- Se estima que para hacer frente a los diferentes gastos de guerra sonnecesarias de11 a 12.000 pesos, y como los recursos propuestos noson suficientes, se fijan los siguientes: por cada tercio de yerbaque sale de la provincia, 4 reales; por cadaarroba de algodón, azúcary tabaco que entra, 2 reales; por cada arroba de carretasfletadaspor vecinos, 1 real; lo mismo de las carretas que entran, 2 reales; lascargasde vino, aguardiente y otros géneros de peso, 1 cuartillopor arroba; los vacunosque saquen los comerciante y forasteros elcuatro por ciento; por cada mula que salgao transite por la jurisdicción,1 real. Copia del acuerdo sería presentado a su señoríapor el alférezreal y regidor propietario Francisco de Vera, quienes le informarían
- Se estima que para hacer frente a los diferentes gastos de guerra son necesarias de 11 a 12000 pesos, y como los recursos propuestos no son suficientes, se fijan los siguientes: por cada tercio de yerba que sale de la provincia, 4 reales; por cada arroba de algodón, azúcar y tabaco que entra, 2 reales; por cada arroba de carretas fletadas por vecinos, 1 real; lo mismo de las carretas que entran, 2 reales; las cargas de vino, aguardiente “y otros géneros de peso”, 1 cuartillo por arroba; los vacunos que saquen los comerciantes y forasteros, el 4 por ciento; por cada mula que salga o transite por la jurisdicción, 1 real. Copia del acuerdo sería presentado a “Su Señoría” por el Alférez Real y Regidor Propietario Francisco de Vera, quienes le informarían sobre el particular.
- Con el propósito de aclarar cualquier duda en la interpretación de losimpuestos creadospara hacer frente a los gastos de la guerra defensiva,de acuerdo con el auto delgobernador del 5 del corriente, se resuelvefijar así los gravámenes: entrada de yerba,2 reales por tercio;salida, 4 reales, con excepción de la que va a Buenos Aires;salidade tabaco, azúcar, y algodón, 2 reales por arroba; entrada y salida decargasde carretas de vecinos, 1/2 real por arroba, ídem de forasteros,1/2 por arroba; vinoy aguardiente, 4 reales por botija; por cadamula que salga o transite por ja jurisdicción,1 real. Se derogatodo lo resuelto con anterioridad, que se oponga a lo ahora establecido.
- Con el propósito de aclarar cualquier duda en la interpretación de los impuestos creados para hacer frente a los gastos de la guerra defensiva, de acuerdo con el auto del Gobernador del 5 del corriente, se resuelve fijar así los gravámenes: entrada de yerba, 2 reales por tercio; salida, 4 reales, 4 reales, con excepción de la que va a Buenos Aires; salida de tabaco, azúcar y algodón, 2 reales por arroba; entrada y salida de cargas de carretas de vecinos, ½ real por arroba, ídem de forasteros, ½ por arroba; vino y aguardiente, 4 reales por botija; por cada mula que salga o transite por la jurisdicción, 1 real. Se deroga todo lo resuelto con anterioridad, que se oponga a lo ahora establecido. Los capitulares designados al efecto, con el poder necesario, solicitarían al Gobernador la aprobación de todo.
- No preside el teniente de gobernador Martín de Barúa por hallarse ocupadoen asuntos de guerra, en razón de una noticia de que viene el enemigo.
-Se reciben dos notas del gobernador. Mérito a ellas disponiéndose el envíoa la realaudiencia de La Plata de la documentación relacionada conlos arbitrios propuestos para la guerra defensiva; y se resuelve requerir al teniente de gobernador responda a aquel mandatario: sila ciudad cuenta con eficiente defensa, si el nuevo fuerteservirá para evitar la destrucción de las chacras y granjas que quedan, en razón de estar abandonadas las que existían sobre los ríos Paraná, Salado, Saladillo y Cululú,y si es conveniente la coronación de los fuertesdel Salado y Rincón.
- El alcalde provincial Antonio Márquez Montiel solicita se recabe del gobernador licenciapara recoger ganado enlos ríos Uruguay y Negro. Ofrece como compensación el séptimodela vaquería y quiniestos caballos. El decreto se consigna al pie de lapetición.