Resultados 50 - 55 de aproximadamente 82 de "Chile" en período de 1532 a 1900
51.
Perteneciente al 14 de Enero de 1778
Tomo XIV B, XIV f 482 v a f 483 v

- El Teniente de Gobernador, por carta del 9 del corriente, informa haber recibido avisos del cura de San Pedro y del Cabo Javier Acosta de que 9 “naciones infieles” se hallan situadas en las inmediaciones del pueblo de San Jerónimo, y que por ello se pone en marcha con las milicias y la Compañía de Dotación, dejando el mando político y militar al Alcalde 1º.

- Mediante petición, los dueños de embarcaciones procedentes del Paraguay, solicitan permiso para llevar en ellas a Buenos Aires 4150 tercios de yerba, 1000 arrobas de tabaco y 100 piezas de azúcar, a fin de satisfacer a sus acreedores y que quede en la ciudad para su comercio, una cantidad mayor que la señalada. Atento a que las Cédulas y Provisiones Reales referidas al puerto preciso previene que dichas embarcaciones deben descargar en Santa Fe, deben pagar los arbitrios y por ningún motivo y pretexto pasar a Buenos Aires, se resuelve no hacer lugar a la instancia: 1) porque el Cabildo carece de facultad y jurisdicción para conceder semejante permiso; 2) por “lo siniestro de la relación que hacen” de que quedará en la ciudad mayor cantidad de mercaderías que la que pretender llevar; y 3) que ninguna de las Reales Ordenes previene que en algún plazo determinado “haya de proporcionarseles carretas ni compradores”, pues ni en Buenos Aires se las allana con la prontitud que requieren los suplicantes, en donde deben almacenar sus mercaderías en espera de carretas. Señalan que acá encontrarán dichos vehículos, y comerciantes de Perú, Chile que viene a comprar. Como los peticionantes se quejan de que otras embarcaciones han pasado de largo, se dispone advertir al Tesorero y al Recaudador de Arbitrios la vigilancia necesaria.

52.
Perteneciente al 8 de Agosto de 1780
Tomo XV A, XV f 22 a f 24

- Habiendo los vecinos y comerciantes, en el día de ayer prometido una ayuda que suma $448 para el costo del recurso dispuesto, el cuerpo declara que aunque se asegura la recaudación de los arbitrios en Buenos Aires, la medida adoptada provocaría el desalojo de mucha parte del vecindario y la anulación del comercio con Paraguay, Tucumán, Perú y Chile, por lo que quedarán los Santafecinos “como presidiarios, faltos de todo trato, comunicación y comercio”. Por lo cuál se suplicará al Virrey que permita, provisoriamente, que los barcos procedentes de Paraguay y Corrientes, entren indispensablemente al puerto de Santa Fe para ser registrados y asegurar los arbitrios y que luego despachen la carga a donde quieran, por tierra o río. Además, se le solicitará, accediendo a la propuesta del Procurador General, la erección de un fuerte principal, al Comando del Sargento Mayor Martín Benítez, como Comandante de Frontera. Trasladar más adelante el fuerte del arroyo Rabón y dotarlo, como el del Cululú, de una guarnición de 10 soldados y un cabo, manteniéndose el ayudante y los 10 soldados destinados a la custodia de los presos y a auxiliar las justicias. No se hace lugar a la creación del cargo de Comisario de Guerra. En conformidad de la moción de Procurador General, se resuelve ceder al Rey, en manos del Virrey, el derecho de arbitrios, separándose el Cabildo de la responsabilidad que le asigna la Real Cédula de 1 de abril de 1743, por no considerarse conveniente ratificar a Martín Perales como Recaudador ni designar a otro. El recurso entablado se notificará al agente en la Corte para las instancias pertinentes en años posteriores, por los vecinos de Los Arroyos.

53.
Perteneciente al 30 de Junio de 1783
Tomo XV, XV f103 y v

ASUNTO PRINCIPAL: Por memorial, Martín Fco. de Larrechea solicita permiso para enviar a las provincias de arriba con Manuel Torres 600 vacunos propios de su estancia del Salado para la subsistencia y aumento de ella y de su familia. Se concede.

Mediante memorial, José Fernandez Valdivieso presenta licencia del Gov. de la prov. para conducir el Reino de Chile 3000 vacunos ...

