Se resuelve efectuar un castigo a los naturales del Valle de Calchaquí por los numerosos robos y excesos que cometan.
-El alcalde Pero Hernández solicita no se permita al capitán Sebastiánde Vera Mujica llevar naturales a su vaquería. El teniente de gobierno no hace lugar al pedido 'porque guarda la orden que tiene del gobernador'.
-Seautoriza al capitán Sebastián de Vera Mújica a efectuar el viaje.
-El alcalde Pero Hernández intima al teniente de gobernador el cumplimientode la real provisión obtenida por Hernando de Arias de Saavedra sobre la prohibición de llevar naturales a las vaquerías, y solicita quela misma se aplique al capitán Sebastián de Vera Mujica. Se decreta que dicho capitán debe utilizar los ocho indios que obtuvo de lasreducciones de la ciudad para edificar una casa, con ése y no otro objeto.
Observaciones: Al margen del folio 200 figura la notificación del decreto hecha al capitán Sebastián de Vera Mújica por el escribano García Torrejón, el 26 de mayo.
Instrucciones que debe observar Domingo de Leyva, procurador de Santa Fe ante la real audiencia de La Plata.
Solicitar:
1) Que los obisposno establezcan nuevos diezmos, y que los vigentes se rematen en lasmonedas que fija el cabildo, por ser 'costumbre asentada y antiguadesde la fundación' y no en reales.
2) Se disponga una racional distribución de los naturales, 'atento a la gran falta que hay', enrazón de que los tenientes de gobernadores los utilizan en su particularprovecho, en desmedro de las estancias y chacras de los vecinos.
3)Una real provisión que autorice al cabildo a conceder las vaqueríasdel Valle Calchaquí a fin de que, por los desmanes de las autoridadesque impiden a los accionarios sus recogidas, se evite el abandonode las estancias.
4) Se confirme que los alguaciles mayores de la ciudadno tengan ni voz ni voto en el cabildo.
5) No se permita a los gobernadores poner presos a los alcaldes y regidores, tanto en ejercicio como salientes, para evitar los atropellos que se comenten.
El regidor Pedro Ruiz de Villegas, intima el cumplimiento de la realcédula que ordena que los gobernadores no pueden designar en cargos de mando a sus parientes y allegados. Se discute el asunto. Se intima una copia de la real provisión de la audiencia de La Plata sobre cesación de corregidores, pobleros y administradores en lasreducciones de los naturales.