- El Virrey, por oficio del 13 del corriente, remite para su informe, la representación que le hizo, el día 7, el Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, exponiéndole sobre las numerosas familias cordobesas y Santiagueñas que se han poblado en aquel partido, sin licencia. Como han sido expulsadas por vagos y perniciosos, solicita auxilio para expatriarlos. Se dispone el informe, señalándose que otros tantos fueron expulsados de la costa del Salado, por orden del Cabildo. Mediante oficio del 13 del actual Antonio Barrenechea informa que no ha podido asumir como Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, por haberse presentado ante el Virrey, José Teodoro de Aguiar, haciendo oposición, y el expediente se halla a vista fiscal. El cuerpo difiere considerar el asunto. Por pedimento María Candelaria Loza, solicita de merced un sitio, ubicado en los extramuros, sobre la calle de la compañía al norte que linda por el sur con Feliciana Bernal y por el norte con Francisco Castillo. En atención a ser “una pobre viuda” y no tener casa propia, se le concede.
- Se pone punto a consideración el traslado de los fuertes, de acuerdo con lo propuesto al Virrey, por el Comandante de Armas el 26 de febrero de 1789, y lo informado por el Procurador General Francisco Javier de Lassaga. El Alcalde 1º José Ignacio de Uriarte propone trasladar los fuerte de San Juan Bautista y San Nicolás a los puntos indicados por los mencionados y reparar el de San Francisco Javier, a fin de cerrar la entrada a los infieles del Chaco, para que los hacendados no desalojen sus estancias, y a fin de que no se repitan sus crueles ataques, como el llevado a cabo en el Pueblo Viejo, que ocasionó 7 muertes y una niña cautiva. Propone que con las 25 plazas a crearse se establezca un fuerte en el paraje de los Sunchales, por el beneficio que reportaría al comercio, el ahorrar 60 leguas de camino al Perú. Con estos 4 fuertes así dispuestos, se beneficiarán los vecinos de Santiago del Estero al poderse extender a otros terrenos. Se opone trasladar el fuerte de San Juan Bautista al paraje de Las Ovejas. Señala que llevado éste 11 o 12 mas al norte, en donde hace esquina el Salado, y el de San Nicolás 5 leguas más afuera, quedaría paralelos con el de San Javier y a distancia de 6 leguas, con lo cual podrán socorrer a tiro de cañón. El Regidor Roldán y el Alguacil Mayor propone trasladar el fuerte de San Juan Bautista al paraje de Las Ovejas, como ya se hizo en 1788 y erigir un fortín en Las Cañas con 1 oficial y 12 hombres, por ser este lugar por donde penetran los indios. Proponen que en caso de crearse las 25 plazas que se solicitan, se formen 2 compañías de Blandengues, con 62 hombres cada uno, con sus oficiales correspondientes. Admiten el traslado de los fuertes de San Nicolás y San Javier. Se resuelve elevar el expediente al Virrey, para su aprobación. Ante el oficio del 13 del corriente, de Antonio Barrenechea, participando no haberse podido recibir como Mayordomo Receptor de Arbitrios en Buenos Aires por haberse opuesto a ello su antecesor, José Teodoro de Aguiar, pretextando el cobro de algunas deudas y no haberle aprobado sus cuentas el Cabildo, el Regidor Decano expresa que se debe el “infiel pensamiento de perpetuarse en aquel ministerio” y desconocer una legítima providencia del cuerpo, que tiene aprobación del Virrey. Propone se le conmine a la entrega de su empleo y de toda la documentación y caudales bajo apercibimiento de embargársele todos sus bienes, y que se informe al Virrey. Expone extensamente, sobre la actitud de Aguiar, señalando que la Junta de Propios y Arbitrios no aprobó sus cuentas por haberse asignado, sin autorización alguna, el 8 por ciento de comisión, cuando se le había fijado el 6, con su aprobación. El Alguacil Mayor difiere su parecer, pero el Alcalde 1º no hace lugar a ello por no ser de su cuenta y riesgo el nombramiento de Aguiar por no haber asistido al Cabildo que lo dispuso. Adhiere al parecer el Regidor Roldán.
