Resultados 65 - 70 de aproximadamente 70 de "Sebos" en período de 1532 a 1900
66.
Perteneciente al 13 de Febrero de 1792
Tomo XVI A, XVI f 123 v a f 125

- Se aprueba el título de Teniente de Alguacil Mayor a favor de Francisco Acosta, extendido por el propietario José Manuel Troncoso, y el designado jura y asume.

- Se considera la resolución de la Real Audiencia del 15 de enero de 1790, sobre los perjuicios que resultan al ramo de penal de Cámara, al franqueo de los pliegos y cartas que se dirigen a este tribunal y que establece que el parte deberá correr por cuenta de las partes y en donde no haya fondo se arbitrarán los medios para hacer frente a estos gastos, cuando los actores carezcan de bienes. El cuerpo decide proponer al Virrey cobrar ½ real por cada cabeza de ganado y cada arroba de sebo y grasa que se extraiga de la jurisdicción, excepto las dirigidas a Buenos Aires, y que la recaudación y cuentas queden a cargo del Mayordomo de propios.

67.
Perteneciente al 9 de Junio de 1792
Tomo XVI A, XVI f 138 y f 138 v

- El Procurador General expone que para responder a la vista que se le dio de la presentación que José Godoy y Plaza hizo al Virrey, era necesario recontar las haciendas existentes en la estancia de San Antonio. Al efecto, el cuerpo designa a Francisco Borja y Matías Alzogaray para que lo hagan a la mayor brevedad.

- Por no haberse tenido respuesta del Virrey al impuesto que se le propuso de medio real por cabeza de ganado y arroba de sebo y grasa que se extraiga a otras ciudades, con excepción de Buenos Aires, de acuerdo con lo determinado el 13 de febrero último, se resuelve reiterar la instancia en atención a la urgente necesidad que se atraviesa con las continuas fugas de los presos.

68.
Perteneciente al 11 de Noviembre de 1793
Tomo XVI A, XVI f 227 v a f 232

- Continúa el tratamiento de la propuesta del Comandante de Armas. El Alguacil Mayor manifiesta que siendo notorio que no hay más comercio para subsistir que la venta de unas pocas reses para el abasto de la ciudad, indios y fuertes, “si se les priva de este medio”, “se verán precisados a desalojar su propio vecindario”. Respecto de la opinión del Alcalde 1º que el asentista adquirirá el ganado a los criadores señala sus dudas, pues estima que rematará diezmos o los comprará en la otra banda, por más baratos. Sobre la prestación de carretas, expresa que con motivo de la construcción de los fuertes, los vecinos han tenido que dedicarse al transporte de materiales, abandonando ese medio de subsistencia. Apoya la propuesta del Alcalde 2º de gestionar un gravamen para las carretas que vienen a cargar a esta jurisdicción y que sugiere que ella se extienda a las lanchas y que se imponga la real a cada cuero o arroba de sebo y grasa que se saque, por 8 o 10 años, para con su producto edificar las casas capitulares. El Regidor adhiere al proyecto porque tiene la garantía del Comandante de Armas, cuya conducta y actividad asegurará su éxito. Manifiesta que desde hace mucho tiempo se viene vaticinando la ruina de los hacendados, pero de los 200 o más criadores de la jurisdicción y Coronda, solo la vigésima parte vende a los fuertes y a la ciudad, pues este abasto se hace, en su mayor número, con reses de la otra banda del Paraná y de Los Arroyos; que le parece conveniente que el acopiador Manuel de Echagüe y Andía compre los animales en la otra banda del Paraná, por más barato, porque los hacendados de ésta están acostumbrados a venderlos a mayor precio, cuando los gastos de las estancias, de una y otra parte, son iguales; que no es la venta para el abasto de la ciudad y los fuertes la que le produce ganancias, sino las que hacen a Córdoba, Mendoza y Santiago. El cuerpe resuelve elevar al Virrey, en consulta, la referida propuesta.