54.
Perteneciente al 4 de Diciembre de 1783
Tomo XV, XV f109v a 110v

ASUNTO PRINCIPAL: Se considera la copia de la representación que hace al Virrey, el Proc. Gral. José Tarragona, referente al misero estado en que se haya la ciudad por la falta de privilegios del puerto preciso. Desiste por ahora, de su restitución y propone rebajar a los comerciantes del Paraguay en su entrada a esta ciudad y extracción de ella por tierra , la tercia parte de los derechos de sisa y arbitrios , debiendo pagarlos integramente los que desde el Paraguay o de esta ciudad transporten las cargas por río a Buenos Aires y desde allí a otras partes. Señala que esto servirá para atraer el comercio a esta ciudad y evitar su ruina y fortalecerá el de Buenos Aires con los reinos de Perú y Chile. El cuerpo la aprueba en todas sus partes.

55.
Perteneciente al 3 de Diciembre de 1790
Tomo XVI A, XVI f 105 a 110 v

- Respecto a la oposición del Procurador General a la entrega de réditos a Juan Francisco de Larrechea de $ 1000 pertenecientes al ramo del Hospital, el cuerpo declara que al asignársele los segundos los segundos $ 500, fue conocimiento que pesaban $ 2000 sobre su casa, valuada en $ 7000, y de su conducta y puntualidad para atender sus obligaciones. Expresa que lo indicado por el Obispo sobre el máximo que puede entregase a réditos, debe interpretarse como consejo y no como prescripción. Hace saber que la casa afectada, sita sobre la plaza, reditúa $ 200 anuales de alquiler y circunstancia que no se da en otra finca de la ciudad, y que la dote de su esposa, que comprende la otra parte de dicha casa, que posee en patrimonio su hijo el Ministro Juan Eugenio y muchos otros bienes, es suficiente como igualmente la chacra, que si bien pesa sobre ella una obligación de $ 500, solo la postería de ñandubay que sirve de cerca vale $ 700, sin contar la edificación, terreno, esclavos y haciendas. Se resuelve que el Escribano certifique dicha deuda, como la que tiene con la Capilla de Guadalupe, que el cuerpo desconoce, y se le pase el expediente a Larrechea. No asistió a estas deliberaciones, su hermano el Alcalde 2º Martín Francisco de Larrechea. Respecto de Lucas de Echagüe, el cuerpo determina que la pensión impuesta por su hermana, María Ignacia, a la parte de casa que le dejó, no se ha justificado hasta el momento, y por tanto, es suficiente. Sobre esta obligación, y hasta que Echagüe regrese del Paraguay, se compelerá al Dr. Francisco Antonio de Vera de las seguridades pertinentes. Mediante pedimento, el Procurador Síndico General, presenta un “presupuesto cálculo” sobre las poderosas ventajas que se brindará al R. Erario si la conducción de azogue a Potosí, se hace por esta ciudad. El cuerpo declara que dicha propuesta, es beneficiosa igualmente para esta ciudad, por lo cual estima que debe someterse al Virrey; 1º: por la “pobreza y deterioro en que se va esta ciudad por la falta de comercio” aunque se debe aclarar que si bien en algunos tiempos ha escaseado la yerba para el consumo, siempre ha habido algún expediente para el comercio con Córdoba, Chile y Perú; 2º que para ser factible la conducción del azogue por el camino a Santiago, deberá erigirse el fuerte de Sunchales, y adelantar 6 leguas el del Tío, de la ciudad de Córdoba, trasladándolo al paraje de los Altos, por la travesía de 36 leguas entre el Cululú y la Laguna del Toro, que aunque es zona de aguados, aún con mucha sequía, estableciéndose dichos fuertes, con los pozos que habrán de cavarse, desaparecerá completamente este problema y porque con dichos 2 fuertes y los 4 que posee la ciudad, se “hará un cordón” imposible de atravesar por los indios, que permitirá una segura conducción del azogue. Se resuelve elevar al Virrey toda la documentación del asunto. Se dispone remitir al Virrey el duplicado de la representación que, el 7 de abril le cursó el Alcalde de la Hermandad de los Arroyos, Gabino Acevedo. Se accede a extender el Comandante de Armas testimonio del informe que produjo el Cabildo, en su favor, al Virrey Pedro de Cevallos de 1777, advirtiéndole que las representaciones las haga como corresponde, pues si se vale de un oficio no se le admitirán. En atención a que en el escrito presentado por el Procurador General en su oposición a los $ 500 entregados a Juan Francisco de Larrechea. Se consigna quedarse con un tanto del pedimento, se ordena al actuario autorizar a los documentos, y que haga comprender a todos el respeto y sumisión que le debe al Cabildo. El cuerpo dispone que a continuación del acuerdo de 1774, en que consta la distribución del Colegio de los expulsos, se agregue la liquidación del ramo del Hospital, con sus principales y réditos, hechos hasta el 6 del corriente, y que el cirujano Manuel Rodríguez y el boticario Felipe Reynoso hagan sus presupuesto anual par mantener 6 camas. El informe, que se hará con intervención del Procurador General, será elevado al Virrey.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe