- El Alcalde 1º hace presente que al asumir la vara se le diputó continuar con la obra de la casa capitular, y que al requerir los materiales y herramientas, el Mayordomo no supo darle más noticia que había entregado varias libranzas a (José ) Teodoro de Larramendi, que estaba de justicia Mayor y encargado de la obra, como se ve en los citamientos de cal y piedra de una pieza. En razón de estar Larramendi en Chile, y el Mayordomo receptor no puede suministrar ningún dato por hallarse las cuentas en Buenos Aires, se resuelve que el Alguacil Mayor le entregue los materiales y herramientas existentes. Mediante pedimento, José Antonio Nieva, solicita de merced medio solar sito en el ejido que linda: Este calle real en medio con tierras de Santo Domingo; Oeste: Antonia Toledo; Norte: casa de Matías Coscueta, y Sur: calle real. Se le concede ¼ solar. El Alcalde 2º hace presente la necesidad de reparar unos cuartos de las Temporalidades, destinados al alojamiento de los presos, en razón de estarse esperando la cárcel. El cuerpo dispone que los gastos se imputen a los propios. La misa cantada que el 4 obedeció oficiarse a San Francisco Javier, se dispone para el miércoles 16 en la Iglesia Matriz. De ello se notificará al Vicario Dr. Francisco Antonio de Vera Mújica.
- Mediante oficio, el Comandante de Armas responde a la vista que se le dio del pedimentos del Procurador Síndico General, haciendo saber que encuentra muy conveniente la traslación de los fuertes a lugares más avanzados, que por su parte viene gestionando desde 1784. Añade que colaborará con el cuerpo para elegir los nuevos sitios para los fuertes. Se resuelve elevar al Virrey testimonio de toda la documentación del asunto, junto con el informe pertinente. Por pedimento, el P. Jubilado Fr. José Córdoba Cura Coadjuntor de San Francisco Javier, en nombre del Cura Doctrinero, P. Jubilado Fr. Julián de Obelar, informa sobre la “notoria indigencia” que padecen los mocovíes del pueblo, causa por la cual viven dispersos en los campos y ríos, robando haciendas y sin ninguna sujeción pues “no tienen Corregidor ni castigo” y ellos no pueden reprenderlos por falta de auxilio. Señala que han representado esta situación al Superior Gobierno y que hace más de un año y 8 meses que no tiene efecto la ayuda de ganado que dispuso el Virrey Marqués de Loreto, en ocasión que el Cacique Corregidor Manuel Navedanac, le expuso en persona, estas necesidades. El cuerpo resuelve informar al Virrey remitiéndole el mencionado pedimento. Por escrito, Mateo Javier López Pintado, solicita levantar información de su linaje s fin de poder hacer postura al empleo de Escribano público. Se le indica que ocurra a cualquiera de los Juzgados. El Presidente presenta la cuenta de los gastos hechos en reparar los cuartos que ahora sirven de Cárcel y solicita una asignación para el maestro Esteban Tast. Se dispone pasarla a la Junta de Propios y Arbitrios, con indicación que dispone el pago a Tast con la mayor equidad, en razón de la escasez de fondos. En razón de hallarse en la ciudad el Provincial de los Mercedarios, se dispone solicitarle ordene a Fr. Isidro Cáceres pase a hacerse cargo del Curato del pueblo de San Jerónimo. Respecto del pedido de certificación formulado por Bernardo Garmendia diferido el 22 de septiembre de 1790, el Alguacil Mayor expone que no le consta su versación como Sargento Mayor de Frontera y Capitán de Blandengues, ni los motivos por los cuales informó en su contra Juan Francisco de la Riva Herrera, que fue Comandante de Armas y Presidente de la Junta de Temporalidades de Santa Fe, Sargento Mayor de la Plaza de Buenos Aires, y últimamente Gobernador de Valparaíso (Chile). Expresa que Francisco Solano Frutos, Bernardo Serrano y Mateo Lencinas le antecedieron como Capitán de la Compañía de Blandengues, y que a este último, que ejerció el empleo más de 20 años, lo separó el Teniente de Gobernador Joaquín Maziel para reemplazarlo por Garmendia, a quien Riva Herrera lo separó también para reponer a Lencinas. Los restantes capitulares difiere su parecer, hasta conocer el pedimento de Garmendia.
- Se aprueban los gastos hechos en el novenario para el feliz éxito de las armas en la guerra contra Francia, que importan $33 y 2 ½ reales, habiéndole entregado al Alguacil Mayor 3 libras, 14 onzas de cera de Santiago y 3 ½ onzas de cera de Castilla.
- El Alcalde 2º presenta la nómina de vecinos que han contribuido con reses para el fuerte de los Sunchales, que asciende a 83 cabezas que se entregaron a Justo Castañeda de orden del Comandante Militar Prudencio María de Gastañaduy, según recibo del 22 de agosto y la cuenta de los gastos de la recogida que asciende a $37 y 2 reales.
- Mediante pedimento el Procurador General expone que se halla cerciorado que algunos comerciantes de Chile, Perú prefieren comprar y sacar la yerba del Paraguay y Misiones de Buenos Aires, en razón de que en esa ciudad sólo deben pagar derecho de salida 13 reales y 3 cuartillos por cada tercio y en esta 19 reales y 3 cuartillos. La diferencia de 6 reales proviene de que en Santa Fe por no pagarse la entrada se grava la salida. Esto es perjuicio del común del vecindario, pues solo se benefician los pocos que la compran por tercio para el consumo de su casa o para venderla al menudeo. Se propone solicitar al Virrey que los derechos de entrada y salida de la yerba en Santa Fe sean iguales a los de Buenos Aires. El cuerpo resuelve pasar el pedimento a los Ministros de Real Hacienda para su informe.
- Con motivo de la proximidad de la fiesta de San Jerónimo, se dispone publicar el bando acostumbrado para que todo el vecindario, estantes y habitantes, acompañen a caballo el paseo del Estandarte Real, la víspera y su día, y solicitar al Comandante de Armas el auxilio de tropas necesarias.
Obs: en los folios indicados, el acta se ofrece en dos versiones de igual tenor y con las mismas firmas. A la versión de los folios 208 y 208 v le falta la parte anterior.
COPIA
- Copia simple de: Oficio del Alcalde 1º Fermín de Echagüe y Andía, del 16 de septiembre de 1793, a los Ministros de la Real Hacienda de Santa Fe, remitiéndole, para su información, la siguiente presentación: Pedimento presentado al Cabildo por el Procurador General Quirce Pujato, del 26 de agosto de 1793. Manifiesta que se halla cerciorado que algunos comerciantes de Chile y Perú prefieren comprar y sacar de Buenos Aires la yerba del Paraguay y Misiones, en razón de que en esa ciudad deben pagar de derecho de salida por cada tercio 13 reales y 3 cuartillos, y en esta 19 reales y 3 cuartillos. Señala que la diferencia de 6 reales proviene de que en Santa Fe se grava la salida por no pagarse la entrada. Indica que esto es en perjuicio del común del vecindario, pues solo se benefician los pocos que adquieren la yerba en tercios para el consumo de su casa o para la venta al menudeo. Por no perjudicar el Real Erario y a los que la introducen, propone solicitar al Virrey que los derechos de salida y entrada de Santa Fe sean iguales a los de Buenos Aires.
- Providencia del Cabildo de Santa Fe del 16 de septiembre, acordando trasladar el pedimento a los Ministros de Real Hacienda.
- Informe de los Ministros de Real Hacienda de Santa Fe Juan José Morzillo Baylador y José Domínguez de Zamora, del 28 de septiembre de 1793. Señalan que conceptúan “justa, útil, equitativa y beneficiosa” la propuesta del Procurador General, porque mediante ella podrá conseguirse que esta “cadavérica ciudad” aminore “la general miseria que la conduce a su exterminio”, situación ésta provocada por la falta de comercio, que padece desde que se la privó del puerto preciso. Al averiguar el establecimiento de la sisa sólo hallaron en el Archivo de la Real Hacienda la Real Cédula del 27 de octubre de 1728 que impone a cada tercio de yerba que entra a Buenos Aires para su consumo 6 reales y 12 para la extracción a las provincias de Chile y Perú. Señala que ha sido práctica constante en la capital pagar 6 reales de entrada y otros 6 de salida, y que en Santa Fe la entrada no se paga, gravándose en 6 reales la salida a los partidos y a Buenos Aires, la misma cantidad y 12 cuando se extrae para las provincias interiores, razón por la cuál los comerciantes del Paraguay y los compradores se dirigen a la capital. Señala que el mercader que saca de Buenos Aires 1.000 tercios de yerba, debe pagar por cada una 13 reales y 3 cuartillos –6 de sisa y 7 y ¾ de arbitrios- sumando $1718 y 6 reales; y el que hace la misma operación en Santa Fe tiene que abonar por tercio 19 reales y 3 cuartillos –12 de sisa y 7 y 3 cuartillos de arbitrios- totalizando $2468 y 6 reales. Por esta diferencia nadie quiere venir a Santa Fe, ni los comerciantes del Paraguay ni los compradores de Chile y Perú. El establecimiento de lo solicitado por el Procurador General resultaría ventajoso para todos: a los comerciantes del Paraguay porque descargando en Santa Fe evitarían el riesgoso camino a Buenos Aires, la entrada al puerto de Las Conchas, la conducción por tierra a Buenos Aires, el costo de las carretillas y el almacenaje; a los compradores porque desde Tucumán tienen camino derecho a Santa Fe poblado y provisto de auxilio, asegurado hoy por el fuerte de los Sunchales, sobre dicha ruta, pajas y demás elementos para la reparación de sus carretas y boyadas y reses para el consumo. Reitera que lo solicitado resultará en beneficio general y de Santa Fe, broquel que asegura y defiende a las restantes ciudades del asedio de los infieles del Chaco, cuya onerosa guerra y la falta total de comercio, la lleva a su exterminio y desolación. Insta al cuerpo a lograr que se concrete la solicitud.
Obs: En blanco folio 215 v y la mitad inferior del folio 215.
- En respuesta de la vista que se le pasó sobre la representación que los paraguayos hicieron al Virrey sobre quitarse el derecho de Arbitrios concedido a esta ciudad sobre la yerba que pasa abajo y a las provincias de Perú y Chile, el Procurador General señala la falsedad de lo expuesto por aquellos, por la Real Cédula que cita, posteriores a la que refieren. A su propuesta, el cuerpo dispone requerir al Teniente de Gobernador un informe sobre la situación de esta frontera y la necesidad de que esté bien guardada de tropas. Ante la información producida por Francisco Ramírez sobre la eficacia que tuvo en el desempeño de la Comisión que se le confirió el año pasado en el partido de su residencia, con testigos del Carcarañá, y corroborado con las certificaciones del Cura de Coronda, y el Padre Guardián del Convento de San Carlos, el cuerpo resuelve nombrarlo Juez Comisionado desde el os puntos de los Desmochados hasta el arroyo de Monje, quedando desde allí hasta las Barrancas a cargo del Comisionado José Guerreño. Se designa, también Comisionado a Pedro José Cabral, vecino del ( ), “dándosele por término desde allí hasta el arroyo de Crespo al Sur”.