Resultados 70 - 75 de aproximadamente 188 de "Arias Troncoso Jose Alcalde 2" en período de 1532 a 1900
71.
Perteneciente al 22 de Junio de 1789
Tomo XV B, XV f 379 a 382

- Se dispone encargar el sermón del día del Patrón San Jerónimo al Real Padre fray Santiago Tamayo, Comendador de la Merced. Por no haberse recibido respuesta del Virrey a la consulta que se le hizo, se deroga la suspensión de las honras a Carlos III, se disponen para el 21 de julio y su víspera, en la Matriz. Se ordena la formación del túmulo que llevará 60 velas, solicitar a las comunidades dobles y responso cantados, y oficiar al Comandante de Armas para que, con sus subalternas, concurra a los actos, y a los Alcalde de la Hermandad para que en los partidos se realice igual funciones. Se resuelve que la aclamación de Carlos IV se efectúe el 30 de septiembre en la plaza pública, mediante el paseo del Real Estandarte. Como de regocijos se imponen “sortijas, púas, toros y comedias”, encargándose de las 2 primeras el Alguacil Mayor, y el Escribano de los toros el Alcalde 1º y el Regidor Roldán, y del teatro, el Alcalde 1º y el Procurador General (Francisco Javier de Lassaga). Los costos se imputarán a los Propios. El Alcalde 1º expone la necesidad de nombrar en Buenos Aires un Apoderado especula para el recurso que se tramita sobre el despojo del privilegio de puerto preciso, en razón de carecerse de fondos para pagar un diputado, y no haber profesor letrado para las representaciones. A su propuesta, el cuerpo designa a José Teodoro de Aguiar, “patricio y en una conducta bien acreditada”. Se le librarán $ 200 para gastos de abogado y costas, y se le remitirá en el próximo correo las instrucciones, poder y testimonio de la Real Cédula referida a la aplicación de Propios y Arbitrios por parte del Cabildo.

72.
Perteneciente al 13 de Julio de 1789
Tomo XV B, XV f 382 a 385

- A su pedido, se concede de merced a Juan de la Cruz López una porción de tierras, sita junto a la quinta de Pedro de Romero. El Alguacil Mayor hace presente que con motivo de haberse volteado la pared del corralón de la Cárcel, no le es posible sacar directamente los presos a dicho lugar, por lo cual, y entre tanto se aprueba el plan de reparaciones, solicita se levante una pared falsa que sirva de parapeto, y además, se calce uno de los calabozos, porque lo pueden “minar” con facilidad. Se accede y se dispone levantar una pared “sobre los cimientos que caen a la calle” para guarda el material que se ha acopiado. El Alcalde 2º expone “la desobediencia, falta de respeto y sublevación” en que ha merecido el Alcalde de la Hermandad del Paraná al no cumplir la orden que le impartió de remitirle preso a un mulato esclavo, reclamado por Francisco Bracamonte. Señala que ello “ultraja y menosprecia” la jurisdicción que ejerce, y propone “para cortar en lo sucesivo semejantes ejemplos perniciosos” suspenderlo de su oficio y reemplazarlo con Pedro Aristimuño, vecino del partido. El Alguacil Mayor manifiesta que esa desobediencia de los Alcalde de la Hermandad, ha sido causante, como en los desempeños de José de la Rosa y Sebastián de Aguirre, y adhiere a la propuesta del Alcalde 2º. El Regidor Roldán dejase su parecer para el próximo acuerdo. mediante oficio del 25 de junio, el Cura Vicario Francisco Antonio de Vera, “hace presente estar pronto el exceso que resulta favor del noveno y medio” del Hospital, “bajo el supuesto” que se le ha de devolver el sobrante de las crecidas cantidades que aún se están debiendo, e incluye las “prorratas” de 1774 hasta el presente. Se dispone requerirle la pertinente liquidación, que con la que ha presentado el actuario, por los principales y réditos vencidos que deben cobrarse, hasta el 31 de diciembre de 1788, se correrán en vista al Procurador General. El Presidente del cuerpo presenta el Real Estandarte que le entregó el Alférez Real José de Vera Mújica, “por hallarse enteramente roto, inservible y sin insignia de arma alguna”, a fin de que se confeccione uno nuevo. Por carecer de orden para ello, se representará la solicitud al Virrey, previniéndole que para el 30 de septiembre está dispuesta la aclamación de Carlos IV.

