- Se continúa el acuerdo de la mañana, y con el parecer de los asistentes del Cabildo abierto, se resuelven así los puntos: 1) Se aprueba la construcción del fuerte en Cayastá y de los que se situarán sobre el Paraná y Salado “a la altura de aquél”. 2) No hallan conveniente disponer de 50 vecinos para completar 150 plazas, por ser corto el número de ellos, que no permitirá, a la vez, construir el fuerte, proveer de escolta y después disponer el relevo, en razón de haber muy pocos en la ciudad por hallarse los restantes en faenas y ciudades vecinas, y estar despoblado el pago de Coronda. 3) Proponen para cubrir los gastos que demandará la construcción del fuerte, realizar una vaquería que correrá por cuenta de la ciudad, en los campos del Río Negro. 4) Confirman la designación de Capitanes para las dos compañías hecha por el Sargento Mayor de Plaza Juan José de Lacoizquetta, y recaída en Miguel de Ziburu y Juan Gómez Resio, dejando librado al Gobernador el nombramiento de Comandante y su segundo. 5) Solicitan que el sueldo de los 50 hombres empiece a correr desde que se los cite y no a partir de su entrada al servicio, a fin de poderlos reunir en cuerpo. Testimonio de este acuerdo y de los dos anteriores, se elevarán al Gobernador.
- Copia del escrito presentado por los asistentes al Cabildo abierto del día 3. Estiman conveniente la erección del fuerte en Cayastá –ya solicitado en diciembre del año anterior- porque permitirá recuperar parte de la jurisdicción, y obligará a los indígenas a retroceder a sus antiguos sitios. En cuanto a disponer de 50 vecinos, que sumados a los 800 hombres pagados, completen el número de 150 plazas, expresan que habrá dificultades, por la pobreza existente, cortedad de la población, a raíz de las bajas causadas por los indios y la deserción de numerosas familias; y ser insuficiente el plazo de 2 meses para renovar las guardias, por cuanto en ese tiempo deben descansar y procurarse la subsistencia. Solicitan 40 plazas más de las pagadas, para ubicarlas en dos fuertes a levantarse sobre los ríos Paraná y Salado, a la altura del de Cayastá. Dejen sentado su agradecimiento al Gobernador por las medidas adoptadas.
- Copia del decreto del Cabildo de la fecha, disponiendo la copia del escrito en el libro de acuerdos, para, con la carta informativa, se resuelvan cada uno de sus puntos.
- El Gobernador, por nota del día 27, remite el auto del 26 referido a las dificultades que se halla para erigir el fuerte en Cayastá, e insta a que se llenen las 100 plazas pagadas para forasteros, cuyo salario eleva a $7 y 4 reales. Esta fuerza se dividiría en dos campañas, a cargo de los capitanes nombrados, y correría con la defensa de la ciudad y pago de Coronda. El mandatario propone que si los vecinos que asistieron al Cabildo abierto estiman conveniente la erección de dicho fuerte, se le comunique. Al efecto, se les haría conocer el auto, dándose plazo de 8 días para responder.
- En razón de haberse vencido el término de 8 día dados para que los vecinos dieran a la Junta abierta su parecer sobre la conveniencia o no de erigir el fuerte en Cayastá, se hace comparecer a los firmantes y se les notifica el auto proveído por el Gobernador al respecto. Los dichos expresan que su opinión la formulará por escrito.
- Adición al acta de la fecha. En razón de que el fuerte de Rincón, guarnecido por gente del Paraná, se ha venido abajo por efecto de la corriente, y por estar en paraje que es “paso muy preciso y por donde continuamente se tragina de día y de noche”, se resuelve exhortar al Teniente de Gobernador establezca de nuevo dicha guardia. Se acepta y agradece el ofrecimiento que hace el Alcalde Provincial, de su persona, peones, herramientas y mantenimiento para levantarlo, disponiéndose la concurrencia de peones.