- Por oficio del 18 del corriente, el Virrey confirma la elección anual de la siguiente manera: Alcalde 1°: Juan Francisco Tarragona; Alcalde 2°: José Arias Troncoso; Regidor 1°: Francisco Javier de Lassaga; Regidor 2°: Francisco de Alzogaray; Síndico Procurador: José Antonio de Avechucho; Sustituto: José Clusellas; Mayordomo: Juan Noseras; Portero: José Basabilbaso; Alcalde de la Hermandad de Paraná: Agustín Echeverría; Alcalde de la Hermandad de Rosario: Juan Fermín de Zabala; Alcalde de la Hermandad de Coronda: Mariano (Narciso) Alarcón. Dicho mandatario no hace lugar a los pedidos de relevos que le formularon Lassaga y Alarcón, encargando observar las providencias dictadas sobre la elección, y que haya paz y armonía entre los individuos que componen el gobierno. El cuerpo obedece, y dispone que se citen los electos. Por otro oficio del 18 del corriente, y ante el pedido que le formuló Francisco de Alzogaray, le concede licencia por 4 meses para ausentarse al Paraguay, con cargo de ejercer el tiempo restantes. El Cabildo obedece la orden. Con motivo dela presentación que hizo Ignacio Crespo, Síndico Procurador, de las cuentas de Propios y Arbitrios, y debido a que resulta una diferencia de $ 3018 y 2 ½ reales a favor del Recaudador, se dispone solicitar a los Ministros de Hacienda y Junta Municipal de Arbitrios, de la ciudad, un detalle de las sumas ingresadas t de los gastos hechos, respectivamente. El Alcalde 1° presenta la sumaria reservada, instruida por el Alcalde de la Hermandad Sustituto Manuel Dávila. Para revisarlas con la escrupulosidad pertinente, se reserva para otro acuerdo.
- El Virrey por oficio del 19 de abril, expone que el Ministro Contador le representó que hace más de dos años que se remitieron las cuentas de propios y arbitrios de 1802, 1803 y 1804, omitiéndose los de 1800 y 1801 y la contestación a los reparos de 1797, 1798 y 1799. Se dispone oficiar al Presidente de la Junta Municipal para que cumplimente los envíos requeridos.
- Dicho mandatario devuelve el expediente iniciado por José de Echagüe para que se lo exonere de cargos concejiles, ordenando agregar testimonio del referido informe de 1805 sobre igual asunto. El cuerpo dispone sacar copia del acta del 6 de agosto y anexarla.
- Por acordada del 20 de marzo, la Real Audiencia incluye la Real Cédula de 12 de diciembre de 1807 que ordena a los familiares del Santo Oficio presentar sus títulos a los justicias y dispone los auxilios que éste debe prestarle. Para su cumplimiento se le dará vista al Cura Vicario.
- Se pone a consideración la acordada que ordena proponer arbitrios para la construcción de la cárcel, consignándose que los propios no alcanzan para las fiestas votivas, gasto de papel sellado y alquiler de la casa capitular, siendo éste último abonado por los Alcaldes. El Alcalde 1º propone gravar: carretas, aguardiente, vino, res de abasto, peaje de Santo Tomé, embarcaciones, yerba, hornos de cal, tejas, ladrillos, madera, cuero, sebo, lana, mula y curtiembre. Se resuelve pasar la propuesta al Procurador Síndico General
- Se recibió oficio del Director Supremo de estas Provincias contestando las congratulaciones del Ayuntamiento y “que espera que S.S. contribuirá a su feliz éxito y dispondrá en lo particular de sus arbitrios del modo que sea de su agrado.” Se mandó asentar en el libro
- Después de haberse celebrado el 4 del corriente la misa motiva de San Francisco Javier, Patrono de las armas de este Pueblo, “según lo tiene por estatuto” y debido a la gran creciente del río se dispuso se cante misa a San Benito de Palermo y se lo sacase en procesión, lo que se verificó el domingo 6, “implorando su protección “para que cese la creciente como se ha observado desde tiempo inmemorial”. El Alcalde de 1º voto informó que el P. Guardián del Convento de San Francisco no ha querido cobrar ningún derecho.
- Se acordó que al día siguiente, 09 de marzo, se celebre Misa solemne de horas por los soldados y oficiales que fallecieron el 22 de febrero en la “acción contra los rebeldes secuaces del traidor de la Patria, Coronel Dn. José Artigas”, debiendo asistir los cabildantes y convocando al vecindario por carteles.
- La Junta de Propios dio cuenta, de acuerdo a lo acordado el 20 de diciembre de 1813, del remate efectuado por Pascual Santa Cruz, en la tarde del 1º de marzo del derecho de medio real por cada cabeza de ganado vacuno que se consume en la ciudad, con un total de 110 pesos al año. Se acordó se librara el correspondiente despacho.
