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Perteneciente al 15 de Septiembre de 1653
Tomo III B, *I-1-1/III-F.317-I-1-1/III-F.318
Se dispone la publicación del auto del gobernador que ordena 'quenadie salga ni despache propios de unas ciudades a otras'sin el permiso de las autoridades.
- Juan Pinto Barreto ofrece para propios de laciudad y con destino a su mudanza la cuarta parte de lo que obtengapor la venta de vino, más 25 pesos anuales si se le permite la exclusividadde comerciar el producto durante 4 años. Lo decretado se consigna al pie de la petición.
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