Para los oficios de la Semana Santa se distribuye las autoridadesentre las iglesias y conventos de la ciudad. Se reitera lo decretado sobre portar el guión el jueves y viernes santos. Los negociosse suspenden durante la Semana Santa.
El maestre de campo Antonio de Vera Mujica, fiador de las alcabalasque remató el cabildo por tres años, solicita la aprobación del padrónde vecinos que debe enterar ese impuesto, confeccionado por el exteniente de gobernador Juan Domínguez Pereiro, de acuerdo con losrecursos de cada uno, a fin de que se proceda a su cobro. Se accededisponiendo librar el bando correspondiente el domingo 30.
En razón del estado ruinoso del cabildo, que amenaza derrumbarse y la falta de recursos, se solicita al procurador de San Francisco Fray Pedro Gómez de Olmedo, ceda, para ese objeto los derechos de romanaque percibe la orden para la construcción del convento. Le concede los impuestos que deben abonar las barcas del Dr. Gregorio SánchezCordero y capitán Juan de Flores, vecinos de AsunciónSe resuelva designar al tesorero Antonio Súarez Altamirano como administrador de la romana, cargo creado para la percepción y distribución de dichoimpuesto. El depositario general Alonso delgadillo y Atienza que asumióel turno de fiel ejecutor, deberá efectuar visitas en tienfas y pulperías.
Se admite la rendición de gastos efectuados por el capitán José Domínguez de sanabria como procurador ante la real audiencia de La Plata y el virrey, en la apelación del impuesto de sisa, resolviéndose solicita ayuda a Corrientes y Asunción para dicha paga.
Elección anual. Con excepción de los alcaldes de la hermandad, elecciónque contradice el alcalde provincial Juan de Arce, resultan electos: alcalde de primer voto general Antonio de Godoy, alcalde de segundovoto: capitán José Rodríguez de Sanabria, procurador general: capitánFrancisco Pascual de Echague y Andríal; mayordomo: Roque de Vera (reelecto);alcaldes de la hermandad: Juan Resquín Gaytán y Cristóbal Giménezde Figueroa. El alférez real Francisco Moreyra Calderón se hace cargodel turno de fiel ejecutor y asume interinamente, la vara de alcaldesegundo por ausencia del electo.
Se obedece la real provisión que confirma al teniente de gobenador.
Observaciones: En blanco 189v y 190.