- Cosme Maciel, comisionado para la construcción del edificio del Cabildo, renunció a su contrato por las deudas que el Ayuntamiento mantenía con él no sólo por el quebranto económico que sufría si no porque “también ha influido contra su honor y contra la comisión que tiene”. Escribió su renuncia en el testimonio del acta que se le había conferido la comisión y pidió se le liquiden las cuentas, pero, el Tte. de Gobernador y S.S. acordaron no admitirle la renuncia por la satisfacción que había en su buen desempeño y se ordenó anotar el acuerdo certificado a continuación del testimonio y se le devuelva con las cuentas y documentos exhibidos como comprobantes de los invertido el año anterior; la Junta Municipal le entregaría las cantidades que necesitara.
- Se leyó oficio del Gobernador Intendente de 29 de abril que acompaña copia de la orden que el Supremo Director pasó al Secretario de Estado el 26 del mismo mes y que este comunica al Gobernador solicitando información acerca de “cuantos expedientes se puedan arbitrar para el fomento de los ramos de agricultura, industria, artes y comercio y de todo lo que pueda conducir a la prosperidad y adelantamiento particular de cada Pueblo”. Se acordó se conteste “que el estado actual de este Pueblo impide del todo arbitrar medios algunos para el adelantamiento de los objetos que se proponen por si mira a la campaña, se halla desolada y ocupada por los indios hasta le estrecha extensión de ocho leguas a nueve, sin arbitrio para expelerlos..., si se consideran las facultades del Pueblo en el día son ningunas por haberse aplicado sus Propios al Estado, sin mas libertad que para concluir las piezas empezadas en esta Casa Capitular a fin de que no se destruyan y se pierdan el caudal invertido en ellas la juventud que podía aplicarse a las artes y comercio carece del principal fundamento que es la educación por falta de escuelas..., por cuando el Ayuntamiento recién empieza a gozar de la nueva imposición de sus derechos... a establecer las dos escuelas de primeras letras y latinidad, se le mandan suspender estas obras públicas, que en estas circunstancias no halla por ahora el Ayuntamiento arbitrios que discurra y proponer en el adelantamiento y prosperidad del Pueblo pues todos los que permite su situación eran gravados con los nuevos propios.”
- Se leyó oficio del Tte. de Gobernador de este día que acompaña la copia de la orden que el Supremo Director del Estado pasó a su Secretario de Gobierno de fecha 13 de abril disponiendo que cuando haya que distribuir honores o empleos, se prefieran “los naturales de ella en igualdadn de mérito a los demás ciudadanos de otras Provincias” y que el Gobernador podía exceptuar esto en “los empleos de primera jerarquía en el sólo caso de exigir lo la seguridad y el roden interior del Estado”.
- Se leyó oficio del Tte. de Gobernador en que avisa que al día siguiente de haberse presentado el Corregidor de San Pedro informando que en cumplimiento de lo tratado en el último parlamento había quitado a los montareses una gran partida de bueyes, habían sido asaltados y maltratados, él y su comitiva por bandidos y los despojaron de sus prendas. El Alcalde de 1º voto opinió que se debían repuner dichas prendas y que el Tte. de Gdor. haga investigar si los bandidos fueron soldados y de ser así se les descuente de sus sueldos y de no ser los autores, se les restitiya de propios .
- Se acordó que la Junta haga comprar una arroba y media de cera de Catilla y se mande labrar doce velas para las funciones públicas del Ayuntamiento.
- Se acordó que respecto a que se excusaron quienes deben asistir en clase de Juez al reñidero público de gallos con una asignación de 2 pesos por cada tarde, se comisione al Alcalde de Barrio, Romano Brabo lo que se comunicará por el Alcalde de 1º voto al dueño del reñidero y al comisionado.
- Considerando que hasta el día no se ha fijado el sueldo que debe gozar el Gobernador Interino de la Provincia, y teniendo presente la actual escasez de fondo, se resuelve asignarle, por ahora, el de $ 1800 anuales, y hasta que las circunstancias de la guerra presente permita señalarle el definitivo. El salario del Secretario se determinará de acuerdo con el Gobierno. Se dispone que, en cuanto los fondos de propios y arbitrios lo permitan, se continúe las obras de las casas consistoriales, y, principalmente, del calabozo, pues el actual amenaza ruina. Para ello, la Junta Municipal librará las cantidades necesarias para adquisición de materiales, herramientas y demás útiles. Se designa Asistente de dicha obra a Cosme Maziel, quien rendirá cuenta mensual de las inversiones, y gozará de la misma asignación que antes tenía, mando desempeñó el mismo encargo.