-Se establecen penalidades para los que no concurran a la iglesia
De acuerdo con el auto del gobernador J. de Lariz publicado el día30 que ordena la presentación de los vecinos a los cuales se les haconfirmado la tenencia de feudos y encomiendas en razón de que 'lamayor encomienda que de presente hay en esta ciudad no pasa de 20tributarios' y estimando que el retiro de esas concesiones aumentaríala suma pobreza de los pobladores, se resuelve que el procurador solicitano se innove el estado de las mismas. Para que gestione lo referidose da poder e instrucciones al alcalde provincial Juan de Vargas Machuca.
Poder otorgado al alcalde provincial capitán Juan de Vargas Machucapara que solicite al gobernador que sea el teniente de gobernaciónquien confirme a los vecinos los feudos y encomiendas que poseen,pues, con los pocos indios tributarios que ellas cuentan se valenpara los servicios personales que le permiten hacer frente a las continuas guerras contra los indios.
El Alcalde Mateo de Lencinas propone, de acuerdo con lo resuelto el5 de octubre de 1650, se disponga el reconocimiento de la estancia de Juan de Lencinas o el sitio que se encontrase más a propósito parala mudanza de la ciudad, 'la cual se resuelve hacer', teniendo presente,además', el riesgo que amenaza la creciente del río Paraná'. Se invita al vicario Francisco de Luján y Rojas para que, con todos los religiososde la ciudad, acuda al reconocimiento, comisionándose, junto a losdesignados el 5 de octubre de 1650, a Juan Arias de Saavedra, CosmeDamián Dávila, Antonio Suárez Altamirano, Juan Resquín, Antonio VeraMujica, Juan de Avila de Salazar, Ignacio Arias Montiel, Juan de Espinosa,Juan Cuello Magris, Alonso de León y Aliaga, Juan de Vega y Robles,Juan Gómez Recio, Miguel de Lencinas y Mateo de Lencinas, éste últimoreemplazando a Lázaro del Pesso, que se hallaba ausente. Los trabajosde mediación y marcación, que se efectuarían de acuerdo con la trazaactual de la ciudad, quedaban a cargo del capitán Jerónimo de Rivarola,a quien secundarían Mateo de Lencinas y Antonio Álvarez de la Vega. Losvecinos que poseyeran propiedades en el nuevo sitio, debían concurrirel día señalado 'para que se les guarde justicia', su no presentaciónimplicaría declarar 'desiertas dichas tierras'.
-Se dispone que,una vez efectuada la marcación de la nueva planta los vecinos 'puedanir mudándose sin dificultad'.-La elección del sitio se llevaría a cabo 'el día que se contarán veinte de este presente mes y año'.
-Elección de autoridades. El teniente de gobiernador exhorta a losvotantes a decidirse por vecinos buenos y capaces. Con el voto firmadode cada uno de ls capitulares presentes, resultan electos: alcaldede primer voto: general Diego de Vega y Frías. Alcalde de segundovoto: sargento mayor Ignacio Arias Montiel. Regidores: Diego Tomásde Santuchos, Jusepe Gil Negrete, Cristóbal Suárez Altamirano, Lázarodel Pesso, Juan Gómez Recio, Luis Montero. Alcalde de Hermandad: regidor:J. Gil Negrete, Domingo de Lencinas. Mayordomo: Francisco Rodríguez,alférez Real: alcalde segundo Ignacio Arias Montiel.-Despuésde abonar la media anata, asumen los presentes.
-Por ausencia de IgnacioArias Montiel, el alcalde de primer votose hace cargo, en depósito,del estandarte real