Resultados 55 - 60 de aproximadamente 276 de "Larramendi Jose Isidoro de" en período de 1532 a 1900
56.
Perteneciente al 1 de Enero de 1761
Tomo XIII A, XIII 187 y v

- Elección a Manuel anual. Por unanimidad, resultan electos: Alcalde 1º y Juez de Rentas: Javier Narciso de Echagüe y Andía; Alcalde 2º y Juez de Menores: José Gabriel Lacoizqueta; Procurador General y Defensor de Menores Pobres: Manuel Fernández de Therán; Alcalde de la Hermandad de Los Arroyos; Jorge Montiel; Alcalde de la Hermandad del Paraná: Juan González de Zetúbal; Mayordomo: José Gabriel Aguirre. El Teniente de Gobernador aprueba la elección, y se omite citar a los electos “por estar actualmente el tiempo en copiosa lluvia”. El Alférez Real y el Regidor decano Juan de Zevallos se hacen cargo, en depósito, de las varas de Alcalde ordinarios.

Obs. Falta el encabezamiento del acta.

57.
Perteneciente al 7 de Enero de 1761
Tomo XIII A, XIII 187 v a 189

- José Gabriel de Lacoizqueta asume como Alcalde 2º. Se dispone citar a los restantes electos, y elevar al Gobernador testimonio del acto eleccionario para su aprobación. Se abre el punto a las causas civiles y ordinarias. Se reitera la “inmemorial costumbre” de los Alcaldes ordinarios, de portar el Estandarte el Jueves y Viernes Santos. Se difiere la fijación de precios a los abastos. El Regidor José Crespo se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor, y se ordena la visita de tiendas y pulperías. Mediante un escrito se hace presente el título de Síndico de los Santos Lugares de Jerusalén, dado a favor de Manuel Nepo, por el Obispo. Por estar dirigido al Regidor Juan de Zevallos y no al Cabildo, se suspende su consideración.

58.
Perteneciente al 19 de Enero de 1761
Tomo XIII A, XIII 189 a 190 v

- Javier Narciso de Echagüe y Andía y Manuel Fernández de Therán, asume como Alcalde 1º y Procurador General, respectivamente. Se consideran los precios de los abastos, y se comete al Alcalde 1º, y al Fiel Ejecutor hacer los arreglos necesarios para que los hacendados provean los vacunos para el consumo. Ante la ausencia del Escribano Cabildo, se dispone pagar partes de los $ 30 anuales de la pulpería que aquél tiene acordada. El Regidor Juan de Zevallos propone que los acuerdos capitulares se efectúen los lunes y en caso de feriado, el día siguiente, a fin de no paralizar las causa, y en cumplimiento de las ordenanzas de la Provincia. Se difiere la determinación para verificar si éstas rigen o no, caso afirmativo, se ordena su cumplimiento. Juan González de Zetúbal y José Aguirre asumen como Alcalde de la Hermandad y Mayordomo, respectivamente. Se ordena tomarle cuentas al Mayordomo anterior. A su pedido, se concede de merced a Bernardor de Acosta un cuarto de solar “en las riberas del arroyo”.

59.
Perteneciente al 7 de Febrero de 1761
Tomo XIII A, XIII 190 v a 191 v

- Se aprueban las cuentas del Mayordomo anterior, que arrojaron un saldo de $ 11 y 6 reales, suma que se entregó al actual, José Gabriel Aguirre. A su pedido, se concede de merced a Petrona González, “vecina viuda y pobre”, un cuarto de solar en la ciudad. Se resuelve, en virtud de reales ordenanzas, que los acuerdos capitulares se efectúen los lunes y, en caso de resultar feriado, el día siguiente. José Montiel asume como Alférez Real.

60.
Perteneciente al 17 de Febrero de 1761
Tomo XIII A, XIII f 191 v a 192 v

- En respuesta a la consulta que formuló José de Ramos Recaudador de Arbitrios en Buenos Aires, por carta del 9 de septiembre último, sobre las 19 carretas que despachó a Chile con 380 tercios de yerba, el Procurador del Colegio de aquella ciudad, P. Andrés de Atina, y de propiedad de la Compañía de Jesús del Paraguay, se le informa que dicha congregación está exenta de pagar derechos por especias privilegios que para ello tiene, pero que sus Procuradores deberán presentar certificación jurada de todos los envíos. El Procurador General, en un escrito de 10 fojas, solicita el cumplimiento de las Cédulas y Provisiones Reales referentes al comercio de los barcos y haciendas que bajan del Paraguay, en razón de que está, “invirtiendo”, dichos mandatos. El cuerpo accede y ordena la ejecución de los referidos mandatos en manto cabe a sus facultades, y postergan su determinación para imponerse de los cláusulas “del citado difuso pedimento”.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe