- El cuerpo obedece la Real Provisión despachada en La Plata, a 19 de mayo último, que confirma a Juaquín Maziel como Teniente de Gobernador de Santa Fe, cuyo testimonio se ordena incluir en el libro de acuerdos.
COPIA
- Copia de la Real Provisión despachada en La Plata el 19 de Mayo de 1767 confirmando a Juaquín Maziel como Teniente de Gobernador de Santa Fe. Incluye: peticiones solicitudes. La confirmación; título dado por el Gobernador Paula Francisco Bucarelli; certificación de pago de la media anata y de su asunción; tasación de este derecho, y los siguientes autos proveídos por la Real Audiencia de La Plata: 1) del 16 de Diciembre de 1739, ordenando que los Corregidores nombre un Teniente General, y no particulares, que éstos cesen, y prohibiéndoles que establezcan la pena capitular; 2) del 24 de enero de 1748, disponiendo que ese tribunal no “despachará residencia alguna” sin la previa rendición de cuentas de las penas de cámara y otras condenaciones, y que los Gobernador y Corregidores le eleven anualmente una relación jurada de esos rubros; 3) del 27 de junio de 1690, ordenando la notificación de la Real Cédula dada en Madrid, el 29 de diciembre de 1671- que se transcribe – mandando que los Tenientes Gobernadores deben dar fianza antes de asumir; y 4) del 9 de abril de 1731, ordenando que las autoridades que particulares a quienes esté dirigida una Real Provisión le den cuenta de su recibo dentro del plazo fijado por las Ordenanzas.
- Atento que el Capitán 1º de las Ordenanzas manda “que el día primero de año nuevo se diga misa en la casa de Ayuntamiento, y la oigan los capitulares antes de hacer su elección”, se ordena su cumplimiento y se destina para ellos “el cuarto contiguo de esta casa.” Mediante pedimento, Domingo Maziel acepta su designación de Recaudador de Arbitrios en la ciudad y Conjuez de dicha Caja, y ofrece como fiador, hasta la cantidad de $ 2000, a Manuel Ignacio ( Díez) de Andino. Se le admite, jura y asume.
- El Alcalde 2º y el Alguacil Mayor en cumplimiento de lo ordenado en el acuerdo anterior, presentan un despacho suscripto por el Conde de , Virrey del Perú, en la ciudad de Los Reyes, el 9 de septiembre de 1761, que ordena mantener a Manuel Carballo, en el oficio de Regidor Depositario General entre tanto el Tribunal de Real Hacienda eleva el informe sobre el remate pertinente. El Alférez Real cuestiona la continuación del empleo por cuanto es una orden de un Virrey que ya no ejerce y señala que la misma va contra las reales leyes que establecen un plazo de dos años para la confirmación. El cuerpo resuelve mantener a Manuel Carballo.
- Elección anual. Por mayoría resultan electos Alcalde 1º y Juez de Rentas, Juan de Zevallos; Alcalde 2º y Juez de menores, Domingo Maziel; Procurador General y Defensor de menores y pobres, José Fernández Valdivieso; Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, Domingo de los Ríos; Alcalde de la Hermandad del Paraná, Juan Broyn de Osuna; Mayordomo, Pedro de Valle. El Teniente de Gobernador aprueba la elección y asumen los firmantes.
- El Teniente de Gobernador no asiste por hallarse ocupado en la tasación de los bienes que se secuestraron a los Jesuitas y estar pronto para iniciar la expedición contra los pampas infieles.
- El Alguacil Mayor pone en manos del cuerpo el exhorto que entregó el Tesorero Juan Francisco Aldao, librado por el Gobernador y la Real Hacienda referente a la renuncia de Alcalde Provincial hecha a favor de Juan José Morcillo Bailador y por el cual requieren toda la documentación del caso, se dispone insertar en el libro de acuerdos dicho despacho, y dar cumplimiento a lo mandado.
- Respecto de la instancia de Alférez Real sobre la separación de su sustituto y atento a los términos injuriosos empleados en sus varias peticiones, que no se han testado para que la superioridad tome nota de su “genio audaz” y de las “groseras desatenciones con que ha ultrajado a este Cabildo” y en virtud de haber aprobado dicha separación el Cabildo, se resuelve que se dirija a este mandatario en demanda de sus pretensiones.
- En cuanto al pedimento de Francisco Antonio de Vera Mujica, de testimonio de la providencia despachada por el Gobernador sobre el oficio de Alcalde Provincial, no se hace lugar “por no tenérselo por parte legítima” en razón de que al renunciar a favor de Juan José Morcillo Bailador se hallaba ya de sacerdote.