69.
Perteneciente al 13 de Enero de 1794
Tomo XVI A, XVI f 245 v a 246 v

- Debido a que los propios no alcanzan a cubrir los gastos anuales de las funciones, partes de cartas y papel sellado, y siendo una de las principales urgencias la reedificación del Cabildo y de la Cárcel – “que se hallan enteramente por el suelo”- y funcionando el 1º en “un cuarto alquilado” y la 2º en más habitaciones contiguas a la Iglesia de los expulso, se resuelve solicitar al Virrey autorización para cobrar los siguientes derechos, hasta tanto se tenga el caudal suficiente para esa obras: ½ real por cada cuero, cabeza de ganado y arroba de sebo y grasa que se extraiga de la jurisdicción; $ 1 por cada tropa de carretas que entre, “por el piso de entrada y salida”; y 10 a cada laucha que entre a este pueblo y al de Paraná, por viaje. Se solicitará, además que el nombramiento de Recaudador de este impuesto quede a cargo del Cabildo. El Presidente hace saber que Joaquín Moya aviso que bajará a recibirse una vez que se restablezca de su Salud. Francisco Piedrabuena asume como Juez Pedáneo de Ascochingas. Por ser preciso su nombramiento, se designa Juez Comisionado del paraje del Tigre, en la otra banda del Paraná al Sargento Mayor Mariano Godoy. Se dispone dar a conocer al Comandante de Armas los nombramientos de Jueces Pedáneos y Comisionados, para que les franquee los auxilios de tropa. Ante la necesidad de Sala Capitular y de Archivo, se resuelve solicitar a la Junta de Temporalidades las dependencias necesarias del Convento de la Merced que se halla desocupado.

70.
Perteneciente al 8 de Enero de 1812
Tomo XVII B, XVII f 562 v a 565

- En vista de la negativa de Francisco Bracamonte de admitir el nombramiento de Recaudador de los nuevos Propios en la Bajada, y para evitar los perjuicios que acarreará la falta de cobranza, se designa interinamente al actual Alcalde de la Hermandad Agustín de Echeverría, a quien se le remitirá la planilla correspondiente. Mediante pedimento, el Procurador General solicita se ordene a los carniceros que provean de carne suficiente al pueblo y de acuerdo al arancel y a los vendedores de grasa no despachar el producto fuera de la ciudad. El cuerpo dispone: que el Fiel Ejecutor verifique que el pan tenga 12 onzas cuando el trigo esta a $ 10 la fanega y 1 libra cuando está $ 8, y que sea de buena calidad, que dicho funcionario no permita la extracción de sebo y grasa hasta que la vecindad esté abastecida, para lo cual se oficiará a los Ministros de Real Hacienda a fin de no despachar guía sin seguridad y que los carniceros no excedan el precio de 3 reales el cuarto de novillo, y 2 ½ de vaca, bajo multa de $ 4, y que ninguno de ellos venda grasa y sebo a las jabonerías y que todo lo expendan al abasto público. El Regidor 1° se hace cargo del Turno de Fiel Ejecutor. En la visita de cárcel se halan los siguientes presos: Del Juzgado del Teniente de Gobernador: Francisco Romero, por una causa que debe remitir el Alcalde de Nogoyá, y por haber herido a otro preso; José Martín Estela, por casado 2 veces, hallándose su causa en el Juzgado Eclesiástico; Juan Pío Juárez, por robar 2 caballos; José Custodio, esclavo, por orden de su amo; Bartelo Valle, denunciado por esclavo; José Antonio Martínez; Mariano Candioti, esclavo, por una herida; José Alzogaray, esclavo, por orden de su amo; José Domingo Coll, esclavo, por lo mismo; Basilio Rodríguez, remitido por el Alcalde de Nogoyá. Del juzgado de 2° voto: Cecilio Millán, por muerte; Ambrosio Gómez, “por haber tenido dos chinas robadas”, y Juan Ricardo, por robar 2 caballos, y 1 poncho; Del Juzgado de 2° voto: Juan Asensio Serra, por una herida; Nicolás Gauna, Nicolás Encinas y José Medina, los 2 primero por haber auxiliado la fuga de 2 malhechores, y el 3° por cómplice de las muertes que éstos cometieron: Vicente Candioti, esclavo, por muerte; José Antonio Castro Díaz, esclavo de Montevideo, de Francisco Castro; y Julián Esteche; por amores. Se dispone la libertad de Juan Pío Juárez y Mariano Candioti, Juan Ricardo, Nicolás Gauna, Nicolás Encinas, por haber purgados sus delitos, pero con la condición precisa de trabajar 15 días en las obras públicas. Se dispone la averiguación sobre Bartleo Valle, denunciado por esclavos.

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