Resultados 0 - 5 de aproximadamente 26 de "intimaciones" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 7 de Agosto de 1590
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.125-I-1-1/I-F.126

-Pedro de Yllanes entrega al escribano las siguientes provisiones de que fue portador y que dispone: 1) No tomar a los vecinos caso alguno sin pagar; 2) Sobre estilo del lenguaje; 3) No se impida a los vecinos ir al Perú; 4) No se dificulte el comercio con las demás provincias; 5) Se comercie en ganados y otras mercaderías con el Perú y demás provincias; 6) Sobre las apelaciones; 7) Referente a las personas que manden derechos; 8) Sobre las demás provisiones; y 9) Que no se pidan indios a los vecinos ni se obligue a los soldados a embarcarse.

-Se intima al Alférez Real Pedro de Oliver, que estaba de paso por la ciudad, para que ejerza su oficio.

2.
Perteneciente al 17 de Septiembre de 1592
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.146-I-1-1/I-F.146v

-Se intima al alférez general Pedro de Oliver, asista a las fiestasde San Jerónimo, para usar su oficio, so pena de 500 pesos.

-Sedispone se saque a pregón la guarda de los caballos de la comunidad.

3.
Perteneciente al 10 de Octubre de 1625
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.238v-I-1-1/II-F.239

- El alcalde Pero Hernández solicita testimonio de la opinión vertidapor él y el teniente de gobernador Juan de Zamudio en ocasión de quese le intimara a éste el cese del mando. Se resuelve que se le extienda'pie y cabeza, y no más' de dichas actuaciones.

4.
Perteneciente al 31 de Diciembre de 1626
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.275-I-1-1/II-F.276

Respuesta del teniente de gobernador a la intimación de las dos reales provisiones hechas el 29 de diciembre de 1626.

5.
Perteneciente al 2 de Enero de 1627
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.285v-I-1-1/II-F.298v

Copia de la petición presentada por el regidor Pedro Ruiz de Villegas intimando la cédula y provisión reales, referente a que los gobernadores no pueden designar en cargos de mando a sus familiares, allegados y paniaguados y, en consecuencia, solicita la cesación del tenientede gobierno Juan de Zamudio, el 29 de diciembre de 1626.

-Copiade la real cedula ordenando que los tenientes de gobernador, corregidoresy alcaldes mayores deben contar con la aprobación de la real audiencia para poder ejercer sus cargos. Madrid, 16 de diciembre de 1606.

-Copiade la real cedula ordenando que los cabildos no admitan a los gobernantesque no cuenten con la aprobación de la audiencia de La Plata, Madrid,28 de diciembre de 1619.

-Ordenanza de Francisco de Alfaro disponiendoque casen los pobleros y administradores de los pueblos de indios.

-Petición de Juan de Soria solicitando se comunique la real cedula y ordenanza anteriores al cabildo de Santa Fe.

-Decreto de la audiencia de La Plata dando a conocer la real cedula y ordenanza mencionadas. La Plata,12 de marzo de 1626.

Observaciones: El resto del folio 289 a 298v.ilegible, roto.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe