- Con motivo de haber rechazado el cuerpo la fianza que ofreció Dominga Maziel a favor del Depositario General Manuel Carballo, éste presenta a Melchor de Echagüe, para que lo constituya de mancomún con José de Valdivieso. No se admite por hallarse impedido en razón de las fianzas que tiene otorgadas ante la Real Hacienda por dos Tesoreros; a favor del Convento de San Francisco por $1300 que es deudor Felipe Vega; a favor de la memoria del finado Bartolomé Diez de Andino por $1500 que debe Manuel Muñoz; por ser deudor de varios censos y de las cantidades que en 5 años ha recibido del noveno y medio de diezmos pertenecientes al Hospital y además, por ser responsable de la dote de su mujer.
- Ante la respuesta dada por el Procurador General José de Uriarte, a la información que levantó el Comisionado del Rosario, se resuelve dejar copia de todas las actuaciones y elevar los originales al Gobernador. El Regidor José Isidoro de Larramendi propuso que, antes de ello, se girara el expediente al Teniente de Gobernador para que dicte su parecer.
- Visto que en la información levantada sobre el cobro de cuatro reales por cada carreta que entra a la jurisdicción con abasto de trigo, Miguel Martínez declara que “lo hacía sin evidenciarse”, se resuelve exhortar al Teniente de Gobernador para que ordene la comparencia de dicho militar a un nuevo interrogatorio.
- Igual diligencia se dispone para que el Capitán de Forasteros, Juan Antonio de la Lastra, presente declaración en la información hecha sobre la demanda que efectuó para costear las corridas de toros, en razón de no constar la orden que tuvo para ello.
- Mediante un escrito el Depositario General Manuel Carballo ofrece a Juan Francisco Roldán, Felix Troncoso, Antonio Barrenechea y Matías Maziel para que de ellos el cuerpo elija a quien se constituirá en su fiador, de mancomún con José de Valdivieso. Se indica a Matías Maziel, siempre que conste estar emancipado. Y respecto de los “ultrajes y dicterios” que contiene dicho escrito, se resuelve informar al Gobernador con la documentación correspondiente.
- Juan Manuel de Labardén, Teniente General y Auditor de Guerra, por nota, responde al Alcalde 2º que por hallarse ocupado en el registro de los papeles pertenecientes a los Colegios de la 4 Provincias, está impedido de evacuar la consulta que le hizo el cuerpo sobre las fianzas de los Recaudadores de Arbitrios. Se resuelve que la consulta sea formulada por el Gobernador.
- Mediante pedimento Juan Antonio de la Lastra, Apoderado del Regidor José Antonio Fernández Villamea, presenta la providencia del Gobernador del 12 del corriente, por la cual prorroga 18 meses más de los 8 concedidos por su antecesor, la licencia. El cuerpo se da por enterado.
- Por memorial Pedro Fernández, vecino de Mendoza, solicita licencia para extraer 2000 cabezas de ganado. Por carecer el cuerpo de facultad para concederla, se le indica que la obtenga ante el Gobernador.
- Ante el estado ruinoso en que se halla en enmaderado y techo de esta sala, y en razón de la falta de propios, se resuelve solicitar al Gobernador conceda facultad al cuerpo para otorgar licencias para extraer ganados con la condición que sus titulares contribuyan con la cantidad que se les señale. Para abonar el pedido, se elevará una apreciación de costos hecha por Maestros Albañiles y Carpinteros.
- Mediante memorial, José Joaquín Ayrala solicita de merced medio solar sito en el sur de la ciudad. Se le concede.
- Por otro memorial Bernardo Flores solicita de merced medio solar. Se le concede un cuarto.
- Ante la proximidad de la fiesta de los Desagravios, se disponen los repiques y las invitaciones.
- El Regidor Aldao considera viciada de nulidad la recepción del Alguacil Mayor Cayetano Jiménez, sustituto de José Manuel Troncoso, menor de edad y titular, por renuncia que en su favor hizo su padre Manuel Troncoso. Señala que el “Gazofilacio Real del Perú”, en el tratado de las calidades de renunciaciones, y las leyes 22, título 10, libro 4º y 44, título 2, libro 3º de la Recopilación de Indias, prescriben que los ejercicios deben ser ejercidos por sus propietarios y no por sustitutos, sin que a ello se oponga la Real Cédula que declara válida las renuncias hechas en personas indeterminadas. Solicita testimonio del presente acuerdo y del que asumió Cayetano Jiménez. El cuerpo obedece las leyes citadas, dispone la entrega de las copias, y declara que actuó en cumplimiento de superior despacho proveído por el Real Tribunal de Hacienda.
- El Alcalde 2º hace saber que en virtud de lo acordado el 20 de noviembre, el día 23 libró exhorto al Teniente de Gobernador para que ordenara al Capitán de Forasteros Juan Antonio de la Lastra y al Ayudante Miguel Martínez, prestasen declaración en las informaciones dispuestas por el cuerpo. Por no haberse tenido respuesta alguna, se ordena elevar los expedientes al Gobernador.
- Dicho Alcalde 2º hace entrega de $42 con destino a propios de ciudad, que obtuvo de las multas aplicadas a Jerónimo Jaques y José Barco, condenados por tercias partes, y a dos indios, cuatro mujeres, un mulato, un mendocino.
- El Alcalde Provincial declara que la prohibición dispuesta para impedir la extracción de grasa, sebo y ganado es insuficiente para evitar la ruina de las haciendas de Santa Fe y su jurisdicción. Señala que en tres años casi han desaparecido los ganados, al punto que no hay criador que tenga y pueda para rodeo; y que el diezmo, que años atrás alcanzaba a 6000 vacas, ahora es ínfimo. Recuerda que el Gobernador José de Andonaegui prohibió la extracción a otras provincias y la matanza a “vacas hembras”, disposición, ésta última, que aún se cumple en Buenos Aires. Propone que en cada partido se haga una recogida general, y que los criadores separen los animales, repartiéndose los “orejanos” en forma proporcional a los que poseen ganados. Luego, como se hizo hasta 1767, el ganado debería sujetarse a corral y pastoreo. Para la medida sugerida señala la necesidad de designar “un sujeto perito en el campo y de acreditada conducta”con las facultades necesarias. El cuerpo accede a la moción en todos sus términos, y lo faculta para el nombramiento de los referidos comisionados.
- El Alcalde 2º informa que remitió al Gobernador los sumarios obrados para investigar sobre los 4 reales que se cobraban a cada carreta cargada de trigo, y sobre la derrama hecha por Juan Antonio de la Lastra para la fiesta de los toros, conforme a lo resuelto en el acuerdo del 10 del corriente, en cuyo día, a las seis de la tarde, se le hizo notorio un auto que proveyó el Teniente de Gobernador, respondiendo al exhorto del 22 del mes anterior.
- Se aprueba “el costo del ornamento, espaldar y cielo para la Capilla del Cabildo” y se ordena pagar $58 y 3 reales por haberse ya entregado a José Tarragona los $100 restantes.
- El Alcalde 2º entrega el inventario de los papeles pertenecientes “al oficio de los Escribanos de Cabildo”. Se dispone su archivo en el arca y que al finalizar cada año los Alcaldes anoten las causas finalizadas y las que quedan pendientes.
- El Alcalde 1º informa haber entregado $12,4 reales por multas y entrega para propios de ciudad $11,4 reales del mismo concepto, por las condenaciones hechas a Bernardo Garmendia, José Ventura y Juan Antonio de la Lastra.