Resultados 70 - 75 de aproximadamente 146 de "Santuchos Cristobal de Alcalde" en período de 1532 a 1900
71.
Perteneciente al 29 de Marzo de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.141v-I-1-1/II-F.143

El capitán Sancho de Figueroa Solís presenta un auto del visitador de la provincia, oidor Alonso Pérez de Salazar a cargo del gobiernodel Río de La Plata que dispone la cesación del teniente de gobernador, capitán Gonzalo de Carbajal, hasta tantoo btenga la aprobación desu título y a quien se le notificará la orden en ocasión del regresode la excursión que está realizando contra los charrúas.

72.
Perteneciente al 16 de Abril de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.144-I-1-1/II-F.146

-Ante la reiterada pretensión del capitán Sancho de Figueroa Solís de asumir el cargo de teniente de gobernador de Santa Fe, el cabildodeclara que oidor Alonso Pérez de Salazar, a cargo del gobierno del Río de La Plata, al disponer la cesación del capitán Gonzalo de Carbajal y confiar el mando de la ciudad a los alcaldes ordinarios, tácitamente,no aprueba su título. Se deja igulmente sentado que el cabildo 'tienemuchas justas y graves causas' para admitirlo en el gobierno, porlas 'amenazas que hizo antes que llegase a esta ciudad como despuésde ella'. Se resuelve que si lo solicita, el escribano le extiendatestimonio de todo lo actuado.

-Es dispuesto el envío de instruccionesa Hernando Arias de Saavedra, designado procurador ante el oidor Alonso Pérez de Salazar.

73.
Perteneciente al 16 de Abril de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.146-I-1-1/II-F.147v

Instrucciones que debe observar Hernando Arias de Saavedra como procuradorde Santa Fe ante el oidor Alonso Pérez de Salazar a cargo del gobiernodel Río de La Plata, solicitará:

1) Se permita, como a Córdoba, laentrada de plata acuñada por hallarse muy pobre la ciudad y sus vecinos.

2) Que, por falta de lienzo, sayal y acero, usados desde antiguo comomoneda en esta ciudad, se permita arrendar los diezmos en hierro yreales, por mitades y no en plata solamente como se han visto obligadosa pagar los vecinos este año con gran perjuicio para sus intereses.

3) La instalación de una aduana en la ciudad como se ha hechoen Córdoba.

4) Que los gobernadores y tenientes de gobernadores 'no se entrometanen dar licencia para vaquear en el Valle de Calchaquí' y dejen estolibrado al cabildo, lo mismo que el cierre y apertura de las recogidas,por ser los animales de esa zona propiedad de los vecinos de SantaFe.

5) que a los jueces y escribanos se les pague en hierro y plata,por mitades, que es la moneda acostumbrada salvo cuando admitan productosde la tierra.

6) Atento a que en la ciudad hay negros mayores de 20años por los que se paga derechos, se permita a sus amos o a personas competentes usarlos en servicio.

74.
Perteneciente al 22 de Abril de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.147v-I-1-1/II-F.149

A solicitud del procurador se fija precio a lo siguiente: lienzo ysayal de Tucumán, cordellate de Córdoba, cordellate de Perú, jerguetade Perú, jergueta de Buenos Aires; paño de Quito; cordobán, y ganado vacuno. Se establece una multa de 100 pesos para cada infracción.

Observaciones:Al margen del folio 149 figura el testimonio delpregón sobre los precios,dado el 22 de abril y firmado por el escribano García Torrejón.

75.
Perteneciente al 6 de Mayo de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.149v-I-1-1/II-F.150

Se prohibe a los mercaderes y a cualquier otra persona vender antes de haber traído la mercadería a esta ciudad, en cuya ocasión está obligado a hacer manifestaciones de ella.

Observaciones: Al margen del folio 150 figura el testimonio delpregón de dicho decreto, dadoel 22 de mayo y firmado por el escribano García Torrejón.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe