- El Teniente de Gobernador, por oficio del 3 del corriente, participa que el Oidor decano de la Real Audiencia Sebastián de Velasco, le avisó que por haberse agravado el Virrey del Pino, este delegó el mando en la Real Audiencia, el 12 de abril, y por otro de igual fecha, avisa que ante la muerte de del Pino, y abierto los despachos pertinentes, estos designan Virrey interino al Marqués de Sobremonte. El cuerpo se da por enterado, y resuelve dar la enhorabuena al nuevo Virrey. La petición de los hacendados del Paraná, diferida en acuerdo de 9 de abril, se pasa en vista al Procurador General. Se dispone reiterar al Virrey la propuesta de designar a Tomás de Santa Cruz de Comisionado de Ascochingas y de Pedro Pablo Troncoso para Rincón. Mediante pedimento José Ramón Aguirre solicita apelación al decreto de 9 de abril, sobre las varas de que dice habar sido despojado en el linde con Rosa Casco. El Cabildo hace lugar a la apelación ante la Real Audiencia, por respeto al tribunal y solo en efecto devolutivo, por se un escrito de poco monto, pues la vara en las orillas de la ciudad se gradúa, en $ 1 y porque no ha hechos más que confirmar lo acordad con el juzgado ordinario. Se dispone extender el testimonio que solicitó, con citación de Rosa Casco. A su pedido, se concede de merced a Sebastián Cabrera un cuarto de solar sito al Norte de la ciudad, que linda al Sur con sitio de su suegra Francisca Larramendi y al Este, la calle de la merced nueva. El Maestro de Posta José Santos García avisa haber nombrado Postillón a Antonio de Castillo, en lugar del finado Gregorio Mendieta. Por hacerse cumplido el 1° tercio del año, el Alférez Real se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor y se le previene disponer que todas las carretillas de carne, trigo y sal para abastos vendan en la plaza pública.
- Se levanta el punto a las causas civiles. El Virrey por despacho del 29 de mazo último, ordena evacuar el informe que se solicitó el 27 de julio de 1802, referido a la presentación de José de Echagüe sobre que se lo exima de cargos y servicios militares y concejiles en razón de sus méritos. Para cumplimentar se dispone traer a la vista las actas capitulares de dicho año. El Escribano informa que en su registro, el 16 del corriente, Manuel Antonio de la Torre y Francisco Solís constituyeron fianzas, por $500 c / u, a favor del Recaudador de Propios y Arbitrios, Lucas de Echagüe. En consecuencia se suspende la determinación adoptada, y se resuelve dar cuenta a la Junta en virtud del acuerdo del 7 de diciembre de 1801. debido a tenerse noticias que se hará una gran extracción de trigo y harina, y la cosecha del año ha sido escasa en toda la jurisdicción, a fin de que no escaseen esos alimentos y evitar la suba de sus precios, se resuelve requerir al Teniente de Gobernador prohíba, por bando, tal cosa, bajo graves penas. A su pedido, se concede de merced a Juan Hablaos, natural de la ciudad, ¼ de solar, sito al Norte del terreno de la india Francisca, sobre la calle del Colegio que fue de los expulsos, y a 10 cuadras de el.
