- Mediante un exhorto, el Teniente de Gobernador Francisco Antonio de Vera Mújica, pone en noticias capítulos de carta del Gobernador y la nota que el Cabildo de Asunción le cursó a aquél “exponiéndole sus padecimientos” y solicitando pertrechos de guerra. Por contener materias graves y armas, se reserva la resolución para otro acuerdo, al que se citará al Teniente de Gobernador y al Procurador General, señalándose que se omite “el concurso de cabildo abierto” por residir en el cuerpo “entera facultad” para determinar el asunto.
- El Tesorero diocesano de la Santa Cruzada, por carta del 29 de enero, avisa la remisión de Bulas por medio de Gabriel de Quiroga. Se dispone que éste las reciba documentadamente. Por nota del 12 de febrero, el Gobernador remite copia del parecer dado por el Asesor Florencio Antonio Peryra sobre la consulta que el cuerpo formuló respecto de “las obra de miel y demás comestibles” que bajan del Paraguay, y que por no estar gravados, se conducen directamente a Buenos Aires. Manda guardar la costumbre y hace a conveniente que el cuerpo celebre Cabildo abierto. Se dispone el cumplimiento del despacho. El Teniente de Gobernador, acatando el dictamen expresa la solicitud sobre Cabildo abierto no fue tratada en ayuntamiento, “y que sin duda, se ha hecho en particular y fuera de este congreso”, por no constar en el libro de acuerdos, razón por la cual se hallan incursos en la privación de sus oficios y pena pecuniaria. El cuerpo resuelve satisfacer al Gobernador sobre haber tomado una resolución fuera de Cabildo. Gabriel de Quiroga jura y asume como Tesorero colector de la Bula de la Santa Cruzada, con un cargo de rendir las pertinentes cuentas.
-Se reúnen los señores del Cabildo de Justicia y Regimiento: Bartolomé Diez de Andino, alcalde primer voto, Xavier Navarro de Echague y Andia, Alcalde de segundo voto, juez de menores y Alférez Real, Pablo Navarro, alguacil mayor interino y Juan de Zevallos Regidor en turno juntos y congregados en esta sala capitular de sus acuerdos como lo han de uso y costumbre tratar y conferir las cosas de la causa pública con asistencia del teniente Francisco Vera Mujica, Teniente General, Justicia Mayor y Capitán de Guerra.
-Se informa del descontento que padecen los vecinos de la ciudad por verse atacados por los indios, y su desconsuelo por los pactos celebrados con dichos grupos, lo que los priva de carnes y semillas necesarias para poder mantener a sus familias.
-El señor Alcalde escribe una carta solicitando los más oportunos medios para acudir al remedio de los males referidos. Dicha carta no fue firmada por los capitulares, ni como cosa acordada en acuerdo formal.
- Se dispone en acuerdo formal de que las elecciones no se hagan en casas particulares, sino en el Ayuntamiento.
-Se realiza un cabildo abierto con los vecinos en la Sala del Consejo de Guerra para poner en práctica lo que fuese conveniente a la causa pública en esta ciudad. Se dispone que el Real servicio otorgue un libro común al vecindario, y que se hagan consultas y conferencias en cabildo abierto.
-Se informa sobre la construcción de un fuerte el año pasado, sito a ocho leguas de la ciudad.
-Se informa que se han robado más de doscientos caballos de la dotación de soldados, así como le han robado a un vecino mas de cien caballos y yeguas a dos leguas de esta ciudad.
- Se reciben 2 cartas del Gobernador, de 7 de abril. En una se refiere al recurso que interpuso el cuerpo, según los acuerdos del 7 y 11 de marzo, y expresa que le ha sido sensible la “disensión o resentimiento” provocados, encargando la quietud y conformidad para el futuro. En la otra autoriza la realización del Cabildo abierto para tratar los robos que cometen los indios, no obstante que el pedido lo formularon los Alcaldes ordinarios. Por falta de capitulares, se dispone reservar su tratamiento, en tanto el Teniente de Gobernador ordena cumplir lo dispuesto por el Gobernador.
-De Acuerdo en lo dispuesto en la sesión del 25, reunión se realiza con la presencia de los vecinos Esteban Marcos de Mendoza, José Márquez Montiel, Francisco Jiménez Navarro, José Crespo y Francisco Martínez de Rosas. Proc. Gral. los mencionados resuelven que el lúnes próximo traerían sus pareceres formados, por lo cual el cuerpo dispone postergar la resolución del asunto para esa ocasión. El Reg J de Zevallos, "sin que se entienda hacer oposición a materia de tanta entidad", manifiesta que el Gob. Bruno Mauricio de Zavala prohibió los cabildos abiertos, * que en el cuerpo se halla resumida "toda la jurisdicción y voz de su vecindad"; y que el Gob. Miguel de Sa* ordenó al cabildo no tratar ni resolver en materia de guerra, estimando que ambas disposiciones no fueron *.
-El tte Gob responde que el gob actual entregó el testamento de estos asuntos en el cab , y que la prohibición dispuesta por Zavala está referida al obedecimiento o súplica de RC y la de Salcedo a que el cuerpo no determine por si, y no para casos de consulta