Resultados 60 - 65 de aproximadamente 302 de "Escribania de Hacienda" en período de 1532 a 1900
61.
Perteneciente al 30 de Abril de 1737
Tomo X B, X f 380 v a 381

- El Maestre de Campo Esteban Marcos de Mendoza, en cumplimiento de lo acordado por el Cabildo el 26 y 27 del corriente, sobre constitución de fianzas para entrar al ejercicio de Tesorero, en plazo de 3 días y bajo la pena de $ 1000, solicita vista de los autos respectivos y apela la medida ante el Gobernador, y la Real Hacienda. Con la oposición del Alcalde 2º, que admite el recurso, re resuelve diferir el tratamiento del pedido. También se posterga la petición del Alcalde de la Hermandad, Carlos Rosa.

62.
Perteneciente al 7 de Junio de 1737
Tomo X B, X f 388 a 389

- Se recibe carta del Gobernador y Oficiales Reales, en acuerdo de hacienda, del 21 de mayo, ordenando el procedimiento para que Esteban Marcos de Mendoza asuma como Tesorero; y auto del día 20, relativo a las finanzas que debe dar. Se comete al Alcalde 1º verificar y reconocer las bienes del Tesorero, y la entrega de la Real Caja.

63.
Perteneciente al 25 de Noviembre de 1737
Tomo X B, X f 403 v a 404

- Ante la nueva respuesta de Esteban Marcos de Mendoza al segundo requerimiento para que constituya que debe dar para su desempeño como Tesorero, se resuelve elevar las actuaciones al Gobernador y Real Hacienda, y que el Regidor Zevallos prosiga con los autos obrados al respecto.

64.
Perteneciente al 16 de Diciembre de 1737
Tomo X B, X f 406 a 407 v

- El Gobernador de Tucumán, por nota suscripta en Córdoba el 20 de noviembre, remite la certificación sobre varios puntos que le solicitó la ciudad. Se traslada al Procurador General. Por carta del 4 del corrientes. El Gobernador y la Real Hacienda, requieren los autos obrados sobre la fianza del Tesorero Esteban Marcos de Mendoza. Por petición, el Procurador General expone el riesgo que corre la ciudad de ser asaltada, según el anuncio de una cautiva que rescataron en el valle Calchaquí unos vecinos de Santiago, y solicita remedio para dicha situación. Refiere, también, a la falta de comercio y a la desolación de los vecinos, intimando la Real Cédula de los Arbitrios y el auto expedido al respecto por el Gobernado. Sobre lo primero, se exhorta al Teniente de Gobernador a dar las providencias necesarias. Respecto de los puntos restantes, se dispone elevarlos al Gobernador. El Teniente de Gobernador hace saber que hará la reseña de los vecinos.

65.
Perteneciente al 15 de Noviembre de 1738
Tomo X B, X f 439 v a f 441

- El Regidor Juan de Zevallos se refiere a la continuación de $ 1200 impuesta por cédula y Provisiones Reales, considerada ene el acuerdo del día 6. Propone iniciar la asignación que le corresponderá a cada vecino, teniendo en cuenta que la nómina del partido de Los Arroyos ya se ha entregado, y dejando para más adelante la del Paraná, en razón de que el primero es el “más sustancial”, tanto para sus haciendas como vecindad, mientras que el segundo posee poco pobladores y se hallan ausentes en su mayor parte. Expresa que de demorarse la diligencia, los escasos comerciantes que hay en la ciudad se retirarán. Señala, además, la total falta de dinero “que no corren en esta ciudad”, por carecerse de comercio. El cuerpo decide practicar el reconocimiento del día 17.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe