- El Teniente de Gobernador por carta del 28 de octubre, participa que a consecuencia de las órdenes recibidas del Virrey a raíz de las hostilidades de los abipones contra los mocovíes, en la mañana del día siguiente iniciará la expedición con las milicias y la Compañía de Dotación. Informa que deja el mando político y la Presidencia de la Junta Municipal al Alcalde 1º y el Gobierno de las armas a Juan Francisco de Larrechea, y por impedimento de este a Manuel Ignacio Diez de Andino. El cuerpo resuelve que el próximo domingo se cante una misa al Patrón de las armas San Francisco Javier, por la felicidad de la excursión y que las comunidades hagan dicha rogación por 9 días seguidos.
- El Procurador Síndico General interino Salvador Ignacio de Amenávar, entregó los autos referentes a la averiguación del donativo que solicitó Joaquín Maziel, proponiendo requerir a Juan Francisco de Larrechea su declaración sobre el caso. El cuerpo accede.
- Dicho Procurador expone que la ciudad se halla sin provisión de sebo y grasa, en razón de que varios comerciantes se niegan a venderlos por tener almacenadas porciones que pretenden despachar a Mendoza y a otras partes. El cuerpo resuelve expedir un bando prohibiendo la extracción de ganado, sebo y grasa sin su licencia, bajo pena de comiso y ordenando la venta de sebo y grasa a precios corrientes.
- El Alguacil Mayor reitera la poca o ninguna seguridad de la cárcel, exponiendo que el sumo cuidado que ha tenido y el reconocimiento de las prisiones dos veces al día, no han bastado para evitar la fuga de los presos. Informa que a su instancia, el entonces Gobernador de las armas Juan Francisco de Lisa Herrera consultó al Gobernador Juan José de Vertíz, quien le ordenó poner una guardia de cuyas resueltas se formó el cuerpo de inválidos que suplía a la Compañía de Dotación en sus ausencias. Expresa que el nuevo cuerpo, falto y desprevenido de oficiales, armas y municiones no pudo impedir que se escaparan algunos presos. Además, solicita declaración sobre a quién corresponde proveer de luces para la guardia y la cárcel, por no ser de su obligación. Respecto del 1º punto, el cuerpo resuelve trasladar el asunto al Gobernador de las Armas para la Provisión de la guardia necesaria, y sobre las luces, declara que no es obligación del Alguacil Mayor.
- Mediante petición, Antonio Cabrera presenta título de Mayordomo de la Iglesia Matriz, expedido por el Obispo. El cuerpo toma conocimiento y le devuelve el documento.
- El Contador Mayor de cuentas, Francisco de Cabrera, por nota del 13 del corriente, hace saber que si en el resto del año no se le envían las cuentas de propios, de arbitrios desde 1735, se verá obligado a reunir a los Tribunales Superiores pidiendo se ponga en ejecución las leyes 31 y 41 del título 1º, libro 8 de la Recopilación de Indias, mandadas observar por la Real orden del 16 de marzo de 1778. Se difiere su resolución.
- Martín Perales por carta del 6 del actual, informa que a pedimento de Bernardo Sancho Larrea y por providencia del Virrey, se ingresaron en las Reales Cajas $24.219 y 3 reales que habíanse cobrado por depósitos. Expresa que deberá continuar depositando en las Reales Cajas y que está solo a disposición del Virrey como Superintendente. Se suspende determinar la materia y se dispone consultar al Virrey si debe acatarse el requerimiento del Contador Mayor sobre el envío de las cuentas, contrariando lo prescripto por la Real Cédula del 1º de abril de 1743 y auto de la Real Audiencia del 1º de diciembre de 1773, ya que el nuevo método de contaduría se puso en práctica en 1778. Se señala la imposibilidad de practicar dichas rendiciones, hechas y aprobadas oportunamente con el procedimiento antiguo y que en razón de haber fallecido todos los Recaudadores anteriores a Domingo Maziel, será imponer a sus herederos un gasto innecesario. Además se le solicitará que declare si la Caja de Arbitrios debe estar, como las demás ramas, sujeta a la Intendencia, o únicamente a su disposición.
- Mediante pedimento el Depositario General Manuel Carballo solicita certificación declaratoria de su idoneidad y suficiencia para ejercer dicho oficio. El cuerpo expone que desde la última recepción no ha habido motivo alguno que se oponga a su idoneidad y suficiencia, y que, aunque antes hubo causas que determinaron su suspensión, fue habilitado después.
- Mediante pedimento Felipe Calzapie solicita permiso para llevar a Mendoza una porción de sebo. El pedido se traslada al Procurador General.
- Por pedimento Antonio Cabrera solicita certificación sobre si el Cabildo “contempla por necesaria toda la composición que por dentro y fuera ha hecho en la Santa Matriz” y si se le conoce algún vicio que pueda oponerse a la pureza que exige su empleo de Mayordomo de dicha Iglesia. Atendiendo al estado que tenía el templo y que con lo hecho por el peticionante “esta hoy con regular decencia propia de casa de Dios” halla necesario su trabajo y no le conoce vicio alguno.
- Elección anual. Los Alcaldes ordinarios, el Alférez Real y el Regidor Vicente Hereñú votan por una lista, y el Alguacil Mayor, Juan Francisco Aldao y Manuel Carballo por otra. En el curso de la elección el Regidor Juan Francisco Aldao objeta la elección de un Regidor para Alcalde ordinario, expresando que la causa por la que se concedió este privilegio a la ciudad, la falta de vecinos, ya no se experimenta y que también está viciada por haberse conformado el Alcalde 2º en la elección de su hermano. Apoya los candidatos del Alguacil Mayor por ser hechos en personas independientes de todo parentesco. Propone que para esclarecer el asunto el Teniente de Gobernador no regule ni apruebe la elección, sino que la determine el Virrey. El Alcalde 1º manifiesta que en años anteriores se dieron los siguientes casos de parentesco: Juan de Cevallos y Juan Francisco Aldao, el 1º abuelo de la esposa del 2º; Juan Francisco de Larrechea y Manuel Ignacio Diez de Andino, concuñados; Tomás Vicente Hereñú y Luis Hereñú, hermanos; Cayetano Jiménez y Juan Francisco Roldán, padrastro. Manifiesta que Aldao votó en la elección anterior por él y el Alcalde 2º, sin haber puesto tacha. Aclara que la prohibición de padres e hijos o hermanos solo se refiere a un mismo oficio. El Teniente de Gobernador cita otros casos de parentesco, manifiesta que las objeciones de Aldao no se acreditan con autores y doctrinas y, en uso de sus facultades, aprueba la elección hecha por la mayoría, advirtiendo que los electos para Alcaldes por el Alguacil Mayor tienen el vicio, uno Juan Antonio de Elguera, de ser dependiente del correo, y el otro José Teodoro de Aguiar, Recaudador del Derecho de Pulpería, por haberle manifestado no ser vecino. En consecuencia, resultan electos: Alcalde 1º: Tomás Vicente de Hereñú; Alcalde 2º y Juez de Menores: Martín José de Ezpeleta; Procurador Síndico General: Martín Francisco de Larrechea; Alcalde de la Hermandad de Los Arroyos: Juan de Pereda Morante; Alcalde de la Hermandad del Paraná: Fabián Barrenechea; Mayordomo: José Gabriel Ramos; Defensor de Pobres y menores: José de Vera Mujica. Juran y asumen los firmantes, el Alférez Real se hace cargo en depósito de la vara de Alcalde 2º y se dispone citar a los restantes electos y elevar al Virrey testimonio del acto para su confirmación.
ASUNTO PRINCIPAL: celebrado para despachar los siguientes pedidos de merced: Francisco Sotelo medio carta de solar lindera E Micaela Gaviola O calle real en medio José Seguí N Luis Zibrin y S tierras realengas. Berbardo Correa medio cuarto de solar linda N Tierras realengas. S Martín Bruno Viera, O calle realen media María Campos y E Juan Pablo Gaitía, Juana Jomenez un retazo de sitio contiguo a la laguna Grande y lindero con Francisco Soria y Josefas Baez. Juana Diaz un cuarto de solar linderos: E Manuel Aguirre y S con la laguna que stá tras la casa del Dr. Bartolomé de Zuviría. Pedro Calzada, el mismo sitio. Petrona Retamosa un retazo inmediato a la laguna del norte. José Joaquín Romeo para extender su chacra solicita u terreno que hay entre su cerco y dos lagunas que están al sur de él a orillas de los caminos de este y el poniente. Ofrece un donativo de $ 25. Clara Hereñú 3 cuadras para quinta linderos al S con la de su hermano, el Reg. Vicente Hernú y por el O con la de José Villaseñor. Se resuelve conceder la merced a las que solicitaron.
- Recibida la información que levantó el Sargento Mayor Juan Broin de Osuna, a pedimento del Padre José Martiniano Alonso, Cura Vicario del Partido del Paraná, el cuerpo dispone su remisión a éste para que la eleve al Virrey. Por petición, Manuel Ignacio Diez de Andino refiere que en su estancia situada al sur del Carcarañá, el crecido número de “ganado altivo cimarrón” no lo deja pasar sus animales que tiene en rodeo. Por ella, suplica la designación de su comisionado para que cite al vecindario a una recogida que se hará la semana de Pascua, a fin de que cada uno retire los animales de sus mercas, y que el cuerpo determine lo que se hará con los que no se retiren. Los de marcas no conocidas, y orejanos. Solicita además que en la próxima primavera se haga una recogida igual con la yeguedad. El Regidor decano Juan Francisco Aldao manifiesta que por haber comprado la acción y marca de los ex Jesuitas, el Cabildo lo declaró por accionero de los ganados de aquellos campos, que existen en “cuantioso número”. Añade que, a pesar de este derecho no hizo recogida alguna, por lo cual cede todo el orejano de la recogida para el costo de la defensa del puerto, prometiendo dar 4 reales por cada mes de edad. El cuerpo encarga la comisión al Alcalde de la Hermandad de los Arroyos. El dueño que no asista a la recogida solo tendría derecho a 4 reales por animal grande y 2 por chicos. El sobrante será entregado al Regidor Aldao, y del orejano el Alcalde tomará 50 cabezas como recompensa. Además en primavera, se efectuará igual recogida con las yeguas, cuyo excedente custodiará de cuenta del Cabildo. En la visita de cárcel se hallaron los siguientes presos: “en la reja”: Tomás Villanueva, por amancebado con mujer casada y desobedecer que abandonara la ciudad; Luis Montenegro, por deuda; Juan Acuña, por robo de 3 lecheros; Ignacio Aruyá, indio por amancebado; Juan Charavidio, por ladrón; Hipólito, negro por amancebado y haber garroteado a su amancebada, indiciado en la muerte e Sebastián de Silva, causa en la que se halla incurso Francisco Luna; Solano Villanueva Maneco, por una muerte que hizo en Corrientes; Lorenzo Vergara indiciado en la muerte del Capitán Moraga; Lucas Zevallos por ladrón. En el calabozo: Pedro Antonio Robles, por muerte; Lorenzo Reyna y Sebastián Ramos, por muerte; y Joaquín Viana por muerte. Se dispone la libertad de Montenegro bajo fianza y de Aruyá. Se pone punto a las causas civiles.