- En cumplimiento de la orden del Virrey del 27 de julio de 1802, reiterada el 29 de marzo último. Sobre la representación de José de Echagüe, y en vista de que el acuerdo del 25 de agosto de 1802, en que se trató el asunto, no es explícito en cuanto a los servicios y méritos del peticionante, el cuerpo resuelve requerir a éste presente una copia de ellos para evacuar el informe. Respecto de la consulta hecha por el Teniente de Gobernador sobre extracción de trigo y harina, por no haberse preparado la orden superior que solicitó, se resuelve requerirle ordene la prohibición acordada dejando en suspenso la parte relativa a la Capital. El Escribano presenta testimonios del acuerdo del 5 de septiembre de 1781 referido a la presentación de Juan José Morán, y por no constar en el los linderos ni la posesión, el Cabildo le hace merced nuevamente del terreno que indica. Por acordada del 20 de abril, la Real Audiencia refiere que el Cabildo por oficio del 15 de febrero de 1792, le propuso los arbitrios “para la fran caturra de los pliegos y cartas”, que se remiten a ese tribunal, y que en virtud de lo expuesto por el Fiscal proveyó el auto del 18 de abril, ordenando al Cabildo de Corrientes informar sobre el origen, importe aplicación y método que se ha tenido en recaudar y administrar el ramo de licencias, “o su es una mera adeala” con que aprobación ello se ha constituido, informe que también deberá evacuar este ayuntamiento. El cuerpo difiere la determinación. Ignacio Pantaleón Crespo asume como Síndico Procurador General. Mediante pedimento, Isidro Montaño Iturmendi presenta título de Escribano Público y de Cabildo, por renuncia de Mateo Javier López Pintado, según título extendido por el Virrey Sobremonte el 12 de marzo, y que anexa la certificación del Escribano Marcelino Calleja de haber sido examinado y aprobado por la Real Audiencia. En consecuencia, se lo admite, y a su pedido, se le hará entrega formal, bajo inventario, de la documentación de su registro. Por ser tarde, se difiere para la próxima reunión, recibir las cuentas presentadas por el Presidente de la Junta. En razón de haber regresado de su viaje el Alcalde 2° Francisco Antonio Candioti, el cuerpo le intimará que el miércoles próximo reasuma su vara.
- En vista de la negativa de Francisco Bracamonte de admitir el nombramiento de Recaudador de los nuevos Propios en la Bajada, y para evitar los perjuicios que acarreará la falta de cobranza, se designa interinamente al actual Alcalde de la Hermandad Agustín de Echeverría, a quien se le remitirá la planilla correspondiente. Mediante pedimento, el Procurador General solicita se ordene a los carniceros que provean de carne suficiente al pueblo y de acuerdo al arancel y a los vendedores de grasa no despachar el producto fuera de la ciudad. El cuerpo dispone: que el Fiel Ejecutor verifique que el pan tenga 12 onzas cuando el trigo esta a $ 10 la fanega y 1 libra cuando está $ 8, y que sea de buena calidad, que dicho funcionario no permita la extracción de sebo y grasa hasta que la vecindad esté abastecida, para lo cual se oficiará a los Ministros de Real Hacienda a fin de no despachar guía sin seguridad y que los carniceros no excedan el precio de 3 reales el cuarto de novillo, y 2 ½ de vaca, bajo multa de $ 4, y que ninguno de ellos venda grasa y sebo a las jabonerías y que todo lo expendan al abasto público. El Regidor 1° se hace cargo del Turno de Fiel Ejecutor. En la visita de cárcel se halan los siguientes presos: Del Juzgado del Teniente de Gobernador: Francisco Romero, por una causa que debe remitir el Alcalde de Nogoyá, y por haber herido a otro preso; José Martín Estela, por casado 2 veces, hallándose su causa en el Juzgado Eclesiástico; Juan Pío Juárez, por robar 2 caballos; José Custodio, esclavo, por orden de su amo; Bartelo Valle, denunciado por esclavo; José Antonio Martínez; Mariano Candioti, esclavo, por una herida; José Alzogaray, esclavo, por orden de su amo; José Domingo Coll, esclavo, por lo mismo; Basilio Rodríguez, remitido por el Alcalde de Nogoyá. Del juzgado de 2° voto: Cecilio Millán, por muerte; Ambrosio Gómez, “por haber tenido dos chinas robadas”, y Juan Ricardo, por robar 2 caballos, y 1 poncho; Del Juzgado de 2° voto: Juan Asensio Serra, por una herida; Nicolás Gauna, Nicolás Encinas y José Medina, los 2 primero por haber auxiliado la fuga de 2 malhechores, y el 3° por cómplice de las muertes que éstos cometieron: Vicente Candioti, esclavo, por muerte; José Antonio Castro Díaz, esclavo de Montevideo, de Francisco Castro; y Julián Esteche; por amores. Se dispone la libertad de Juan Pío Juárez y Mariano Candioti, Juan Ricardo, Nicolás Gauna, Nicolás Encinas, por haber purgados sus delitos, pero con la condición precisa de trabajar 15 días en las obras públicas. Se dispone la averiguación sobre Bartleo Valle, denunciado por esclavos.