbitrios, Domingo Maziel no presentó la aprobación de sus cuentas; 2) que con la limitación de tiempo “se acopian” mas bienes de los recaudadores; 3) que al limitarse su desempeño no significa agravio y si mucho honor porque puede esclarecer sus cuentas y volver a ocupar el empleo; 4) que la limitación de tiempo es arreglada a la ley y al parecer que dio José Pablo Conti; y 5) que por lograr los vecinos el beneficio de este empleo, procurarán esmerarse en su administración. Protesta de que, en caso de quebranto, no sea de su cuenta y riesgo la responsabilidad. Solicita, además, que los conjueces no expidan libranza alguna del caudal de arbitrios sin estar arreglada a las providencias del Virrey. Teniendo en cuenta el citado parecer, que la Real Cédula del 1 de abril de 1743 no limita tiempo alguno, y que es facultad del Cabildo establecer un término, el cuerpo aprueba la propuesta y difiere para otro acuerdo lo referente a los libramientos.
- Se tiene presente las cuentas dadas por José Teodoro de Aguiar, Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, correspondientes a 1784, remitidas por la Junta Municipal de Propios y Arbitrios.
- Por oficio de la fecha el cura vicario Francisco Antonio de Vera Mujica, informa que por carta del 14 del corriente, el Guardián del Convento de San Carlos le hace saber que enviará tres religiosos para iniciar la santa misión. Solicita la concurrencia del cuerpo, se avise a los jueces de los partidos y se adopten las providencias necesarias. Se le responderá que el cuerpo tiene acordado de ante mano para dicha fecha, y en honor del Patrón San Jerónimo, corridas de toros, por lo cuál los capitulares diputados para ello, informarán, pasada dicha festividad, si se harán o no las corridas.
- Se obedecen los títulos de Maestro de posta de esta jurisdicción extendido el 10 del corriente, a favor de Manuel de Toro y Villalobos, y de Postillón en José de Alcázar.
- El Alguacil Mayor hace presente que, en cumplimiento de leyes y ordenanzas, se debe turnar la vara de Fiel Ejecutor, que desde hace 8 meses ejerce el Regidor Juan Francisco Aldao. Propone que se le pase, por los 4 meses restantes, al Regidor Juan Francisco Roldán. El Regidor Juan Francisco Aldao expresa que las ordenanzas que refiere el Alguacil Mayor fueron dictadas por Buenos Aires y no deben regir para esta ciudad. Añade que si con esa exposición se ha pretendido “hacerle algún aire” o preferirle agravio, padece equivocación, porque ha ejercido la vara “con sacrificio de su salud”. El Regidor Juan Francisco Roldán difiere su parecer hasta tanto se impongan las leyes de la materia.
- Elección anual. Se realiza sin perjuicio de la consulta hecha al Virrey, con motivo de la noticia de que se había concedido a Buenos Aires la facultad de renovar anualmente los 2 Alcaldes Ordinarios, y por inferir que esa medida comprendería a las demás ciudades de la provincia. Se obtienen los siguientes resultados: Alcalde 2º Manuel de Toros y Villalobos, 2; Martín de Larrechea, 2; Procurador General y Defensor de Pobres y Menores: Juan Crisóstomo Pérez, 4; Procurador General Sustituto: Julián Gálvez 2, Salvador Ignacio de Amenábar, 2; Alcalde de la Hermandad de Paraná: José Seguí, 4; Alcalde de la Hermandad de Coronda: Manuel Torre, 2; José Baigorria, 2; Alcalde de la Hermandad de Los Arroyos: Ramón Arriola, 4; Mayordomo de Ciudad: Juan de Quintana, 4. El alcalde 2º y el Regidor Roldán se oponen a las siguientes elecciones hechas por el Alcalde 1º y el Alguacil Mayor por cuanto deben efectuarse en los primeros días de enero: Mayordomo Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires: Francisco Javier de Lassaga; y Mayordomo Receptor de Propios y Arbitrios: Manuel de Echagüe. Se dispone elevar testimonio del acto del Virrey, en el próximo correo, para su aprobación.