73.
Perteneciente al 17 de Julio de 1789
Tomo XV B, XV f 385 a 387

- Por oficio del 6 del corriente, el Virrey manifiesta que el día 2, 3 el Corregidor de la Reducción de Abipones de San Jerónimo le representó que todos los naturales han abandonado el pueblo, retirándose a varias partes a raíz de haberse levantado la guardia de Blandengues a de la Compañía de Dotación que durante unos 8 años guarneció la población en defensa de los infieles. Ordena que el cuerpo le informe sobre el asunto, y, en caso de ser cierto el hecho, se adopten las providencias para hacer volver a los dispersos, auxiliando a dicho Corregidor, haciendo todo los gastos imprescindibles. El cuerpo difiere el tratamiento para el próximo acuerdo. mediante otro oficio del 6 del actual, el Virrey remite copia de la Real Cédula del 22 de marzo último, que ordena corresponder a las justicias reales “el conocimiento de las de mandas de principales y réditos de capellanías, y obras pías”. Se obedece, disponiéndose pasar copia al Vicario Eclesiástico para su cumplimiento. Dicho mandatario, por oficio del 10 del actual, aprueba los días señalados para las exequias de Carlos III y aclamación de Carlos IV. Por oficio del 30 de junio, el Virrey remite copia de la Real Cédula del 21 de febrero último, que encarga a los ministros de justicia el cumplimiento de sus obligaciones sin salirse de ellos. Se obedece, y se dispone remitir copia a los Alcalde de la Hermandad. El Virrey, mediante oficio del 10 del actual, responde al agradecimiento que el cuerpo le cursó el día 6, por las mercedes concedidas. Por oficio reservado del 10 del corriente, ordena al cuerpo informar, en ese carácter, sobre el documento que incluye. Se acata.

74.
Perteneciente al 20 de Julio de 1789
Tomo XV B, XV f 387 a 389

- Sobre el retiro de la tropa que guarnecía al pueblo de San Jerónimo, diferido en el acuerdo anterior el cuerpo declara que en virtud de la orden del Gobernador Interino, del 13 de julio de 1786 se ha estado franqueando hasta el presente al Comandante de Armas, las raciones para un oficial y 20 soldados destinados a dicho pueblo, y que el 24 de marzo último se asignaron, del ramo de Arbitrios las necesarias para 15 hombres que guarnecían por 3 meses, y la mencionada reducción, ignorándose si permanecen aún. Se resuelve oficiar al Cura de San Jerónimo, para advertirle que el cuerpo se halla con orden del Virrey para auxiliar al pueblo, y a fin de requerirle informes sobre el tiempo que hace que se retiró la tropa, en virtud de que providencia y dónde se podrán encontrar las familias dispersas. El Alcalde 1º hace saber que por oficio del 9 del corriente el Comandante de Armas solicitó a la Junta Municipal de Propios y Arbitrios raciones para 36 milicianos y 2 oficiales, que pasaban a relevar parte de la tropa que guarnecía los fuertes y debía bajar a la ciudad con motivo de la exequias de Carlos III, las cuales se le acordaron el 10 del corriente. A su propuesta, el cuerpo resuelve oficiar al Comandante de Armas para que informe sobre la retirada de los Blandengues del pueblo de San Jerónimo.

75.
Perteneciente al 27 de Julio de 1789
Tomo XV B, XV f 389 a 390 v

- Por oficio del 23 del corriente, el Comandante de Armas hace saber que se halla con igual orden del Virrey respecto al informe que le requiere el Cabildo sobre el retiro de la guardia de Blandengues del pueblo de San Jerónimo. Manifiesta que hace unos días mandó retirarla “por justas causas que ocurrieron, que hará presente a S. Exia.”, y que ha dispuesto las providencias para su reposición. El cuerpo resuelve oficiarle nuevamente para que sin la menor dilación, envíe los 20 hombres, que por orden superior están destinados a guarnecer dicho pueblo, advirtiéndole que en la fecha se previene a la Junta Municipal de Propios y Arbitrios provea las raciones necesarias. Mediante pedimento fray Francisco Antonio Freyre remite un poder otorgado por fray Pablo Carballo, y solicita testimonio del informe que el Cabildo hizo al Virrey en 1780 sobre la entrega a su poder ante de la administración temporal del pueblo de Cayastá. Se accede.

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