- No asiste el Escribano Mateo Javier López Pintado por tratarse en este acuerdo asuntos que le conciernen. Se resuelve elevar a la Real Audiencia el informe que ordenó por carta del 5 de noviembre, sobre la representación que le hizo el mencionado Escribano. A propuesta del Teniente de Gobernador, el cuerpo resuelve, por unanimidad, testar los términos “don” y “doctor” con que el Escribano Mateo Javier López Pintado antecedió a su firma en el acta del 30 de noviembre último, por no haber acreditado, con título u orden superior, la autorización par su uso; ser un hecho “contra el decoro y respeto” que debe tener el cuerpo; y advertirle que se abstenga de utilizarlos en adelante. El mencionado Escribano presenta un despacho y decreto del Virrey, de fecha 29 de octubre, en que ordena la entrega inmediata de los papeles de la escribanía que sirve, y se le informe los motivos que determinaron la falta de cumplimiento de dicho mandato. El cuerpo resuelve entregarle dicha documentación y los expedientes que se hallan en giro en los Juzgados, y depositar en el arca de 3 llaves las cédulas, provisiones, órdenes superiores, libros capitulares y todo otro papel que se refiera a fueros y privilegios, por corresponderle al cuerpo su guarda y custodia, como igualmente los protocolos de escrituras y causas antiguas fenecidas. La entrega se hará bajo inventario, y se exceptuarán los expedientes que a él se refieran. Dicho Escribano no podrá extender testimonio sin la orden o autorización del cuerpo. Este depósito se hace para evitar “perdidas o extravíos irreparables”, pues verificarse en la casa de Escribano puede ocurrir, como ya aconteció, que esos papeles sean “el juguete de los vientos y las aguas”. Respecto del informe, se solicitará prórroga para producirlo, por los muchos antecedentes del asunto que hay que reunir. Por tener que ausentarse al Paraguay el Alférez Real Juan Francisco Roldán se hace cargo del turno de Fiel Ejecutor. Manuel de Echagüe asume como Procurador General sustituto del corriente año.
- Son aprobados los gastos hechos para la reedificación de la pieza o “camaranchón” del oficio de Misiones que será destinada a Cárcel, presentada por el Alférez Real que asciende a $ 259 y ½ real. Por haberse dispuesto $ 250 para dicha obra, se oficiará a la Junta de Propios y Arbitrios para que abone el exceso.
- En cumplimiento del despacho confirmatorio de la elección anual, José Tarragona revalida su juramento de Alcalde 1°, Lucas de Echagüe y Andía, asume como Alcalde 2° y Juez de Menores; Salvador Ignacio de Amenábar, revalida como Procurador General y Defensor de Menores, y Juan Noseras, como Mayordomo.
Obs. : Testada, la abreviatura “Drn. ” que precede la firma del Escribano.
- Se abre el punto a las causas civiles. El Presidente, Alcalde 1° solicita al Escribano Mateo Javier López Pintado se sirva retirarse de la sala por tener que tratar un asunto que le concierne. Este accede, y dicho Alcalde 1° expone que “una de las funciones peculiares de dicho escribano, como secretario de este ilustre Ayuntamiento”, consiste en llevar y escribió la correspondencia de oficio, por no ser propio que un extraño la haga en razón del sigilo que debe guardarse sobre las materias que se tratan, y ser ella una obligación anexa a su empleo, como la atendieron los antecesores inmediatos, Gregorio Antonio de Segade y Ambrosio Ignacio Caminos, que lo fueron de Cabildo, Juan Antonio Duque, público, y Francisco de Paula Dherbe, real. Atento a que por su capricho pretende eximirse de esa obligación, atrasando incomodando al despacho de los oficios, propone dar cuenta al Virrey, y entre tanto éste decide, se le suspenda la paga, en lo referente al Cabildo como a la junta de Propios y Arbitrios, en la cual, también se ha negado a lo mismo. El cuerpo accede, y restituido a la Sala, López Pintado solicita se testen los testimonios “impertinentes, necias, y terquedad” de la exposición del Alcalde 1°, por ser agraviantes. Manifiesta que no existe ninguna ley que establezca la referida condición, para que se desempeñe como amanuense y que no ha podido demostrar que dichas ocasiones inherentes a su oficio, de acuerdo con los términos del remate. Añade que la suspensión de su paga es injusto y que el Cabildo carece de facultad para imponerle esa obligación, pues debe recibirlo con las obligaciones que S. M. le impone. Propone que se le prueba que debe cumplir con esa ocupación. El cuerpo difiere la determinación. Ante la respuesta del Procurador General a la vista que se le dio de la representación del mencionado Escribano solicitando la entrega del Archivo de la ciudad, el cuerpo ratifica la determinación en el acuerdo del 1° de diciembre último, y se elevan todas las actuaciones al Virrey, para su aprobación.
Obs. : Testada, la abreviatura “Drn. ” que precede la firma del Escribano.
- Por oficio del 13 del corriente, el Teniente de Gobernador Prudencio María Gastañaduy, participa que marcha a la frontera y que por enfermedad del Ministro más antiguo de Real Hacienda Juan José Morcillo Bailador, queda de subdelegado el Tesorero Francisco Javier de Vida. El Sargento Mayor José de la Rosa asume como Alcalde de la Hermandad del Partido de la Capilla del Paraná. Por ausencia del Alférez Real José Teodoro de Larramendi y del Regidor decano Juan Francisco Roldán, juramento el Alguacil Mayor.
Obs. : Testada, la abreviatura “Drn. ” que precede la firma del Escribano.