- Se designa Protector de Naturales a Baleriano Jiménez Navarro, con cargo de dar cuenta de ello al Gobernador.
- Se reitera la costumbre de autorizar a los Alcaldes de la Hermandad para entender demandas de hasta $ 50, y por la poca práctica que tienen en la materia, se omite ampliarla
- Sobre los $ 10 aplicados a Josefa de los Ríos, se dispone requerir al Vicario Pedro Rodríguez, la entrega de cuatro sacos de tabaco que tiene en su poder, propiedad de dicha señora.
- El Teniente de Gobernador dispone la lectura del acta del 17 de enero, a cuyo acuerdo no asistió y de la petición del Alguacil Mayor, declarando que el Cabildo se excedió en su competencia al admitir el escrito y señalar los emolumentos que debe gozar dicho oficio, por ser materia de su Juzgado. Declara nulo el nombramiento de Protector de Naturales, por carecer el cuerpo de atribuciones para ello, intimando la ley 1º, libro VI, título VI de la Recopilación. Respecto de la comisión dada a los Alcaldes de la Hermandad, no obstante haber antecedentes, declara que el asunto no es privativo del cuerpo sino del Gobernador y sus Tenientes, “en casos precisos y de necesidad manifiesta”. Solicita testimonio. Se obedece la ley intimada y se dispone, “por ser tarde”, suspender el tratamiento de los mencionados puntos. Los testimonios solicitados se extenderán una vez resueltos los asuntos.
- El Gobernador ante la petición de Manuel Rodríguez para una recogida en la acción de la Compañía de Jesús, consulta al cuerpo sobre la conveniencia de ello. No obstante el cierre de vaquerías, se admite siempre que las vacas se consuman en esta jurisdicción.
- Sobre los puntos diferidos, se resuelve: que en el asunto de los emolumentos del Alguacil Mayor solo se ha certificado, como en los casos semejantes, sin haber decidido una disputa, declarar que las comisiones dadas a los Alcaldes de la Hermandad datan de 10 o 12 años, y sin haberse opuesto a ellas los Tenientes de Gobernación; y manifestar que el cuerpo no desconoce que corresponde al Virrey, Audiencia o Gobernador, la designación de Protector de Naturales y que no hubo exceso al nombrar un interino, a raíz de la petición del Procurador de Misiones, por muerte del titular Antonio Suárez, acaecida hace dos años, en cuyo tiempo el Teniente de Gobernador omitió dar cuenta a la superioridad. Se informa que el Teniente de Gobernador dio comisión a José Márquez para actuar en la otra banda del Paraná y entender en demandas de hasta $ 100, sin estar sujeto al juicio de residencia, y superponiéndose a las funciones del Alcalde de la Hermandad, y que igual designación hizo en Los Arroyos. Al ordenar el Teniente de Gobernador la suspensión de lo acordado por la mayoría, se requiere el acatamiento del auto del 9 de junio de 1734, respondiendo aquél “que lo que se difiere no se quita, y citando la Curia Filipina”.
- Copia del exhorto librado por Juan Martínez del Monje, Comisario de la Santa Cruzada, en Santa Fe, el 7 de marzo, informando que los herederos de Juan Diez de Adán de los Ríos, en Tesorero de la Santa Bula, han enterado en la Real Caja el producto de lo que recaudó desde 1715 hasta que falleció, y requiere la cancelación de la fianza otorgada a su favor.
- El Alcalde 2º difiere para otra ocasión su parecer sobre las materias postergadas en el acuerdo del 14 de febrero. Los restantes vocales son de la misma opinión.
- Ante la ausencia del “único Escribano público y de Cabildo”, por motivos que se ignoran, se resuelve inventariar toda la documentación a su cargo y reintegrar la que se hallare en su domicilio. Para suplirlo, se buscará un escribiente, a quién se le asignará un “premio” a costa de dicho Escribano.
- Mediante un exhorto, Juan Martínez del Monje, Comisario de la Santa Cruzada, hace saber que ya se recaudó la Bula que tuvo a su cargo el Tesorero Juan Diez de Adán de los Ríos, y solicita la cancelación de la fianza. El cuerpo accede.
- Con motivo de Semana Santa, se da punto a las “materias políticas y civiles”.
- En la cárcel se halla preso un indio, por orden del Teniente de Gobernador, y se dispone que el Alguacil Mayor dé las providencias del caso.
- Se levanta el punto a las causas civiles.
- Ante la ausencia del Escribano de Cabildo, Andrés José de Lorca, preso en su domicilio por orden del Comisario de la Santa Cruzada, Juan Martínez del Monje, se resuelve suspender la consideración sobre si tiene competencia el cuerpo para exhortar a dicho Comisario sobre el asunto; y designación de un escribiente a pagarse con propios de la ciudad.
- A su solicitud, se le concede a Manuel Redruello Chacón una rebaja de $ 10 sobre los 60 que paga por la casa de ciudad que alquila.