- Se obedece la comisión conferida al Comandante de Armas, Melchor de Echagüe y Andía, o en su defensa el Alcalde 1º, Victorian de Villalba y Aimar, Fiscal de la Real Audiencia de Charcas y Juez de Residencia para tomar la que corresponde al Gobierno del Virrey Marques de Loreto. En consecuencia, el cuerpo pone a su disposición el Archivo. El Virrey por oficio del 13 del corriente, acusa recibo al informe sobre el traslado de los fuertes. Se dispone considerar, el oficio del 12 del actual, cursado por José Teodoro de Aguiar.
- Por oficio de la fecha, el Dr. Francisco Antonio de Vera, Juez Hacedor de Diezmos, informa que de los $ 2290 y 5 reales y un maravedí, tiene entregados, a censo redimible, $ 500 a Juan Francisco de Larrechea, e igual cantidad a Lucas de Echagüe, haciéndose responsable de este último hasta su regreso del Paraguay. Haces saber que el resto lo depositó en José Arias Troncoso, Mariano Núñez y Francisco Antonio de Pando, y está a disposición del cuerpo. Se resuelve que el Alguacil Mayor, reciba dicho saldo y lo deposite en la Caja de Arbitrios, y dar vista al Procurador General de las cantidades entregadas a réditos. Mediante un escrito del 6 del corriente, el Receptor José Manuel Villaseñor, expresa que Esteban Tast, inquilino de la esquina le ha propuesto componerla antes de que los temporales del invierno lo arruinen. Como es “maestro arquitecto” se ofrece a hacerlo con solo que le faciliten 300 ladrillos y la cal necesaria. Dicho Receptor señala la necesidad de desenterrar la madera y la cal que se halla bajo la ruina de la parte del edificio del Cabildo que se cayó. Se accede a ambas propuestas. Para lo último, se le franquearán algunos presos por delitos leves. Mediante petición, el Procurador General solicita la prosecución de las obras de la cárcel y edificio capitular, a fin de que no se deteriore el material acopiado. Propone solicitar a la Junta de Temporalidades 2 cuartos contiguos a la Ranchería para alojar los presos. Sugiere designar a Gabriel de Lassaga como director de la obra y que el cargo de sobre estante sea desempeñado semanalmente, por los capitulares y vecinos, por lo gravoso que es. Se accede, resolviéndose continuar las obras e invertir los $ 2018 asignados por el Virrey, a quien se solicitará franquee la cantidad de los Arbitrios de Buenos Aires con cargo de reintegro. La dirección de la obra se comete al Procurador General. La respuesta del Procurador General, a la vista que se le dio sobre la navegación del Bermejo y construcción de fuertes en sus orillas, se difiere para otro acuerdo. A su pedido, se concede de merced a Rosa Acosta un sitio que linda por el sur, con María y viuda de Manuel Muñoz y por el este, su frente, con calle real. Mediante pedimento, el boticario Felipe Reynoso manifiesta que en la ciudad varias personas se ejercitan en el “arte farmacéutico” vendiendo “medicinas supuestas”, y solicita su prohibición bajo pena de multas. El cuerpo dispone hacerle saber que, para proceder, debe individualizar dichas personas.
- Mediante un escrito el Procurador General expresa que se halla con noticia de haber cesado la costa pensión de $ 40 que se había asignado a los maestros de primeras letras de los partidos de esta jurisdicción por lo cual “se halla la juventud sin educación”. Propone solicitar al Virrey la solución del problema. Debido a que dichos salarios se satisfacían del fondo de Temporalidades de esta ciudad, el cuerpo resuelve solicitar informes a dicha junta. Por pedimento, el Procurador General expone que en años anteriores la jurisdicción de la ciudad se extendía hacia la parte de Corrientes, hasta el lugar llamado Los Mojones y que en la actualidad los vecinos de dicha ciudad se han introducido hasta la margen del río Guayquiraró, compeliendo a los de dicha zona a reconocer la autoridad de Corrientes tanto en lo secular como eclesiástico. Solicita testimonio de la Real Cédula sobre límites de Santa Fe. Se accede. Mateo Javier (López) Pintado mediante un escrito, solicitan se le entregue $ 1000 a réditos del 5 por 100 anual. El pedido se gira al Procurador General. Mediante un oficio, el Alcalde de la Hermandad de Coronda, informa que por considerar no ser de utilidad a los hacendados las yeguas alzadas, ha dado licencia para que dichos criadores recojan y aparten las que encuentren de sus marcas y se repartan los animales orejanos medianos que puedan criar. Para determinar, se resuelve traer a la vista los acuerdos celebrados sobre la materia.